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La nueva Ley de Caza de Castilla-La Mancha entrará en vigor en abril

Cazador

Carmen Bachiller

Once días después de que las Cortes de Castilla-La Mancha aprobasen, con los votos en contra del PP, la modificación de la Ley de Caza que se puso en marcha durante el Gobierno de Dolores de Cospedal, el Diario Oficial de Castilla-La Mancha publica el texto definitivo que entrará en vigor en 20 días.

La regulación de la caza, dice el preámbulo de la norma, “debe tener como principios básicos su fomento y desarrollo de forma compatible con la conservación del medio natural”. El objetivo, señala el texto, es “planificar de forma más coherente y ordenada la actividad cinegética” y pretende fomentar la colaboración del propio sector cinegético con el resto de usuarios del medio natural con el Cuerpo de Agentes Medioambientales “en su condición de Agentes de la Autoridad” que tiene, entre otras funciones, “la de policía judicial en sentido genérico”.

La modificación de esta norma asegura la “compatibilidad” entre la conservación de las aves silvestres y la caza, favorece su ejercicio “en igualdad de oportunidades mediante el fomento de la caza social” y limita las prácticas que pudieran interpretarse como no compatibles con el bienestar animal.

Cotos sociales y exenciones para jubilados

Para facilitar el ejercicio de la caza social se añade a la figura de las zonas colectivas de caza la regulación de la figura de los cotos sociales. La diferencia es que las zonas colectivas de caza tienen limitación de superficie y los cotos sociales no la tienen y que su titularidad solo es de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Además se incorpora la la exención de la tasa de la licencia de caza y pesca a los jubilados mayores de 65 años residentes en Castilla-La Mancha con objeto de facilitar la actividad a los castellano-manchegos con menos recursos.

Se elimina la posibilidad de que la infracción sea rentable

La norma incorpora además la prohibición del calibre 22 y del lanceo de jabalí, la obligatoriedad de descargar el arma a menos de 50 metros de los no cazadores y la captura prioritaria en vivo de animales asilvestrados, como perros y gatos.

Las infracciones también se han adecuado atenuando aquellas menos lesivas y agravando las más perjudiciales para la actividad cinegética. Dentro de la graduación de las sanciones la nueva regulación elimina la posibilidad de que la infracción sea rentable. Además, en las infracciones se ha incluido tanto el transporte como el comercio de huevos de peces o cangrejos sin la autorización expresa de la Consejería competente y se recupera la responsabilidad de los titulares cinegéticos en el uso ilegal de venenos en el medio natural.

La reforma incorpora otras novedades como la obligatoriedad de que se realice una evaluación ambiental en zonas de caza intensiva que se encuentran en áreas naturales “sensibles”.

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