La Audiencia de Castellón absuelve a los acusados del proyecto Castor de un delito contra el medio ambiente

“Debemos absolver y abolvemos libremente a los acusados Recaredo del Potro Gómez, José Luis Martínez Dalmau y a la mercantil ESCAL UGS SL, cuyos demás datos personales obran en el encabezamiento de esta Sentencia, del delito contra el medio ambiente y los recursos naturales, con riesgo para la vida e integridad física de las personas, con ocultación de información a la administración y con un grave riesgo de deterioro irreversible o catastrófico por el que venían acusados”.

Así se han pronunciado los magistrados de la Audiencia Provincial de Castellón en la sentencia relativa al juicio del caso Castor, a la que ha tenido acceso elDiario.es, y contra la que cabe recurso de casación ante la sala segunda del Tribunal Supremo en un plazo de cinco días.

El tribunal considera que en todo momento se cumplió la normativa de protección del medio ambiente y que no se produjo un peligro grave, además de negar que se produjera una ocultación de información, como queda acreditado con las medidas que se fueron adoptando a medida que se detectó un aumento de la sismicidad. Por este motivo, procede absolver a los dos exdirectivos y a la empresa, según el fallo.

El juicio arrancó el pasado 18 de octubre y en sus 11 sesiones han desfilado un total de 195 testigos y 35 peritos. Los hechos ocurrieron en septiembre de 2013, cuando la inyección de gas bajo tierra en la plataforma Castor frente a la costa de Vinaròs provocó una serie de seísmos, más de 500, que notaron vecinos de las provincias de Castellón y Tarragona.

“Daños de consideración”

Algunos de ellos fueron sentidos por la población y nueve causaron “daños de consideración” en nueve viviendas de Vinaròs y Sant Mateu, en la provincia de Castellón, y Amposta y Sant Carles de la Ràpita, en la de Tarragona, señalaba el auto de apertura de juicio oral del juzgado de Vinaròs.

Un total de 123 afectados por estos seísmos provocados por el proyecto Castor reclamaban a la empresa concesionaria Escal UGS 1.845.000 euros por lo daños morales producidos por “la ola de pánico generalizado” consecuencia de los 552 seísmos que se detectaron en las poblaciones afectadas.

La acusación popular, ejercida por la Asociación Nacional Arca Ibérica pedía siete años de prisión para los dos directivos del exconcesionario Escal UGS por los presuntos delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente “con riesgo grave de perjuicio para la salud de las personas y grave riesgo de deterioro irreversible o catastrófico”.