La Audiencia de Valencia libra a Julio Iglesias de su noveno hijo

La paternidad del cantante Julio Iglesias sobre su noveno hijo ha durado menos de un año. En 2019, una sentencia declaró al valenciano Javier Sánchez Santos hijo del multimillonario cantante. El hombre, de 44 años, lleva casi tres décadas batallando en los juzgados para ser reconocido como hijo biológico del artista. El juzgado de primera instancia número 13 de València estimó la petición pero la Audiencia Provincial, tras un recurso del cantante, ha revocado la sentencia al considerar que se trata de “cosa juzgada”.

Javier Sánchez Santos es hijo de la bailarina portuguesa María Edite Santos. La mujer siempre ha sostenido que su vástago nació tras un encuentro con el cantante en una sala de fiestas de la Costa Brava en el verano de 1975, cuando estaba casado con Isabel Preysler.

Madre e hijo han recorrido varios juzgados durante casi tres décadas. En 1990, María Edite Santos presentó en nombre de su hijo menor de edad una demanda de reclamación de paternidad que terminó sin resolución de fondo. Al año siguiente, la madre presentó una segunda demanda.

La sentencia estimó esta demanda por la “negativa a realizar la prueba biológica” por parte del cantante. Sin embargo, la Audiencia Provincial de València, en una sentencia del 30 de septiembre de 1994, revocó el fallo argumentando que Julio Iglesias no se negó a someterse a la prueba biológica ya que “no hubo advertencia de las posibles consecuencias de su negativa”.

Javier Sánchez Santos, ya mayor de edad, formuló un recurso de casación por quebrantamiento de forma ante el Tribunal Supremo que fue desestimado el 19 de junio de 1999. El consecuente recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional fue inadmitido en 2003.

Al año siguiente, el hombre puso una “idéntica demanda que la anterior” ante un juzgado de Marbella a la que añadía la solicitud de derechos sucesorios, apellidos, indemnización por perjuicios de 200.000 euros y alimentos por un importe de 7.470 euros mensuales. A su madre biológica también le reclamó 30 euros por alimentos. Este segundo proceso acabó con un auto del 28 de mayo del 2005 que estimaba que se trata de “cosa juzgada”.

La Audiencia Provincial de Málaga confirmó la resolución al año siguiente con el argumento de que “el objeto esencial del proceso es que se declare que el actor es hijo extra matrimonial” de Julio Iglesias, “con las consecuencias que de ello deriva, siendo un artificio para eludir la cosa juzgada la acumulación de la reclamación de alimentos”.

Tras aquel segundo varapalo, Javier Sánchez Santos presentó en un juzgado de València una prueba de ADN obtenida por dos detectives privados en Miami y que confirmaría la paternidad del cantante. El juez, sin embargo, rechazó la prueba pero sentenció que el valenciano era hijo del cantante afincado en Miami pese a que la Fiscalía pedía el sobreseimiento al entender que se trataba de “cosa juzgada”. El magistrado no impuso las costas “por las dudas de derecho existentes sobre la concurrencia de la cosa juzgada”.

Aquella sentencia del 9 de julio del 2019, un bombazo para la prensa del corazón, endosaba a Julio Iglesias su noveno hijo (uno más que sus ocho hijos reconocidos). El letrado del cantante interpuso un recurso de apelación tras el jarro de agua fría.

La Audiencia Provincial de València, en la sentencia que ha dado carpetazo a aquel fallo y que se ha conocido este jueves, destaca que “ya resulta sintomático, para empezar”, que el fallo del juez, pese a estimar la demanda, (...) no impusiera las costas a la parte demandada vencida, en atención a las dudas de derecho que suponía la concurrencia o no al caso de autos de la excepción de la cosa Juzgada“. Ante esta última sentencia sólo cabe recurso de casación.

Julio Iglesias vuelve a tener ocho hijos.