La titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 3 de Vinaròs ha dictado una sentencia que declara la propiedad municipal de una torre campanario y una calle de Benicarló (Castellón) que habían sido inmatriculados por la Iglesia en 2015.
La magistrada ha estimado así la demanda interpuesta por el Ayuntamiento de esta localidad contra el Obispado de Tortosa (Tarragona) y ha ordenado la cancelación de la inscripción del bien a nombre de esa diócesis en el Registro de la Propiedad, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana.
La sentencia, que puede ser recurrida en apelación, establece que la torre-campanario fue cedida por el rey Jaime I de Aragón al municipio tras la Reconquista en la carta puebla del año 1236, aunque el monumento actual data del siglo XVIII.
Además, la prueba practicada en el juicio ha acreditado “el título de propiedad del Ayuntamiento, o cuando menos la posesión a título de dueño desde más de 30 años, tanto del campanario como de la zona que separa la iglesia del mismo”, concreta la resolución.
La juzgadora señala que la prueba pericial ha demostrado que el campanario es una construcción “exenta”, un edificio independiente de la Iglesia de San Bartolomé.
Igualmente, alude en la sentencia a que todos los alcaldes de la localidad que declararon en la vista oral coincidieron en que este inmueble siempre había sido tratado como un bien municipal y que ha sido el Consistorio el que sufragaba los gastos de mantenimiento y las obras para su reparación.