El Ayuntamiento de Riba-roja de Túria ha aprobado una ampliación del calendario de recaudación del presente ejercicio fiscal de 2024 respecto de los tributos que todavía no se han procedido al cobro. La decisión se adopta para paliar las graves consecuencias de la DANA que tuvo lugar el pasado 29 de octubre sobre el término municipal.
La medida del Ayuntamiento de Riba-roja de Túria se aplicará sobre los recibos correspondientes al pago de los impuestos de actividades económicas (IAE) del ejercicio fiscal de 2024 y sobre el impuesto de bienes inmuebles de naturaleza rústica (IBIR) del mismo año fiscal. De esta forma, la ampliación del plazo supone que pasará a cobrarse del 1 de octubre de 2024 al 31 de marzo del año 2025 en el periodo voluntario.
En el caso de los recibos de IBIR e IAE que tengan sus pagos domiciliados por parte de los sujetos y empresas serán enviados a las respectivas entidades bancarias a partir del 31 de marzo de 2025 una vez haya finalizado el plazo de pago en la vía voluntaria. Los recursos de reposición que se puedan interponer tendrán un plazo de un mes a partir del día siguiente a la de la finalización del periodo de exposición pública de los correspondientes padrones en lugar de contar desde la finalización del plazo de ingreso en voluntaria.
La aprobación de este nuevo calendario fiscal del Ayuntamiento de Riba-roja de Túria derivado de las consecuencias de la DANA afectará a los diversos trámites y procedimientos que se gestionan desde las áreas de Gestión Tributaria y Área de Recaudación Municipal, amparados por los correspondientes informes técnicos necesarios para la puesta en marcha de esta medida del gobierno local.
Las medidas aprobadas tendrán su efecto, también, sobre las actuaciones del procedimiento de apremio que se paralizan hasta el próximo 30 de enero de 2025. Por ello, desde el Ayuntamiento de Riba-roja de Túria no se practicará notificación de apremio alguna ni diligencia de embargo en el ámbito de las liquidaciones correspondientes pendientes en vía ejecutiva. Además, esta medida tendrá sus efectos, entre otros, sobre el impuesto de bienes inmuebles (IBI) Urbana cuyo plazo expiró el pasado 31 de octubre.
Los plazos para atender los requerimientos, las diligencias de embargo y las solicitudes de información con trascendencia tributaria para formular alegaciones, la devolución de ingresos indebidos, la rectificación de errores materiales y la revocación y demás procedimientos de revisión que no hayan concluido el 28 de octubre se extenderán hasta el 30 de enero de 2025.
Otra de las medidas que se aplicará está referida a los vencimientos de los plazos de ingreso y de las fracciones de los acuerdos de aplazamiento y fraccionamiento concedidos que no hayan concluido a la entrada en vigor se extenderán hasta el próximo 5 de febrero de 2025. El periodo comprendido entre el 28 de octubre y el 30 de enero de 2025 no computará a efectos del plazo máximo de duración de los procedimientos de aplicación de los tributos sancionadores tramitados.
El alcalde de Riba-roja de Túria, Robert Raga, ha subrayado que estas medidas “son una respuesta directa y rápida que se han adoptado desde el ayuntamiento para paliar los terribles efectos que la DANA ha tenido sobre nuestro tejido empresarial e industrial, por ello, desde la administración debemos contribuir en ayudar a todos nuestros empresarios, emprendedores y autónomos en un momento tan delicado”.