Condenados el exalcalde del PP de Calpe y el empresario Ángel Fenoll por los sobornos en un contrato de basuras
Una de las piezas separadas del 'caso Brugal', relativa a las irregularidades en el contrato del servicio de tratamiento y eliminación de residuos sólidos urbanos de Calpe, le ha costado una condena al exalcalde popular de la localidad, Javier Morató, a los exediles Fernando Penella y Juan Roselló, y al empresario Ángel Fenoll. La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Alicante ha absuelto a otros tres acusados por pagar y recibir sobornos.
La sentencia, notificada este lunes a las partes y de la que ha informado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJ-CV), impone al exalcalde y dos exconcejales sendas penas de dos años, seis meses y un día de prisión, así como 13 años de inhabilitación especial y el pago de multas como autores de un delito continuado de cohecho, un delito de prevaricación y un delito de fraude a la Administración.
Ángel Fenoll, propietario de Colsur SL (en la actualidad Sirem SL), adjudicatario del servicio, ha sido condenado a dos años y un día de cárcel, a ocho años de inhabilitación y a multas como autor del delito continuado de cohecho, inductor del delito de prevaricación y cooperador necesario del delito de fraude. El empresario ya fue absuelto en la pieza del 'caso Brugal' relativa a la adjudicación del servicio de basuras en Orihuela.
La Audiencia ha impuesto a Francisco Artacho, cuñado del exconcejal Juan Roselló, dos años de cárcel y diez años de inhabilitación como cooperador necesario del delito de cohecho e inductor del delito de prevaricación.
Los otros tres acusados (la mujer de Juan Roselló, Amparo Femenía, el exdirector de la concesión del servicio Juan Cervantes y el hijo del empresario condenado, Antonio Ángel Fenoll) han resultado absueltos por falta de pruebas de los delitos que les atribuía la Fiscalía Anticorrupción en esta causa.
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Alicante ha apreciado en todos los penados y por todos los delitos la concurrencia de la atenuante de dilaciones indebidas como muy cualificada por los retrasos registrados en la tramitación del procedimiento.
100 millones de pesetas en comisiones
Así, la sentencia declara probado que el empresario Ángel Fenoll pagó al entonces alcalde de Calpe, al concejal de Hacienda y al de Turismo, Playas, Aguas y Protección Civil, 100 millones de pesetas (601.012 euros) a cambio de la adjudicación a su mercantil, en 1998, de la concesión del servicio de tratamiento y eliminación de residuos sólidos urbanos de la localidad.
En esos sobornos, que incluía otra partida de 15 millones de pesetas (90.151 euros) destinada al Calpe C.F. —club de fútbol local—, intervino como intermediario el cuñado del exedil Francisco Artacho, quien percibió a su vez al menos cuatro millones de pesetas (24.040 euros).
El contrato de la concesión, que tenía una duración de 25 años, se firmó en febrero de 1998, pero en noviembre del mismo año, como la facturación no era suficiente para hacer frente a los sobornos acordados, el empresario planteó ampliar el contrato para obtener mayores ganancias, tal y como precisa la resolución.
En julio del 2000 la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de Calpe aprobó la ampliación, que consistía en derivar la planta de tratamiento de residuos de las algas provenientes de las playas del municipio. La sentencia considera que esa ampliación se realizó “sin cumplir trámites exigidos legalmente”, sin que se solicitaran informes técnicos y sin que haya quedado acreditada su necesidad ni la existencia de un interés público.
En cambio, la Audiencia Provincial de Alicante entiende que no ha quedado acreditado que la empresa adjudicataria facturara “una cuantía económica y cuantificable” en el desarrollo del contrato “no correspondiente a los servicios prestados al Ayuntamiento”. La sentencia no es firme y puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo.
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