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El Defensor del Pueblo investiga el encierro “ilegal” durante un mes de un joven marroquí en el CIE de València

Vista del CIE de Zapadores, en València.

Miguel Giménez

València —
8 de junio de 2023 22:42 h

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El Defensor del Pueblo ha admitido a trámite una queja por el encierro “ilegal” en el CIE (Centro de Internamiento de Extranjeros) de Zapadores, en València, durante un mes de un joven extutelado, según consta en la respuesta de este organismo a la queja presentada por la campaña CIEs NO.

Este joven, de 22 años y de nacionalidad marroquí, que estuvo tutelado por la Comunidad de Madrid, permaneció recluido en Zapadores entre el 21 de enero y el 23 de febrero de este año, a pesar de que en el centro se disponía de la resolución judicial que suspendió su orden de expulsión.

Sin embargo, “ninguna autoridad verificó su situación legal o, si lo hicieron, la ignoraron y lo mantuvieron privado de libertad con el objetivo de deportarle”, lamentan desde la campaña por el cierre de los centros de internamiento de extranjeros.

Suspendida cautelarmente la orden de expulsión

Un juzgado de Alcalá de Henares acordó el 21 de enero el internamiento en el CIE del joven a raíz de una orden de expulsión dictada por la Delegación del Gobierno Madrid dos años antes. Ni este juzgado ni el CIE tuvieron en cuenta que el TSJ de Madrid estimó el 8 de julio de 2021 un recurso de apelación interpuesto por el chico y acordó la suspensión cautelar de la orden de expulsión: “Se le encerró en València con el fin de ser expulsado en cualquier momento”.

El alto tribunal madrileño tomó esta decisión al considerar que había “múltiples indicios del arraigo social” del chico y criticó a la Comunidad de Madrid y a la Administración en general por la “inacción” y “descoordinación” para regularizar su situación administrativa.

Menores tutelados sin documentar

Esta sentencia, según CIEs NO, pone de manifiesto la “problemática” ya denunciada por las organizaciones sociales e, incluso, trasladada por el Defensor del Pueblo a la Fiscalía General del Estado, de que existe un porcentaje importante de menores tutelados que cumplen 18 años sin haber sido documentados. El artículo 35 de la Ley de Extranjería determina que los menores tutelados tienen derecho a una autorización de residencia, que debe ser solicitada a instancia del organismo que asume la tutela. 

El incumplimiento de esta sentencia y de la propia Ley de Extranjería -que contempla el ingreso en los CIE como una medida cautelar para asegurar la expulsión- “prueban que el encierro del joven fue ilegal. Sin embargo, nadie ha asumido su responsabilidad y nada se ha hecho para evitar casos similares”, han advertido desde la campaña.

Por estas razones, CIEs NO presentó una queja ante el Defensor del Pueblo en la que solicitaba su intervención para que se establezcan medidas de coordinación que impidan la repetición de situaciones semejantes y se apliquen medidas disciplinarias contra los responsables del encierro “ilegal” del joven. El Defensor contestó a la queja de la campaña el 6 de junio admitiendo a trámite la queja y anunciando el inicio de actuaciones ante los organismos administrativos competentes.

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