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El Defensor del Pueblo retoma las actuaciones por el suicidio de un joven marroquí en el CIE de Valencia

Una captura del vídeo en el que se ve a varios agentes arrastrando a Marouane Abouobaida en el CIE de Zapadores.

Lucas Marco

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El Defensor del Pueblo ha retomado las actuaciones por la posible deficiencia en la atención sanitaria a un joven de origen marroquí que se suicidó en el Centro de Internamiento de Extranjeros (CIE) de Valencia, tras el sobreseimiento provisional de la causa penal por parte de la Audiencia Provincial de Valencia. “Una vez finalizado el procedimiento penal y a la vista de que, una vez más, se apunta la posible existencia de deficiencias en la atención sanitaria, se han reabierto las actuaciones, de cuyo resultado se dará cuenta en el próximo informe anual”, señala el organismo en su informe recientemente publicado.

Marouane Abouobaida, un joven marroquí de 23 años, se suicidó el 15 de julio de 2019 en una celda de aislamiento a la que fue conducido después de haber sido agredido por otros internos. Tras el fallecimiento del joven, el juez encargado de la vigilancia del CIE emitió un duro auto en el que imponía a la Policía Nacional, que vigila el recinto, una serie de medidas a aplicar aunque entraran “en contradicción con las instrucciones jerárquicas recibidas”, tal como informó elDiario.es.

La familia de Marouane Abouobaida denunció el caso pero la Audiencia Provincial de Valencia dictó el sobreseimiento provisional. El auto reprocha que pudo haber “asistencia sanitaria incompleta”, además de “un comportamiento reprobable de algún funcionario policial”, e insta a “valorar todo aquello que pudo haberse hecho y no se hizo ante una situación como la suya”. La Audiencia de Valencia deja “abierta la posibilidad de una reapertura si se aportan nuevos elementos de juicio que la justifiquen”.

“Esta resolución”, indica el informe anual del Defensor del Pueblo, “tan solo significa que esa posible responsabilidad no es de carácter penal”. El auto, recuerda el organismo, señala que el sobreseimiento provisional “no significa que la atención recibida por el interno fuera intachable ni que pueda derivarse alguna clase de responsabilidad como consecuencia de esa atención o de su fallecimiento”.

El informe del Defensor del Pueblo también recoge un incidente acaecido el pasado 29 de febrero del 2020, cuando dos de los internos se autolesionaron, practicándose múltiples cortes en la cabeza y la barriga con unas pequeñas cuchillas. “Su intención era provocar su traslado al hospital y evitar así su repatriación dado que, siempre según su relato, ambos estaban perseguidos en su país de origen por motivos políticos”, indica el informe.

La campaña CIEs NO, que formulado una queja ante el Defensor del Pueblo, sostenía que “algunos de los cortes que se practicaron eran considerables, pero que ninguno de ellos fue trasladado al hospital, sino que fueron asistidos por los servicios médicos del CIE y, finalmente, fueron repatriados”. La Comisaría General de Extranjería y Fronteras comunicó que “los hechos tuvieron lugar cuando los dos ciudadanos extranjeros autolesionados eran trasladados desde sus habitaciones al vehículo policial”. Las lesiones, según la versión policial, fueron de “carácter leve”, producidas por cortes en diversas partes del cuerpo y los internos fueron atendidos por los servicios médicos del centro. 

“Los citados servicios médicos estimaron que no era necesario la derivación de los autolesionados al hospital de referencia por tratarse de cortes superficiales que no precisaban sutura, al igual que no constituían, a su entender, impedimento para su repatriación”, agrega el Defensor del Pueblo. Los informes médicos fueron remitidos al Juzgado de Instrucción número 3 de Valencia, encargado del control del centro de internamiento, y en el momento de la elaboración del informe anual del organismo no consta que se iniciaran actuaciones judiciales por esos hechos.

El informe también da cuenta de la sugerencia formulada por el Defensor del Pueblo a la subdelegación del Gobierno de Burgos para revocar la orden de expulsión de R. Y., un ciudadano venezolano con VIH encerrado en el CIE de Zapadores. El interno “padecía una enfermedad, cuyo tratamiento no estaría a su alcance en su país de origen” y “había iniciado los trámites para contraer matrimonio civil con su pareja española”. R. Y. evitó su deportación al negarse a subir al avión y registró en un video las condiciones del CIE.

La sugerencia de revocación de la orden “fue parcialmente aceptada, pues dicho organismo consideró que no procedía revocar una orden de expulsión de un ciudadano extranjero que se encuentra en situación irregular si no existe un expediente iniciado tendente a modificar dicha situación y le derive a alguna de las autorizaciones legalmente previstas”. La Comisaría General de Extranjería y Fronteras confirmó al Defensor del Pueblo que el interno fue puesto finalmente en libertad al estar próximo el límite del plazo de internamiento autorizado.

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