Puebla del Arenoso es un municipio de apenas 169 habitantes de la comarca del Alto Mijares, en el interior de la provincia de Castelló. Su anterior alcalde, Mateo Luna, de la Agrupación Electoral Puebla Calpes Monzona Cantos, regaló sin control jamones y cestas de Navidad tanto a empleados públicos del consistorio como a personal externo relacionado profesionalmente con el ayuntamiento: el juez de paz, el arquitecto municipal, el médico o la enfermera. La Agencia Valenciana Antifraude (AVA) recibió una alerta y ha concluido, tras el análisis de la documentación, que la contratación del suministro de jamones y cestas de Navidad se hizo soslayando la normativa relativa a los contratos menores.
Un total de 30 personas, según los datos recabados, recibieron “jamón por Navidad” en 2021. Al año siguiente, la cifra bajó a 17 personas. “No ha sido posible, por el contrario, verificar que el número de jamones adquirido en 2022 corresponda con un total de 17 entregas a personas físicas”, precisa Antifraude. La agencia, dirigida en funciones por Anselm Bodoque, ha accedido a facturas de regalos de Navidad, ya sea de cestas o de jamones, por un monto de, al menos, 3.455,18 euros.
La AVA considera que “no queda explicitado a qué competencia” de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, “se refiere la adquisición o suministro” de cestas y de jamones navideños.
El regalo, además, “no tiene encaje en las competencias propias de un ayuntamiento ni responde al cumplimiento y realización de los fines municipales”, agrega Antifraude. Se trata de un suministro “asumido por el ayuntamiento para entregar, a modo de subvención en especie, sin ningún tipo de tramitación administrativa ni sujeción a la normativa de subvenciones y con trascendencia fiscal, a determinadas personas del municipio, sin que conste los justificantes de entrega y recepción, que permitan siquiera verificar la misma”. Y es que, recuerda la AVA, las subvenciones en especie están sujetas al IRPF y “deben ser objeto de declaración fiscal”.
El actual primer edil del PP, Jesús Salvador de los Ángeles, asegura que su predecesor era una “persona de escasa formación”. “Como somos la mayoría de los alcaldes en municipios tan pequeños”, apostilla. El alcalde popular remarca que el anterior primer edil está aquejado de una grave enfermedad terminal, lo que “le va a impedir cualquier explicación, justificación o defensa de su actuación”. También alega que se trata de una práctica habitual de los consistorios en periodo navideño. Aunque considera que los gastos no “inciden” en vicio de ilegalidad, reconoce que se omitió la justificación de la necesidad e idoneidad del contrato.
Sin embargo, el actual alcalde del PP matiza que la “intencionalidad” de su predecesor “nunca fue la de malversar caudales públicos” o “causar un perjuicio económico al ayuntamiento sino todo lo contrario”. Pretendía “reconocer y gratificar en fecha navideña al personal municipal, brigadas y contratados el trabajo realizado durante el año en beneficio del ayuntamiento y al médico y la enfermera por su actuación en beneficio del pueblo”.
Las alegaciones del primer edil destacan el contexto de pandemia y aseguran que la finalidad de las cajas navideñas era precisamente “el reconocimiento y agradecimiento al personal sanitario que atendió al municipio en aquel triste periodo”.
El criterio del Tribunal de Cuentas
Por el contrario, Antifraude alude al criterio del Tribunal de Cuentas en un supuesto relativo al Ayuntamiento de Venturada “exactamente análogo” al de Puebla del Arenoso, referido a regalos navideños por parte del consistorio madrileño a personal externo. “El hecho de que la entrega de un obsequio en Navidad fuera una costumbre reiterada en la Corporación municipal no convierte a esa costumbre en legal ni exime al gestor de los fondos municipales del deber de garantizar la integridad de los fondos públicos gestionados”, concluyó el Tribunal de Cuentas.
El informe de Antifraude desestima las alegaciones del Ayuntamiento de Puebla del Arenoso y recomienda la realización de instrucciones internas “con el objetivo de acreditar la necesidad pública de toda contratación y en especial de este tipo de suministros”.