El fiscal ha pedido el sobreseimiento provisional del caso del fondo buitre que aprovechó la ausencia de una mujer de 82 años, que en las Navidades de 2019 se fue a pasar el duelo por la muerte de su marido junto a su hijo, para vaciarle la casa y cambiar la cerradura sin que existiera una orden de desahucio.
Así consta en el escrito al que ha tenido acceso elDiario.es, según el cual, el fiscal considera que “a la vista de las diligencias practicadas no ha quedado acreditada la comisión de infracción delictiva alguna”.
Como informó elDiario.es, el caso de C. M., la mujer de Cullera de 82 años, es especialmente sangrante. La anciana perdió su vivienda y 50 años de recuerdos y pertenencias cuando se fue con su hijo a pasar el duelo por el fallecimiento de su marido en las Navidades de 2019. Durante su ausencia, prolongada por la irrupción de la pandemia y el confinamiento, alguien en nombre del fondo Global Pantelaria accedió a su casa, la vació y cambió las cerraduras para ponerla en venta a través de la gestora de sus activos, Haya Real Estate.
En 2013 el Banco de Santander le notificó el inicio del procedimiento de ejecución hipotecaria porque no podía seguir haciendo frente al pago de las letras. La afectada, sin embargo, recurrió el procedimiento alegando cláusulas abusivas y el juez paralizó el proceso.
Pese a todo, sin que mediara orden de desahucio por parte del juzgado que tramitaba el procedimiento, desde alguna instancia del fondo buitre se encarga un informe de ocupación a otra empresa, que envía a un empleado a casa de C. M. los días 23 de diciembre, 28 de diciembre y 30 de diciembre de 2019, días en que es bastante habitual viajar para reunirse con la familia. Al no encontrarse nadie esos días en la vivienda, concluyen que está deshabitada, lo que para ellos es suficiente para entrar, vaciarla y cambiar las cerraduras.
El fiscal, además, añade que un informe de la Guardia Civil de fecha 11 de febrero de 2021 concluye realizadas las averiguaciones pertinentes entre los vecinos: “Estos manifiestan que que la vivienda lleva desocupada más de dos años”. Aunque reconoce que Haya Real Estate procedió al cambio de la cerradura y a la toma de posesión del inmueble, añade el fiscal que “no existen pruebas suficientes para entender que dicha posesión se realizara con conocimiento de que el inmueble estaba siendo ocupado, sino más bien que este estaba en estado de abandono por su anterior usuaria y expropietaria”.
Por otra parte, considera el fiscal que la única investigada en el procedimiento es la representante legal de Haya Real Estate, “quien tan solo es una mera apoderada de la entidad, no sabiendo con certeza qué personas accedieron al inmueble y en su caso lo vaciaron”.
Por todo ello, entiende que “no existen indicios suficientes de criminalidad y de la comisión de delito, sin perjuicio de las acciones civiles para lograr la correspondiente indemnización si con las acciones de la entidad Haya Real Estate se causó daños que pudieran ser indemnizados y por ello interesa el sobreseimiento provisional de las actuaciones”.
En este punto, cabe recordar que tanto la fiscalía como el juzgado desestimaron el recurso planteado por Adelina Cabrera, abogada de la cooperativa El Rogle, quien lleva la defensa de la afectada junto a miembros de la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH) de València, en el que consideraban que no se han realizado todas las diligencias de investigación necesarias para esclarecer las responsabilidades por estos hechos.
Entre otras cosas, Cabrera solicitó que se llamara a declarar a todo el consejo de administración de los fondos, Global Pantelaria y Haya Real Estate, y que aportaran sus organigramas, el expediente del caso o los correos electrónicos que intercambiaron con el hijo de la mujer desalojada. Sin embargo, todas estas peticiones se desestimaron.
Contra el escrito del fiscal, el de la acusación que ejerce Cabrera considera que se han cometido los delitos de realización arbitraria del propio derecho, de allanamiento de morada, de coacciones y de robo con fuerza en las cosas. El juzgado de primera instancia e instrucción número seis de Sueca tendrá que decidir ahora si abre juico oral o si archiva definitivamente el caso.