La Generalitat Valenciana eleva la responsabilidad civil para la 'trama Blasco' a 7,6 millones y la Coordinadora de ONGD pide asociación ilícita

Lucas Marco

16 de noviembre de 2020 22:52 h

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La Abogacía de la Generalitat Valenciana ha elevado a 7,6 millones de euros la responsabilidad civil y la reparación de daño para los condenados por las piezas dos y tres del caso Blasco. La Coordinadora Valenciana de ONGD, acusación popular en el caso, pide que se condene a los principales cabecillas de la trama por asociación ilícita. Ambas acusaciones han presentado sus recursos de casación ante el Tribunal Supremo contra la sentencia de la Audiencia Provincial de València que condenó a Blasco y varios integrantes de la presunta trama a penas menores, tras un controvertido pacto de conformidad con la Fiscalía Anticorrupción.

Las dos acusaciones —particular y popular— han seguido una línea similar en sus respectivos recursos, con el objetivo de tumbar las conformidades y aumentar la pena y la responsabilidad civil para el expolítico del Partido Popular y sus colaboradores. La sección quinta de la Audiencia Provincial de Valencia condenó a Blasco a un año de prisión, a su presunto testaferro a dos años. El fallo condenó a dos años y nueve meses de prisión al exjefe de área de Solidaridad Marc Llinares y a un año y medio de cárcel al ex director general de Cooperación Josep María Felip.

“Es evidente”, sostiene la directora general de la Abogacía en su escrito, “el concierto que existía entre autoridades, funcionarios y empresarios para poder organizar el entramado necesario (hasta convertirse en una verdadera organización o, al menos, grupo criminal), al objeto de obtener beneficios, repartiéndose de forma ilícita los fondos públicos, como ha quedado reflejado por el contenido de diversas conversaciones telefónicas”. La Coordinadora Valenciana de ONGD, por su parte, defiende que los acusados son autores de un delito de asociación ilícita o, subsidiariamente, de un delito de pertenencia a grupo criminal.

Para la CVONGD, “existe concertación, existe plan delictivo (saquear el dinero público destinado a cooperación internacional), existe vocación de permanencia (...), existe reparto de tareas, pues cada miembro sabe lo que tiene que hacer y actúa cuando es necesaria su intervención”. La acusación popular argumenta que no es suficiente el hecho de que la trama completara algunos proyectos de cooperación para descartar el delito de asociación ilícita: “un grupo de personas que se dedicara de forma organizada al tráfico de drogas no dejaría de ser una asociación ilícita por el hecho de que destinaran parte del dinero obtenido por la venta de los estupefacientes, por ejemplo, a la construcción de colegios”.

La Coordinadora Valenciana de ONGD cuestiona la sentencia de la Audiencia de València que, a su juicio, “no justifica, ni clarifica, ni motiva ninguna de las circunstancias atenuantes que considera concurrentes en la actuación de los acusados”. El recurso de casación alega que no se puede considerar que Blasco tuviera una “voluntad firme” de reparar el daño causado cuando ha puesto a disposición de la Generalitat un inmueble embargado. “Es un verdadero despropósito”, apostilla el letrado de la CVONGD, quien tilda la “aparente insolvencia actual” del siete veces exconseller de “ficción” para evitar el embargo de su patrimonio.

El escrito también rechaza que se le aplique el atenuante por diligencias indebidas ya que achaca los retrasos en la instrucción a una estrategia de defensa “basada en la interposición sistemática de recursos” que dilatan el proceso. La CVONGD también critica las cantidades “ridículas” que han aportado algunos acusados y duda de la aplicación del atenuante de confesión tardía a pesar de que “se negaron a declarar en el acto del juicio”. 

La Abogacía de la Generalitat argumenta que la trama del saqueo de los fondos de la cooperación cuenta con una “planificación previa y un reparto de papeles”. “César Augusto [Tauroni] da órdenes, y se ejecutan por Blasco y Llinares, siendo receptores y participantes activos en la organización”, señala el recurso, que añade: “El papel de Blasco y Llinares es indiscutible en las pautas a seguir en el seno de la Administración y en el dictado de instrucciones a los funcionarios de la conselleria”.

El recurso de la Abogacía recuerda que la sentencia no ha determinado la cuantía del daño ocasionado, “por lo que difícilmente puede realizar un pronunciamiento sobre su reparación, ni siquiera parcial”. Además, critica que Blasco pretenda satisfacer la responsabilidad civil con la dación en pago de un inmueble para su eventual venta, a pesar de que “tuvo tiempo suficiente para proceder a la venta del inmueble que se ofrece en dación de pago por cuanto pertenece a un tercero y no pende sobre él embargo alguno”.

La Abogacía calcula que la responsabilidad civil asciende a 4,6 millones de euros, una cantidad a la que habría que sumar tres millones suplementarios por la reparación civil del daño moral causado. “Las únicas transferencias a los países de destino suponen un 10,32% del montante subvencionado”, recuerda el escrito (el resto de los fondos públicos fueron desviados a empresas de la trama en España y en el extranjero). 

La Generalitat no recurre la absolución de Dolores Escandell

La Abogacía de la Generalitat, a diferencia de la CVONGD, no ha recurrido la absolución de María Dolores Escandell, alta funcionaria que se vio involucrada en la presunta trama. La Coordinadora considera que el testimonio de M. V. P., responsable de una ONG, “incrimina de forma directa” a Escandell. La funcionaria ha sido nombrada este lunes jefa de servicio de Recursos Materiales y Gestión Económica Administrativa de la Conselleria de Justicia que dirige Gabriela Bravo. Las pruebas en el juicio oral, según la CVONGD, acreditan “sin ningún género de dudas que Escándelo llevó a término los hechos por los que fue acusada por esta parte”.

La declaración de Escandell en el juicio, tal como informó este diario, puso de manifiesto las inquinas internas en la última conselleria que dirigió Blasco en su larga carrera política. Durante el juicio, en el que Lola Escandell era acusada, el fiscal aludió a una serie de conversaciones intervenidas por la Policía, de tono indecoroso, en las que Llinares y Felip insultaban a su subordinada (“es boba o idiota”; “esta tía es una inútil”; “o se centra en el expediente [del Hospital de Haití], o la centramos a hostias”). La funcionaria declaró que recibió presiones de Llinares y de Felip para cerrar el expediente del hospital de Haití, algo que no veía claro. Escandell fue absuelta.