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Aprobada la ley que despatologiza la transexualidad

Presentación del Anteproyecto de la Ley Integral del Reconocimiento a la Identidad y la Expresión de Género (Ley Trans)

Laura Martínez

La transexualidad dejará de considerarse una enfermedad. Almenos, en la Comunidad Valenciana. El Ejecutivo autonómico ha aprobado este viernes el proyecto de Ley de Identidad de Género (conocida como Ley Trans), que enviará a les Corts para que validen.

La vicepresidenta y consellera de Igualdad y Políticas Inclusivas, quien ha explicado esta ley tras su paso por el pleno, ha detallado que el proyecto se tramita una vez “oídas” que no acatadas, las observaciones del Consell Jurídic Consultiu. Este es, como su nombre indica, un organismo por el que pasan los proyectos legislativos, pero sus informes no tienen carácter vinculante. De 29 observaciones que apuntaba el Jurídic, 10 se consideran de carácter esencial y se han incorporado siete.

¿Por qué no todas? Porque son contrarias al espíritu de la ley, ha indicado Oltra. El CJC estable la necesidad de que exista un informe médico que acredite la disforia de género, lo que el Consell considera “inaceptable” ya que “el médico acredita patologías, no lo que consideramos una expresión de la diversidad”.

También ha indicado que el Consell Jurídic señala que el contenido de esta ley “afecta a la autonomía de los centros educativos” pero, sobre este tema, Oltra ha explicado que “ningún centro educativo público o privado puede tener en su ideario la discriminación a personas 'trans' o a cualquier otra”. “Igual que no puede decir que las personas gays o lesbianas son enfermas o que los negros son inferiores a los blancos”, ha manifestado.

El marco normativo regula aspectos tan necesarios para la plena integración de las personas trans en la sociedad, como el amparo en las fases iniciales del proceso de declaración de la propia identidad sentida, la tutela en las situaciones de minoría de edad o la atención gerontológica, especialmente en las residencias de la tercera edad, situaciones a las que ha de prestarse especial atención.

El texto recoge, entre otras cuestiones, el derecho al reconocimiento de la identidad de género de las personas transexuales, libremente manifestada, sin la necesidad de prueba psicológica o médica. Además, plantea la posibilidad de conceder la documentación administrativa necesaria adecuada a su identidad dentro de las competencias autonómicas, con el objetivo de favorecer una mejor integración y evitar situaciones de sufrimiento por exposición pública o discriminación.

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