El IVACE solicita eliminar el 'impuesto al sol' y destinar los excedentes del autoconsumo a combatir la pobreza energética

El Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE), a través de la Asociación de Agencias Españolas de Energía (Energen), ha solicitado al Ministerio para la Transición Ecológica la retirada del llamado 'impuesto al sol', que obliga a las instalaciones de autoconsumo de más de diez kilovatios de potencia a pagar un cargo sobre la electricidad autoproducida y consumida de forma instantánea.

Así pues, en el escrito de alegaciones a la propuesta del real decreto de acceso y conexión a las redes de transporte y distribución remitido al Ministerio se hace hincapié en que el autoconsumo, especialmente a partir de energía solar fotovoltaica, puede convertirse en una de las principales alternativas para aumentar la participación de las energías renovables en la próxima década, por lo que constituye una pieza clave en la nueva política energética de la Unión Europea, y, por extensión, también lo debe constituir en España.

En este sentido, según ha detallado la directora general del IVACE, Júlia Company, “solicitamos al Ministerio de Transición Ecológica avanzar hacia un modelo regulatorio específico para el autoconsumo que permita incrementar la penetración de esta tecnología en el mercado, que la promueva, que la potencie, y que elimine cualquier barrera administrativa, técnica y/o económica que pueda limitar su desarrollo”.

Hay que destacar que unas de las premisas acordadas por la UE en el marco de la negociación de los nuevos objetivos de participación de las energías renovables en el horizonte del año 2030, que se traduce en una cuota mínima del 32% sobre el consumo bruto de energía final, ha sido la propuesta de eliminación de cualquier carga económica a las instalaciones de autoconsumo, al menos hasta el año 2026.

De este modo, ha señalado Company 'el impuesto al sol', que sólo se aplica en España, pasaría a ser ilegal según las normas de la Unión Europea“. Hay que recordar que este impuesto obliga a las instalaciones de autoconsumo de más de diez kilovatios de potencia a pagar un cargo sobre la electricidad autoproducida y consumida de forma instantánea.

“El pacto alcanzado en el Parlamento Europeo demuestra, una vez más, que el anterior Gobierno se equivocaba, estaba tomando el camino contrario a Europa y, por ello, solicitamos al nuevo Gobierno que, de una vez por todas, elimine el impuesto al sol de forma inmediata” ha subrayado.

“Se trata de una barrera económica injustificada que está desincentivando la puesta en funcionamiento de estas instalaciones y frenando el desarrollo del autoconsumo” ha añadido. Según los estudios del IVACE, este cargo implica alargar en varios años, entre 2 y 3, el periodo de retorno de las inversiones.

La decisión europea supone también a su juicio, “el reconocimiento de que estamos haciendo bien las cosas, que nuestra política energética es acertada y está en plena sintonía con la de la Unión Europea”.

Una “bolsa de energía”

En el escrito de alegaciones se solicita también que la energía excedentaria que los autoconsumidores con potencias inferiores a 100 kW inyectan gratuitamente a la red eléctrica sea destinada a los consumidores más vulnerables y de este modo contribuir a paliar la pobreza energética.

Según ha explicado Júlia Company, “dichos excedentes energéticos suponen un ahorro económico para el sistema eléctrico y, de este modo, se puede constituir una bolsa de energía que podría ser contabilizada tanto en términos energéticos como económicos para que el sistema los asignara a los consumidores que actualmente se estén beneficiando del bono social, sobre todo en sus umbrales más extremos”.

Asimismo, entre las alegaciones presentadas también destaca la solicitud de eliminación del requisito de potencia máxima para la asignación de modalidad Tipo 1 y Tipo 2, al entender que debería ser una elección del consumidor vinculada única y exclusivamente a si desea o no obtener ingresos por la energía excedentaria. En caso de no desear obtener ingresos, el consumidor debería poder acogerse a la modalidad Tipo 1, independientemente de la potencia contratada o de la potencia de la instalación de autoconsumo.

En la actualidad, el requisito establecido en el RD 900/2015 de que las instalaciones de Tipo 1 sólo puedan estar asociadas a consumidores con una potencia contratada no superior a 100 kW obliga, a determinados consumidores con potencias contratadas superiores a 100 kW, a acogerse a la modalidad Tipo 2 y por tanto a realizar una serie de trámites vinculados a la venta de la energía excedentaria (facturación mensual, declaraciones trimestrales y anuales e impuesto de sociedades o la facturación anual del peaje de generación entres otros) que, en muchos casos, no compensan el beneficio económico obtenido.

Asimismo, se solicita evolucionar hacia un sistema que permita la compensación de saldos energéticos, establecer un registro para las instalaciones de autoconsumo aisladas, modificar los criterios de reparto de la energía generada en la modalidad de autoconsumo colectivo, así como la exención del coste de los estudios de acceso y conexión para las instalaciones de potencia inferior o igual a 100 kW y establecer criterios y esquemas homogéneos para todo el territorio para su aplicación por parte de las distribuidoras, entre otros.