La Justicia avala por segunda vez el Plan de L'Horta de València, aprobado por la Generalitat Valenciana en noviembre de 2018 a iniciativa de la entonces consellera de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, la socialista María José Salvador. La sección primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJ-CV) ha desestimado un recurso de la Sociedad de Gestión de Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria (Sareb) contra el plan que contempla la protección de 12.000 hectáreas de suelo agrícola y la recuperación como huerta de 250 hectáreas.
La sentencia, a la que ha tenido acceso elDiario.es, considera que el plan, que afecta a 45 términos municipales, “es necesario para la conservación de este elemento geográfico tan característico”. El recurso de la Sareb aludía a “una serie de cuestiones genéricas” relacionadas con tres áreas concretas: la unidad de paisaje del Puig de Santamaría; las unidades de paisaje UP 04 y UP 05, que incluyen suelos del término municipal de Albalat del Sorells; y la unidad UP 21 de los terrenos de La Punta.
La Sareb pedía la nulidad del plan al considerar que carece de motivación y que “difiere de la versión del 2008”. El recurso plantea que esa primera versión establecía “para estos suelos su consideración como de reserva, permitiendo determinados usos que en la actual clasificación no permite”.
Los magistrados del TSJ-CV afirman que la cuestión, “tal como la plantean los actores, es demasiado genérica, porque se refiere a unidades territoriales muy extensas, donde concurren circunstancias plurales que no se discriminan adecuadamente”. “Otra cosa hubiera sido”, continúa el fallo, “que, como en otros casos que hemos examinado, se hubiera materializado la reclamación en parcelas singulares y concretas respecto de las cuales no existía elementos susceptibles de protección, ni circunstancias objetivas que aconsejen, permitan o sea necesaria su regeneración”.
Esta nueva sentencia, en la línea del pronunciamiento anterior de la sección primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJ-CV sobre un recurso interpuesto por la Inmobiliaria Guadalmedina (grupo Igsa), avala la norma del Ejecutivo autonómico valenciano y supone un espaldarazo adicional a la protección del territorio y, singularmente, de la huerta de València. “La delimitación de estas unidades como de recuperación de la huerta responde a una necesidad de preservar un cierto espacio, que no impide la fosilización del suelo, ya que los sectores permiten una transformación urbanística y, en consecuencia, un crecimiento urbanístico”, indica la sentencia.
Así, los magistrados concluyen que la norma pretende “en la medida de lo posible (...) conservar un espacio estratégico y emblemático”. “Estas determinaciones (...) son correctas y potencian un equilibrio ajustado entre la realidad y lo que se pretende, entre el posible crecimiento urbano y la conservación de ciertos elementos vinculados a la huerta valenciana”, apostilla el TSJ-CV. La sentencia, que no es firme, impone a la Sareb unas costas de 3.000 euros.