El caso Brugal es la macrocausa judicial que ha puesto nombre a la corrupción en Alicante. La investigación cuenta con numerosas piezas y asuntos que cuando estallaron tuvieron importantes repercusiones políticas -hubo detenciones de cargos públicos- en los ayuntamientos de Orihuela, Alicante y la Diputación de Alicante. Este miércoles, la Audiencia de Alicante tumbaba la pieza originaria de todas las pesquisas posteriores que afectaba al contrato de las basuras de la capital de la Vega Baja y en la que han sido absueltos los 34 acusados al invalidarse las escuchas iniciales del empresarios Ángel Fenoll a otros empresarios y concejales.
Entiende la Audiencia de Alicante que las pruebas, pinchazos telefónicos de la policía, seguimientos e información posterior, quedaron contaminadas porque las escuchas del empresario se han considerado ilícitas y habrían vulnerado los derechos fundamentales de los acusados. Así, entienden, las resoluciones judiciales que estaba amparadas por esos audios, que en su día Fenoll repartió a la prensa en la puerta del Ayuntamiento de Orihuela y entregó a la Fiscalía Anticorrupción, adolecían de la suficiente motivación o no daban cobertura a nuevos delitos descubiertos de forma casual. Esa nulidad alcanzaba a todos los dispositivos móviles de prepago usados por los acusados.
Es más, los magistrados extienden esa declaración de nulidad a otras pruebas porque están directamente relacionadas con las escuchas invalidadas y por tanto contaminadas por ellas, o bien porque supusieron por sí mismas la vulneración de derechos fundamentales como la inviolabilidad del domicilio, el secreto de las comunicaciones, el derecho a la defensa, a un proceso con todas las garantías y a la tutela judicial efectiva, entre otros.
“La vulneración del derecho de defensa es de tal calado jurídico, por atentar contra el artículo 24.1 de la Constitución Española, pasando sobre lo establecido tanto por la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, como sobre el acervo del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que la consecuencia necesaria de su apreciación, más allá de la retroacción de las actuaciones, debe ser la absolución de los acusados afectados por tales vulneraciones”, razona la Sala.
La Sala también anula como fuente de prueba los protocolos notariales obtenidos por la Policía sin mandamiento judicial, a través de una oficina de prevención de blanqueo de capitales, porque no se estaba investigando ese delito. Igualmente invalida actas de seguimiento y vigilancia de reuniones de los sospechosos, ya que los agentes tuvieron conocimiento de las mismas a través de intervenciones telefónicas que han sido declaradas nulos.
¿Puede haber invalidación de todo Brugal?
¿Pero, puede la invalidación de las escuchas del empresario Ángel Fenoll contaminar también las actuaciones realizadas en la macrocausa Brugal y que afectaron al ayuntamiento y la diputación de Alicante? Según la fuentes jurídicas consultadas por eldiario.es, no. Entienden estas fuentes que la denuncia inicial que acabó con la detención del expresidente de la Diputación de Alicante José Joaquín Ripoll por el presunto amaño del plan zonal de basuras de la Vega Baja se presentó dos años después (2008) que la de Orihuela.
Por tanto, las pesquisas del juzgado de Alicante donde se presentaron inicialmente nada tendrían que ver con las que se llevaron acabo en el de Orihuela tras la denuncia de Fenoll ante la Fiscalía Anticorrupción. Además, en la causa que investiga el presunto amaño del plan general de Alicante y por el que tuvo que dimitir la exalcaldesa Sonia Castedo, el principal acusado ha llegado a un acuerdo con la Fiscalía Anticorrupción y ha reconocido los hechos.
Se trata del empresario Enrique Ortiz, que ha acordado rebajar la petición fiscal de 8 años a 2 a cambio de reconocer que el plan general se amañó para él. En este caso, el principal acusado podría ser la prueba fundamental para que la causa acabara con condenas.
Antonia Moreno, exdiputada provincial socialista y exconcejal de Orihuela, fue una de las denunciantes y la persona que más batalló por destapar la corrupción del caso Brugal. Para Moreno, la causa de Orihuela que ha acabado con la absolución de los 34 acusados es el “brugalito” y el pelotazo mayor y la causa realmente importante es el plan zonal porque se iban a amañar 500 millones de euros. “Lo que viene ahora ya está montado directamente y en origen sobre grabaciones de la policía judicial”, señala. Una diferencia, considera, sustancial y que entiende que permitirá que los juicios puedan llegar a esclarecer ambos casos.
La Audiencia Provincial de Alicante debe fijar fecha en 2020 para el juicio en el que Ripoll se enfrenta a 17 años de cárcel mientras en un mes será el turno para el del plan general de Alicante donde Ortiz ha allanado el camino a la justicia. En esta causa se sentarán en el banquillo la exalcaldesa del PP Sonia Castedo y su predecesor también popular Luis Díaz Alperi.