Anticorrupción recurre el auto que exculpa a Sonia Castedo y Enrique Ortiz en el caso Rabassa
La Fiscalía Anticorrupción ha presentado un recurso de súplica contra el auto que confirma el archivo del llamado 'caso Rabassa', que implicaba a la exalcaldesa de Alicante Sonia Castedo (PP) el constructor Enrique Ortiz y tres técnicos municipales.
En el escrito, al que ha tenido acceso Efe, el ministerio público reclama a la sección tercera de la Audiencia de Alicante que reabra la investigación para que puedan ser interrogados varios directivos de la multinacional sueca Ikea.
El citado tribunal no apreció indicios de delito en la tramitación del plan que preveía la construcción de 13.000 viviendas y la implantación de una tienda de Ikea en el barrio alicantino de Rabassa y que fue anulado más tarde por la Justicia.
Ésta era una de las dos piezas del caso Brugal que implicaban a Castedo, quien sigue investigada (antes imputada) en otra relativa a las supuestas irregularidades en el diseño del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Alicante, al igual que su antecesor en la Alcaldía, el popular Luis Díaz Alperi, y el propio Ortiz, entre otros.
El juzgado de Instrucción 6 de Alicante decretó en mayo pasado el sobreseimiento del 'caso Rabasa' y la sección tercera de la Audiencia de Alicante lo confirmó la pasada semana.
La sala desestimó los recursos de apelación planteados por la Fiscalía Anticorrupción y las acusaciones populares que representan al PSPV y a EU, por considerar que no había quedado acreditada la comisión de delitos de prevaricación, tráfico de influencias y cohecho.
El fiscal Anticorrupción de Alicante, Felipe Briones, considera que tanto el juez instructor como la Audiencia Provincial se han “excedido” al dictar resoluciones equivalentes a sendas sentencias, pues entran en el fondo del asunto para hacer una valoración de las pruebas, algo que está “vedado en esta fase procesal”.
Según el ministerio público, en la instrucción “existen indicios bastantes para formular un auto de procedimiento abreviado y permitir formular acusación”.
“Indefensión procesal”
Por otro lado, la negativa a la práctica de nuevas diligencias, como las declaraciones de los directivos de Ikea, añade Anticorrupción, sitúan a esta parte en una “situación de indefensión procesal”
“No alcanza a recordar este fiscal situación semejante: actuaciones muy complejas, materializadas en miles de folios, en las que tras años de investigación y sin concluirse ésta, el instructor decida su archivo, sin practicar las diligencias propuestas por el fiscal”, argumenta Briones.
A su juicio, una investigación “de tal envergadura no puede -no debe- ser cerrada por un juez cuando es consciente de que alguna de las partes, seriamente, manifiesta y acredita su voluntad de que continúe el procedimiento”, y menos cuando esa parte es la acusación pública, “cuya función es promover la acción de la justicia en defensa de la legalidad”.
“Idea preconcebida”
Anticorrupción lamenta que la Audiencia de Alicante haya considerado una “idea preconcebida” del fiscal la amistad existente entre Castedo y Ortiz, cuando es un “hecho público y notorio” que fue “admitido” por la propia exalcaldesa en su declaración ante el juez.
El ministerio público sostiene que Ortiz “marcaba a su conveniencia los tiempos de las decisiones oficiales del Ayuntamiento” y tenía “garantizado” de antemano por la entonces primera edil “la aprobación de cuanto propusiera” a la corporación“.
Según el fiscal, “existen indicios raciones de criminalidad precisos para vedar en esta fase el sobreseimiento de la causa”, pues constan conversaciones telefónicas intervenidas durante la investigación, así como “reuniones y documentos oficiales que son dictados coetáneamente y que acreditan la participación de los investigados en la consecución de los intereses empresariales de Enrique Ortiz”.