Cuatro años de la ley trans valenciana: 578 personas asesoradas, 33 cambios de documentación
El 11 de abril de 2017 el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) recogía la aprobación de la Ley Integral del Reconocimiento del Derecho a la Identidad y a la Expresión de Género en la Comunitat Valenciana, conocida como 'ley trans'. El documento fue el primer proyecto que salió de la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas que dirige Mónica Oltra (Compromís), un texto que pretende dar reconocimiento y protección a las personas trans, especialmente en los ámbitos sanitario, educativo y laboral.
La ley fue aprobada en el Parlamento Valenciano el 30 de marzo de 2017 con el voto favorable de PSPV, Compromís, Podemos y Ciudadanos, y el voto en contra del PP, que también participó de su redacción y realizó aportaciones en la comisión parlamentaria. La norma planteaba, como las de otras comunidades autónomas, la despatologización de la transexualidad y la persecución a las llamadas terapias de conversión, como sucede en el caso de la ley LGTBI. El texto recoge, entre otras cuestiones, el derecho al reconocimiento de la identidad de género de las personas transexuales, concretamente “el derecho de autodeterminación de género de las personas que manifiesten una identidad de género sentida diferente a la asignada en el momento del nacimiento”, sin la necesidad de prueba psicológica o médica. Además, plantea la posibilidad de conceder la documentación administrativa adecuada a su identidad dentro de las competencias autonómicas, con el objetivo de favorecer una mejor integración y evitar situaciones de sufrimiento por exposición pública o discriminación, como expresó en su presentación la vicepresidenta y consellera de Igualdad, Mónica Oltra. Así, especifica la norma, “la Generalitat reconoce la libertad, dignidad e igualdad de las personas trans. Las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos, con independencia de su identidad o expresión de género”.
Aunque la ley lleva casi cuatro años en vigor, algunos de sus elementos normativos aún tienen que desarrollarse. Un año después de su aprobación se aprobó el reglamento que permite el cambio de nombre en la documentación oficial expedida por la Generalitat Valenciana -tarjeta SIP, documentos escolares y las tarjetas de las oficinas PROP-. Desde entonces, según las cifras de la Generalitat, 33 personas trans han solicitado el cambio: 16 hombres, 12 mujeres y 5 no binarias. Solo tres menores de edad han procedido a la rectificación de su documentación a raíz de la sentencia del Tribunal Supremo que permite hacerlo.
Otro de los servicios que prevé la ley, junto a la Ley de Igualdad LGTBI, es la puesta en marcha de una oficina de asesoramiento y apoyo psicológico, llamada servicio Orienta. Según el director general de Igualdad en la Diversidad, José de Lamo, un 25% de las atenciones en 2019 y 2020 son a personas trans, que suponen 573 personas, con más de 3.152 actuaciones realizadas. El servicio fue un recurso especialmente demandado durante la pandemia, donde se multiplicaron las atenciones a mujeres trans prostituidas y migrantes, según explicó una trabajadora a elDiario.es. Las mujeres trans son las que más demandan este servicio (1.643 consultas, según los datos de la Generalitat) y la mayoría de personas tienen entre 18 y 30 años (1.460 consultas), aunque los menores destacan con 335 atenciones telefónicas.
Antes de recibir la llamada para incorporarse a la Generalitat Valenciana, José de Lamo centraba su actividad en el colectivo Lambda, que trabaja por el reconocimiento de las personas LGTBI. El director general asegura: “La experiencia de las leyes autonómicas es que lo que han conseguido es hacer la vida un poco más fácil a las personas trans, algo fundamental. Si algo podemos destacar es que ha contribuido a dar derechos y felicidad a la vida de las personas trans”. Sobre posibles casos de fraude o de uso inadecuado de la norma, el Ejecutivo autonómico no tiene constancia: “La ley ha funcionado bien. No tenemos constancia de ningún problema. La gente ejerce un derecho que es fundamental para el desarrollo de la personalidad”. En todo caso, destaca, hubo problemas al principio con algunos centros educativos que se negaban al reconocimiento de la identidad de género de los menores trans, una cuestión que se solventó con el desarrollo del reglamento.
Al margen del reflejo de la identidad de género sentida en la documentación, la ley regula una serie de prestaciones en el ámbito sanitario y en la protección educativa. La ley protege en las personas trans el “derecho a la atención sanitaria, en términos similares que en otras comunidades autónomas, que somos las que tenemos competencias”, expresa el director general. Ello incluye asistencia psicológica, asesoramiento sexológico, acompañamiento médico y psicológico en el proceso de transición -si la persona desea hacerlo y hasta donde considere que debe llegar-, la hormonación y algunas cirugías (“exéresis de mama y de genitales, de implante de prótesis mamarias y reconstructiva de genitales y otros tratamientos médicos o quirúrgicos para la modificación corporal que aseguren su congruencia con la identidad de género de la persona, incluyendo los necesarios para la modificación del tono y timbre de voz cuando se requieran”, indica el articulado). La transición, explica el responsable autonómico, es un proceso “muy personal” y punta que “generacionalmente hay más personas que aceptan su cuerpo y deciden no operarlo”.
En el ámbito educativo, la Generalitat “velará por que el sistema educativo sea un espacio respetuoso” con la diversidad, establece que el centro “se dirija a las personas trans por el nombre que hayan elegido”. También prevé que se respete el nombre elegido en todas las actividades docentes y extraescolares organizadas por el centro, y la indumentaria “según la identidad de género sentida”. “Se garantizará el acceso y el uso de las instalaciones del centro de acuerdo con la identidad de género sentida, incluyendo los lavabos y los vestuarios”, añade. Los centros estarán en contacto con Sanidad para prevenir situaciones de riesgo. La cuestión de la discriminación laboral, asume De Lamo, aún se debe trabajar con más insistencia. El Ejecutivo espera que en octubre esté listo el informe de evaluación de la norma, de la que se encargará el Consejo Trans, constituido el pasado otoño.
El gobierno central planteó sus discrepancias respecto al artículo relativo a la documentación y a los tratamientos médicos, que se resolvieron en la comisión bilateral en enero de 2018 y no llegó al recurso de inconstitucionalidad. Sobre la documentación, el Ejecutivo planteaba dudas sobre la competencia de la autonomía, que se resolvió aclarando que no podía referirse al registro civil, mientras que para el acceso a la sanidad se resolvió con un acuerdo similar al de otras autonomías.
Mesas de negociación y elaboración de la ley
El proceso de elaboración y tramitación de la norma ocupó a sus legisladores más de dos años. Según explica José de Lamo, fue un proceso participativo desde el primer momento. Su departamento priorizó la elaboración de la norma por petición de las entidades LGTB, con las que mantuvo varias reuniones tras la creación del llamado Gobierno del Pacto del Botánico, el firmado por el PSPV, Compromís y Podemos para constituir un Ejecutivo progresista tras 20 años del PP. “Fue muy positivo que en el proceso de la ley estuvieran los colectivos, los sindicatos y las personas trans. Llevaron su realidad a una ley. Cuando hablábamos de artículos, de derechos, del ámbito educativo, del acompañamiento necesario si las personas lo demandan, ellos nos explicaban la discriminación concreta” para poder plasmarla sobre el papel, expresa el responsable.
Así, en octubre de 2015, la dirección general comenzó una serie de encuentros con colectivos LGTB, partidos políticos, sindicatos y otros agentes sociales para poner sobre la mesa las necesidades de las personas trans. El proceso de elaboración del borrador ocupó a su departamento hasta marzo de 2016, cuando empezó el proceso de exposición pública y aportaciones ciudadanas que culminó en octubre con la aprobación del anteproyecto de ley en el pleno del Gobierno valenciano. Después fue evaluado por el Consell Jurídic Consultiu y pasó a las Corts Valencianes, donde quedó en manos de los grupos parlamentarios hasta su aprobación en marzo de 2017.
El Consell Jurídic Consultiu, organismo con carácter preceptivo, que no vinculante, y formado entonces por una mayoría conservadora de consejeros, planteó reticencias al proyecto, considerando que tenía que introducirse alguna una cautela para acreditar la disforia de género , y formuló cuestiones respecto a las terapias de conversión, precisamente dos elementos contra los que lucha esta ley. La norma se adelantaba al cambio que un año después introdujo la Organización Mundial de la Salud (OMS), cuando en la publicación de su manual de enfermedades sacó la transexualidad del capítulo “trastornos de la personalidad y el comportamiento” –en el subcapítulo “trastornos de la identidad de género” - y lo introdujo en el capítulo “condiciones relativas a la salud sexual”, donde pasó a denominarse “discordancia de género” o “incongruencia de género”. El nuevo volumen de la Clasificación Internacional de Enfermedades (CIE) se aprobó en 2018 y entrará en vigor en 2022, según informó la OMS en su día.
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