Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.

José Luis Olivas recurre ante el Supremo su condena por falsificar una factura y dañar a Hacienda

El expresidente de Bancaja, exvicepresidente de Bankia y expresident de la Generlitat, José Luis Olivas, sentado en el banquillo

Europa Press

Valencia —

José Luis Olivas, expresidente de Bancaja y de la Generalitat Valenciana, ha presentado un recurso ante el Tribunal Supremo (TS) tras su condena por falsificar una factura de 500.000 euros más IVA (80.000 euros) y dañar a Hacienda -se le causó un perjuicio de 150.000 euros- e insiste en la ausencia de pruebas.

Según ha podido saber Europa Press, Olivas, condenado a un año y medio de prisión por este asunto, solicita en su recurso que se revoque la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal número 6 de Valencia en enero de este año y que se le absuelva de los delitos por los que fue condenado.

Olivas, imputado en Madrid por la quiebra de Banco de Valencia, alega que no hay prueba suficiente para confirmar que el servicio por el que cobró y facturó 500.000 euros al empresario Vicente Cotino, sobrino del expresidente de las Corts Juan Cotino -condenado en este procedimiento a la misma pena que el expresidente de Bancaja-, no se llegó a prestar. También alude a la presunción de inocencia.

Por su parte, Vicente Cotino también ha presentado un recurso ante el Alto Tribunal solicitando la revocación de la sentencia y esgrimiendo unos argumentos similares a los de Olivas, tal y como han informado a Europa Press.

Falsedad en documento mercantil

Tanto Olivas como Cotino fueron condenados en instancia por delitos de falsedad en documento mercantil y contra la Hacienda Pública. Junto a la pena de prisión, se les impuso una fianza de 151.800 euros. La jueza aplicó la atenuante simple de dilaciones indebidas, lo supuso una rebaja de la pena -la fiscal pedía para ellos tres años de prisión-.

Por su parte, la mujer de Olivas, Mercedes Álvarez, acusada en el procedimiento únicamente por parte de la Abogacía del Estado, fue absuelta al no estar suficientemente acreditado que participara en idear y ejecutar la factura irregular de su marido, que ella firmó cinco años después de emitirse.

La operación cuestionada es una factura de 580.000 euros que emitió Olivas, a través de su empresa Imarol, a Cotino, dueño de Grupo Fiscal Asedes Capital S.L., al que pertenecía Sedesa, por presuntamente asesorarle y ayudarle a vender el 25% de sus activos de Proyectos Eólicos Valencianos S.A. --accionarada por Endesa (55%), Sedesa (25%) y Bancaja (20%)-- a Endesa. La venta se llevó a cabo, pero la jueza entendió que Olivas no realizó el trabajo por el que cobró esa cantidad de dinero.

“No existió” gestión y asesoramiento a Cotino

Al respecto, la jueza señalaba que la actividad de gestión y asesoramiento de Olivas a Cotino “no existió” al realizar la venta de las acciones la empresa Inversiones Alternativas Energéticas, también perteneciente al Grupo Asedes, “sin intervención alguna de la mercantil Imarol”. Así, se trataba de un “gasto ficticio” que “en ningún caso puede ser considerado gasto deducible en el Impuesto de Sociedades”.

Como consecuencia de esta factura, Hacienda requirió a Olivas que acreditase la realidad de los servicios prestados, y éste aportó un informe de tres páginas, con fecha de 2008, que firmó su esposa en 2013. Sin embargo, el mismo “no correspondía con ninguna gestión llevada a cabo para la venta de las acciones ni contenía ninguna información útil para ella”, mantenía la jueza.

La magistrada entendía que tanto este informe como el resto de documentación que aportó Olivas ante el Inspector de Hacienda “la obtuvo como presidente de Bancaja”, entidad que tenía intereses en la venta de acciones eólicas.

De esta manera, la jueza concluyó que Olivas y Cotino “acordaron de forma concertada” documentar un pago de 580.000 euros a través de una factura falsa en la que se hacía constar como causa del mismo “un servicio inexistente” con la finalidad, entre otras, de permitir que reducir “de forma fraudulenta” la base imponible del Impuesto de Sociedades del ejercicio fiscal 2008 debido a la declaración como gasto de ese pago realizado a Imarol. Así, se dejó de ingresar a Hacienda en ese ejercicio 150.000 euros.

Etiquetas
stats