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El Supremo confirma las penas a los cabecillas de la Gürtel por irregularidades en la visita del Papa a València en 2006

Los acusados Álvaro Pérez "El Bigotes"" (i), Francisco Correa (c) y Pablo Crespo (d) al comienzo del juicio

Alberto Pozas

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El Tribunal Supremo ha rechazado el recurso de siete acusados y ha confirmado las penas para los cabecillas de la Gürtel y al exdirector de 'Canal 9' por irregularidades en la visita del Papa. La Audiencia Nacional había impuesto en 2020 condenas de hasta 15 años de prisión a 19 de las 23 personas que se sentaron en el banquillo acusadas en esta pieza separada de la trama Gürtel de corrupción.

En la vertiente empresarial de la trama, Francisco Correa fue condenado a 13 años y siete meses de prisión, con Álvaro Pérez 'El Bigotes' condenado a seis años y nueve meses. Pedro García, exdirector de la Radio Televisión Valenciana, fue condenado a la misma pena de cárcel.

Los jueces declararon probado en esa primera sentencia que la organización de la visita del Papa Benedicto XVI a València en 2006 durante el V Encuentro de la Familia estuvo plagado de irregularidades y sobrecostes con un botín millonario para la trama. Un botín de más de tres millones de euros salido de un contrato adjudicado a la empresa Teconsa por parte de la televisión pública por más de siete millones de euros. Contrato para suministrar pantallas, sonido y megafonía para acompañar la visita del pontífice que escondía sobreprecios y comisiones y que se adjudicó de manera irregular.

Fue “claramente ilegal”, dijo la Audiencia Nacional, porque antes de adjudicarse los colaboradores de Francisco Correa y el director general de RTVV ya habían decidido quién iba a cobrar, pagar y organizar todo. Era Teconsa, una constructora, “no tenía capacidad técnica para llevar a cabo los trabajos necesarios” y subcontrató toda la organización generando unos sobrecostes millonarios para las arcas públicas valencianas.

Se trata de la quinta sentencia firme en la que el Tribunal Supremo condena la actividad corrupta de la Gürtel al amparo del control que el Partido Popular tenía en las administraciones públicas locales, regionales y estatales en las que gobernaba. La última fue dictada el año pasado cuando confirmó las condenas impuestas por la actividad de la trama corrupta en la localidad gaditana de Jerez. Previamente el Supremo también ha firmado sentencias firmes en el caso de AENA, la actividad de la trama en la Generalitat Valenciana de Francisco Camps, y la primera época de la trama corrupta.

En una de estas sentencias del Supremo, los jueces de lo penal confirmaron la condena como partícipe a título lucrativo del Partido Popular, aunque la formación de Alberto Núñez-Feijóo es el denominador común del protagonismo que la trama tenía en aquellas administraciones públicas donde gobernaban. En el caso de 'Época I', el Supremo consideró probado en firme que el PP se benefició económicamente de la actividad de la trama en varios municipios de Madrid donde gobernaban por un valor total de 245.492,80 euros.

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