La privatización de las ITV de Zaplana que sirvió para pelotazos y mordidas triplicó el precio de las inspecciones a vehículos valencianos
La privatización de los servicios de Inspección Técnica de Vehículos que autorizó el expresidente de la Generalitat Valenciana Eduardo Zaplana y que investiga la Unidad Central Operativa de la Guardia Civil y el juzgado en el 'caso Erial' provocó un aumento de tarifas que continua vigente 20 años después.
La operación de externalización de un servicio que era público en los años 90 del siglo pasado sirvió para que unos pocos años después de las adjudicaciones las concesionarias vendieran los derechos por decenas de millones de euros que son los que, a su vez, se habrían utilizado para pagar las mordidas a la trama internacional que se investiga en el caso Erial. Sedesa vendió su concesión por 86 millones de euros y la repartió entre muchos de los ahora investigados.
La privatización del servicio, en 1998, llegó a triplicar el precio a pagar por una inspección obligatoria, que pasó de una media de 18 euros hasta los 46, siempre en función de las características del turismo. Según informes internos de Consell, las ITV facturaron entre 1998, año de la privatización, y 2009 cerca de 317 millones de euros más de los previsto en los cálculos iniciales.
Entre los motivos del desajuste está el crecimiento del parque de vehículos -por ende, más inspecciones- , el aumento del IPC y la introducción de dos pruebas obligatorias: la prueba de gases de escape y la inspección sonora. Según el mismo informe, la prueba de sonometría supuso un incremento en la facturación de 60 millones de euros, todo ello para las empresas, sin contraprestación para la Administración.
La prueba de sonometría se incluyó en 2004 a través de una ley de contaminación acústica y sigue vigente. Compromís la llevó a los tribunales apuntando a un posible enriquecimiento de las empresas, participadas por miembros del Ejecutivo del PP, gracias a estas tarifas. El grupo parlamentario solicitó en las Corts una revisión y bajada de los precios. La prueba sólo se realiza en las ITV de la Comunidad Valenciana y es obligatoria únicamente para los vehículos domiciliados en este territorio, con independencia de por dónde circulen, sin que ninguna otra administración autonómica haya incorporado la obligatoriedad de dicha prueba a su proceso de inspección de vehículos.
Un informe de 2014 puso en cuestión esta prueba, la consiguiente tarifa y el margen económico para las empresas prestadoras del servicio. Elaborado por la jefa de Servicio de calidad y control industrial, vehículos de la Generalitat en marzo de 2014, apunta que “la experiencia viene a concluir que los vehículos que presentan anomalías en la [prueba] de emisión sonora, ya son detectados en la previa inspección mecánica”. La prueba tenía un coste estimado de 2,5 euros y se cobraba entre 8 y 10 a los conductores.
De hecho, la consellera del ramo, Isabel Bonig, intentó ese mismo año estudiar una fórmula para rebajar las tarifas que no llegó a ver la luz. Los intentos de bajar los precios por parte de los gobiernos autonómicos, tanto el del popular Alberto Fabra como el del Botànic, han terminado en los tribunales. El Ejecutivo autonómico aprobó en mayo de 2019 una bajada de las tarifas de unos 4 euros por vehículo diesel que las empresas llevaron a los tribunales. En enero, el Tribunal Superior de Justicia tumbó el decreto del mismo modo que hizo con el del expresidente del PP valenciano.
En la comparativa de precios efectuada por Facua en 2019, la Comunitat Valenciana es la que experimenta mayores variaciones respecto al año anterior: es la comunidad con la mayor subida (un 7,1%) para las inspecciones de los vehículos de gasolina y con la mayor bajada (un 9,3%) para las de diésel, que se encuentra entre las más elevadas del Estado español, con 55 euros de media para turismos.
La asociación de concesionarios de las ITV de la Comunidad Valenciana indica que una sentencia del TSJ desautorizó el informe del Consell de sobrefacturación de las ITV valencianasasociación de concesionarios de las ITV de la Comunidad Valenciana
El informe de la jefa de servicio de Calidad y Control Industrial de la Generalitat Valenciana de 2014 sobre la facturación y las tarifas de las ITV fue desacreditado por el Tribunal Superior de Justicia Valenciano.
La empresa Applus Iteuve Technology denunció a la Generalitat Valenciana, en concreto el Acuerdo del Consell, de fecha 28 de marzo de 2014 (DOGV 31.3.2014), por el que se actualizan las tarifas aplicables a la prestación del servicio público de Inspección Técnica de Vehículos (ITV) en la Comunidad Valenciana a partir del día 1 de abril de 2014“, que acordó bajar las tarifas de las inspecciones vigentes hasta el momento.
La sala de lo Contencioso dio la razón al demandante en lo respectivo a la prueba de emisiones y contaminación sonora. Estimó que el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas afirma que es necesario un estudio económico financiero, tanto para determinar el régimen del contrato -singularmente las tarifas- como par su modificación-. “El acuerdo impugnado carece de este estudio económico administrativo, los informes que justifican el acuerdo del Consell impugnado son generales y voluntaristas pero carecen de un estudio serio que justifique la medida de reducción de tarifas y, sobre todo, en la cuantía y proporción que lo hace, es decir, con el estudio que hace la Administración se pueden reducir las tarifas de contaminantes y sonora un 15% o un 90%, no existe cálculo específico sobre los puntos examinados”, señaló.
Respecto al informe citado, la sala consideró que “este tipo de informes a posteriori pueden servir desde el punto de vista legal para explicar algún punto oscuro del informe base que sirvió para la toma de decisión, en modo alguno, para suplir su omisión como ocurre en el presente caso” y el “informe económico administrativo correcto debió partir del momento en que se introdujeron estas pruebas”. La tarifa, fijada por decreto, quedó en 8 euros y la justificación del Consell, en base al informe de la jefa de servicio de Calidad y Control Industrial, se calificó como un intento de “vestir el santo”. Por tanto, estimó que el Ejecutivo autonómico “lanza criterios generales por lo que se debería bajar la tarifa, sin soporte cuantitativo que lo justifique”. La sala consideró que se bajaron las tarifas “sin un soporte económico administrativo” y estimó parcialmente el recurso.
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