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Susana Gisbert: “Los delitos de odio han cobrado un enorme protagonismo”

¿Un cartel en el ascensor en el que se pide a un médico o cajera que abandone el edificio en el que reside por riesgo de introducir el coronavirus puede ser constitutivo de un delito de odio? ¿Y los bulos o las fake news? Sobre estas cuestiones ha reflexionado la fiscal portavoz de la Audiencia Provincial de Valencia, Susana Gisbert, en una conferencia digital organizada por el Ateneo Mercantil de Valencia este lunes.

En el seminario web, difundido a través de la aplicación Zoom, la fiscal especializada en violencia de género y delitos de odio ha compartido algunas cuestiones sobre la naturaleza de estos delitos, que “con la época que estamos viviendo han cobrado un enorme protagonismo”, por lo que conviene conocerlos en profundidad.

“El derecho penal gestiona el fracaso. Es la última instancia”, ha explicado la fiscal, considerando que un bulo “no es más que una mentira” para expresar que el bulo per sé no constituye un delito, sino lo que pueda hacerse con esa falsedad -incitación al odio, injurias...- “la mentira, en sí, no se castiga”, ha indicado.

Según Gisbert, lo que caracteriza a los delitos de odio es la pertenencia a un colectivo vulnerable, “al que se discrimina con el hecho delictivo, y un acto que de algún modo incite al odio o la discriminación a ese colectivo o a esa o esas personas por pertenecer a él”. Los motivos de discriminación regulados por el Código Penal son raza, religión, etnia, ideología, orientación sexual, sexo y género, pero, advierte la fiscal, no todos los delitos contra personas bajo estos grupos son per sé delitos de odio. La fiscal ha enumerado varios casos controvertidos para expresar la dificultad de tipificar los delitos de odio, como el de los jóvenes de Alsasua, donde hay opiniones distintas según los juristas sobre si puede ser constitutivo de un delito de odio, dado que los agredidos eran Guardias Civiles. “La raíz del delito de odio es la desigualdad”, ha indicado.

Gisbert también ha comentado polémicas como si la negación de la violencia machista pueda ser constitutiva de este tipo de delitos:  “No creo que haya que castigar a quien diga que no le parezca bien la ley de violencia de género”, ha indicado, en su calidad de jurista.

Así, la fiscal ha expuesto que no resulta sencillo determinar los delitos de odio porque no es fácil encontrar la respuesta -la motivación del que los ejerce- “ni mucho menos es unívoca. Ni todos los hechos en que se manifiesta odio son delitos de odio, ni es imprescindible que haya odio para hablar de este tipo de delitos. En nuestro Derecho, se configuran como delitos cometidos con ocasión del ejercicio de derechos fundamentales”.