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Hacienda suspende el concurso eléctrico del Ayuntamiento de Valencia que prohíbe cortes a familias sin recursos

El alcalde de València, Joan Ribó (derecha), y el concejal Sergi Campillo.

Antonio M. Vélez

El Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, dependiente del Ministerio de Hacienda y Función Pública, ha suspendido provisionalmente el concurso de suministro eléctrico al Ayuntamiento de Valencia puesto en marcha este verano.

Como ya intentó hacer Barcelona hace unos meses, el consistorio valenciano había incluido en el pliego varias cláusulas para reducir la pobreza energética que rechazan Endesa y Gas Natural. Entre ellas, la prohibición de cortar el suministro a ninguna familia sin informe previo de los servicios sociales y después de que la empresa suministradora realice un estudio sobre cada caso concreto.

La suspensión cautelar se ha producido a petición de Endesa, que recurrió el pliego a finales de agosto. El contrato, dividido en tres lotes, está valorado en más de 38 millones de euros, IVA incluido, y comprende el suministro de electricidad 100% renovable en alta y baja tensión al municipio.

La suspensión, con fecha 1 de septiembre, no es firme, y en el consistorio que gobierna Joan Ribó (Compromís) con el apoyo de PSPV-PSOE y València en Comú señalan que el procedimiento “sigue en marcha”.

“El análisis de los motivos que fundamentan la interposición del recurso pone de manifiesto que los perjuicios que podrían derivarse de la continuación por sus trámites del procedimiento de contratación, son de difícil o imposible reparación, por lo que procede suspender provisionalmente éste hasta el momento que se dicte la resolución del recurso”, señala la resolución del tribunal, disponible en la web del consistorio valenciano. 

Endesa recurrió el procedimiento al entender que no debe asumir el coste derivado de la adopción de medidas contra la pobreza energética, como la no suspensión del servicio de clientes en situación de vulnerabilidad. Ese coste “lo tendrá que asumir el Estado, pero no la empresa”, resumen fuentes de la compañía. En Endesa creen que la suspensión cautelar apunta a que “hay argumentos jurídicos” para dejar sin efecto esas cláusulas.

El pasado lunes, con el concurso ya suspendido provisionalmente, el concejal de Gobierno Interior del Ayuntamiento, Sergi Campillo, defendió en una nota esas medidas, que se apoyan en una ley aprobada por el Parlamento autonómico el pasado enero que “exige a las administraciones valencianas paliar y reducir la pobreza energética” en el territorio de la comunidad.

También defendió una segunda cláusula en la que se determina que los precios que pagará por la luz el consistorio “en ningún caso podrán superar los precios establecidos en otros Acuerdos Marco suscritos por la adjudicataria con otras administraciones públicas”, informa Europa Press. De esta forma, el Ayuntamiento tiene la opción de adherirse al menor precio de la luz, independientemente del precio ofertado en el concurso.

“Entiendo que este concurso público, que incluye cláusulas sociales contra la pobreza energética, pueda molestar a los poderosos, pero por esa razón estamos aquí”, dijo el concejal, que señaló que el Gobierno municipal “tiene como principal objetivo rescatar personas” y “defenderá el interés de los vecinos de València por encima del interés de las grandes corporaciones eléctricas”.

Aluvión de recursos

El contencioso se enmarca en el constante enfrentamiento entre las grandes eléctricas y los denominados ayuntamientos del cambio. En Madrid, está pendiente de resolución un recurso de Gas Natural Fenosa, la tercera eléctrica española, contra el concurso eléctrico de este ayuntamiento, el mayor de España. Como adelantó eldiario.es, esta empresa impugnó hace un mes el procedimiento para exigir la anulación de una “diabólica” cláusula que premia a las comercializadoras que venden electricidad libre de emisiones de CO2.

En marzo pasado, Endesa ya logró forzar la anulación del concurso eléctrico del Ayuntamiento de Barcelona, también recurrido por Gas Natural, por la inclusión de una cláusula contra la pobreza energética similar a la de Valencia. La diferencia es que en el caso de Valencia se han recurrido directamente los pliegos y entonces, el recurso fue contra la adjudicación.

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