Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.
La portada de mañana
Acceder
EEUU ha hecho uso de la base española de Rota para llevar armas a Israel
El grupo Las Nenas oculta que no son tres mujeres y que crea su música con IA
OPINIÓN | 'Un brindis al sol', por Esther Palomera

El tribunal que condenó a Zaplana confisca las parcelas de la trama en La Vila Joiosa usadas para blanquear mordidas

Captura de la señal institucional de las declaraciones del exministro y expresident de la Generalitat Eduardo Zaplana durante la última sesión del juicio del 'caso Erial'.

Lucas Marco

València —

0

La sección cuarta de la Audiencia Provincial de València, el tribunal que condenó al exministro del PP Eduardo Zaplana por corrupción, ha confirmado que las parcelas de la trama en la Vila Joiosa que estaban en el aire por una primera interpretación de la sentencia deben ser decomisadas. Se trata de una cuenta de la mercantil con 170.484 euros, terrenos y una reserva de aprovechamiento turístico situados en la localidad alicantina y pertenecientes a Gesdesarrollos Integrales SL, que no fue condenada ni como responsable penal, ni responsable civil subsidiaria ni como partícipe a título lucrativo. Sin embargo, los fondos y las parcelas se deben considerar, a juicio del tribunal, como una “ganancia obtenida por el culpable” (el condenado Eduardo Zaplana), a pesar de que se encuentre “en poder de un tercero” (la sociedad Gesdesarrollos Integrales SL). El tribunal no considera que sea un “tercero de buena fe”, a tenor de la condena de su administrador, el testaferro confeso Miguel Barceló, condenado por un delito de blanqueo de capitales “del que se deriva la ganancia”.

“No existe ninguna duda acerca de que las parcelas (...) deben ser calificadas como ganancia derivada del delito de blanqueo de capitales y procede el comiso”, afirma el auto de la Audiencia Provincial de València al que ha tenido acceso elDiario.es.

Por otro lado, la resolución también clarifica la inhabilitación a la que fue condenado el contable de la trama, Francisco Grau. En este caso, no resulta necesaria una subsanación de la sentencia: la profesión “que guarda relación con el delito por el que es condenado es la de economista”. El tribunal deja para la fase de ejecución de la sentencia, recurrida ante el Tribunal Supremo, la aclaración sobre las costas procesales impuestas a Grau.

Además, el auto avala la actuación de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil sobre ls solicitudes a la Agencia Tributaria de la información sobre el contable de la trama. La resolución concluye que la UCO “actuó siempre bajo la supervisión y con autorización” de la jueza instructora de la causa.

'Paco Gasofa', condenado solo por falsedad

La sección cuarta de la Audiencia Provincial de València también establece que el empresario Francisco Pérez López, conocido como 'Paco Gasofa' fue absuelto del delito de blanqueo de capitales, pero condenado por falsedad, por que la condena final para el empresario y hombre fuerte de Zaplana en Benidorm queda en un año y medio de prisión.

Los magistrados resuelven así las peticiones de aclaración de sentencia que plantearon tanto el fiscal anticorrupción, Pablo Ponce, como algunas defensas. La sentencia, que condenó a Zaplana a más de 10 años de prisión, confiscó 11,5 millones en cuentas y productor financieros, cuatro vehículos y cajas de seguridad a los condenados de la trama del 'caso Erial', tal como informó este diario.

Etiquetas
stats