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El TSJ-CV avala el despido de una directiva de la EMT de Valencia y le achaca una “grave negligencia” que permitió la estafa de cuatro millones

Juicio por el despido de la jefa de Administración de la EMT de València, sentada a la derecha en la imagen.

Lucas Marco

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Los fraudes del CEO son un fenómeno relativamente reciente pero cada vez más al uso en el submundo criminal. La poca jurisprudencia española sobre este tipo de robos sostenía hasta ahora que el trabajador que se ve implicado en la estafa, al estar manipulado y engañado por el malhechor, carecía de responsabilidad penal. Así lo interpretó la sección primera de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Madrid al declarar improcedente el despido de una trabajadora del Grupo Ilunión que sirvió a los estafadores para sisar a la empresa. El letrado de Celia Zafra, la exjefa de Administración de la Empresa Municipal de Transportes (EMT) de Valencia, enarboló esa sentencia, de la que informó elDiario.es, para conseguir tumbar el despido de la mujer (de hecho, para más similitud, se trataba de los mismos estafadores en ambos casos). Y, en primera instancia, lo consiguió. La titular del Juzgado de lo Social número 1 de Valencia le dio la razón a la exjefa de Administración de la EMT y obligó a la empresa pública a indemnizar a la directiva con 199.012 euros.

La mercantil municipal interpuso un recurso de suplicación contra la sentencia y, para sorpresa de propios y ajenos, el TSJ de la Comunitat Valenciana (TSJ-CV) ha avalado con contundencia el despido de la directiva. “El supuesto ahora enjuiciado no es el mismo que se examina en la sentencia del TSJ de Madrid” a la que aludía la jueza para “inclinar la balanza a favor” de Celia Zafra y en la que su letrado había basado gran parte de su estrategia

El abogado, en suma, alegó que la directiva envió al estafador las firmas y los DNI de sus superiores jerárquicos, que le permitieron ejecutar el descomunal sablazo de cuatro millones de euros, creyendo que estaba cumpliendo las órdenes y limitada por una (falsa) cláusula de confidencialidad. Motivo por el que no concurría “voluntariedad” por parte de Zafra. Esa conclusión “no es compartida” por la Sala de lo Social del TSJ-CV, que considera que Zafra era una directiva y no “una mera administrativa”. 

Así, “no debió dar crédito” al cuento que le coló el estafador “sin realizar antes unas mínimas comprobaciones con sus superiores jerárquicos”. El caco, suplantando la identidad de un abogado de Deloitte y la del presidente de la EMT, el concejal Giuseppe Grezzi, aseguró a Zafra vía telefónica que la mercantil preveía llevar a cabo una insólita operación internacional. “Resulta cuanto menos extraño que una empresa municipal de transportes realice una OPA a una empresa china”, señalan las magistradas de la Sala de lo Social del TSJ-CV.

Además, abunda la sentencia, en el caso de que Zafra hubiera llevado a cabo esas mínimas comprobaciones, ni siquiera hubiera incumplido el (falso) documento de confidencialidad que el estafador le había exigido firmar, “ya que sería absurdo pensar” que sus superiores jerárquicos no estarían al tanto de la disparatada operación si “hubiera sido real”, ya que “contravendría las más elementales normas de organización empresarial”. 

“Falta absoluta de criterio” de la directiva

La sentencia, muy severa con la actuación de la directiva, sostiene que esa petición del estafador “carecía de toda justificación” y “debió de haber puesto en alerta a la demandante sobre el carácter fraudulento de la operativa”. A la exjefa de Administración de la EMT “le es exigible un mayor celo en la salvaguarda de la documentación de la empresa que el que pueda serle requerido a un trabajador no directivo”. El proceder de Zafra denota una “falta absoluta de criterio y una grave negligencia” en el cumplimiento de sus obligaciones, “con la consiguiente pérdida de confianza de la empresa”, agrega el TSJ-CV. 

La directiva ocasionó un “perjuicio económico sustancial” a la EMT (concretamente cuatro millones de euros que se esfumaron en cuentas de Bank of China en Hong Kong a nombre de testaferros) y, además, comprometió la “reputación” del exgerente de la EMT Josep Enric García Alemany y de la exjefa de Gestión María Rayón. “En ningún momento consta que se pusiera en contacto con ellos para asegurarse del conocimiento que tenían sobre la operación que se estaba llevando a cabo, como lo exigía una elemental prudencia a la que nada obsta el documento de confidencialidad”. 

La sentencia también reprocha a la directiva que, cuando se destapó el fraude y recopiló los correos electrónicos intercambiados con el estafador, ocultó que le sirvió en bandeja las rúbricas de los apoderados de la cuenta de la EMT, “pese a la gran relevancia que dicho envío tiene a efectos de conocer cómo se llevó a cabo la falsificación de las firmas (...) con las que se instrumentalizó la estafa”.

El severo varapalo a la directiva despedida va en la línea de la posición que ha mantenido el Tribunal de Cuentas, cuya sección de enjuiciamiento requirió a Zafra 4,2 millones de euros al considerarla presunta responsable del millonario agujero en el presupuesto de la empresa municipal. La instructora del Tribunal de Cuentas, tras analizar la documentación y las alegaciones de las partes, ha llegado a la conclusión de que Celia Zafra, la directiva despedida y única investigada en la causa penal por la estafa, cometió una “negligencia grave” e incluso “dolosa” que propició el descomunal fraude. 

El organismo que vela por las cuentas públicas alude también al incumplimiento de los protocolos por parte de Caixabank, la entidad bancaria que tramitó los pagos a cuentas de Bank of China pese a que la EMT no estaba autorizada a operar en aquel país. De hecho, el Tribunal de Cuentas considera que la estafa “no hubiera sido posible sin la actuación” de Caixabank.

Tanto la sentencia por el despido como el procedimiento del Tribunal Cuentas, pese a no tener relevancia en el ámbito penal, son importantes de cara a la investigación del caso de la estafa que lleva el Juzgado de Instrucción número 18 de Valencia, una causa en la que Zafra es la única imputada. La EMT solicita a la entidad bancaria que asuma el pago de los cuatro millones de euros robados, abono que Caixabank rechaza efectuar. ¿Tiene responsabilidad penal la directiva despedida aun cuando actuaba engañada por un estafador? He ahí una de las claves que determinará el desenlace del caso.

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