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El TSJ de Valencia tumba la absolución de un presunto abusador sexual por un “error manifiesto” en la valoración de las pruebas

Lucas Marco

2 de febrero de 2022 22:46 h

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“Una sentencia que deja sin valorar parte de la prueba, con una visión parcial e interesada, fruto de un error manifiesto y relevante”. Así describe la sección de apelación de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJ-CV) la absolución de un hombre acusado de un presunto delito contra la libertad sexual.

El fallo declaraba probado que el 4 de octubre del 2019 una mujer conoció al acusado en un pub de Castelló, con el que se dirigió a su habitación en un hostal donde el hombre la penetró vía vaginal, anal y bucal. La presunta víctima “se sintió desbordada” y se marchó cuando el hombre entró en el baño. Tras contactar con un amigo y alertar a la Policía fue llevada al Hospital General de Castelló donde se le practicó un reconocimiento ginecológico por parte del médico forense que no detectó lesiones.

La sección primera de la Audiencia Provincial de Castelló absolvió al acusado y tanto la acusación particular como el Ministerio Fiscal recurrieron el fallo. El recurso consideraba que la sentencia omite declaraciones de los testigos y de la víctima, así como la prueba documental. La mujer declaró que el hombre le ayudó a subir a la habitación debido a los efectos del alcohol. “Era una persona mucho más grande, se puso encima y con una persona tan grande no podía, me puse nerviosa y me quedé inmóvil”, dijo durante el juicio.

El acusado, según la declaración de la presunta víctima, la inmovilizó por detrás como si la estuviera “deteniendo” y le dijo “cállate perra”. La mujer le escribió luego a un amigo pidiendo ayuda y asegurando que el hombre no la dejaba salir. “He intentado llamarte peor me quitaba el móvil”, reza uno de los mensajes. Sin embargo, la sentencia concluye que la víctima aceptó la relación, “no exteriorizó nada” y “no opuso resistencia”.

Pruebas omitidas

La acusación particular reprochaba que el fallo omitía la valoración de otras pruebas indirectas como el comportamiento de la víctima después de los hechos, que relataron los agentes de policía que la atendieron. Y tampoco valoraba la declaración del acusado, que “tuvo hasta cinco versiones diferentes”.

El fiscal también se adhirió al recurso de apelación al considerar que la sentencia absolutoria establecía “sin motivación alguna” que las relaciones sexuales fueron consentidas. Además, remarcaba “corroboraciones periféricas” que daban credibilidad al testimonio de la mujer.

“Nos encontramos ante una sentencia que deja sin valorar parte de la prueba, con una visión parcial e interesada, fruto de un error manifiesto y relevante” que, además, no alude, de manera “injustificada”, al contenido incriminatorio, afirma la resolución de la Sala de lo Penal y Civil del TSJ-CV. En definitiva, se trata de una “valoración ilógica” de la prueba.

El fallo absolutorio “no valora la declaración de la víctima en relación a la negativa del consentimiento” ni las contradicciones del acusado sobre los hechos, con hasta cinco versiones contradictorias. Tampoco valora los mensajes de ayuda enviados por la mujer a su amigo y “nada dice sobre las declaraciones de la perjudicada relativas a su oposición a mantener relaciones sexuales”. 

Así, el TSJ-CV ha anulado tanto la sentencia absolutorio como el juicio oral celebrado ante la sección primera de la Audiencia Provincial de Castelló. También ha ordenado la celebración de un nuevo juicio con una composición de la Sala diferente a la que conformó el tribunal.