“Cualquier empresa contratada por el Ayuntamiento de Valencia ha de ser consciente de que la inversión de hasta el último céntimo de la ciudadanía ha de estar justificada y que el incumplimiento de cualquier aspecto del contrato conllevará una acción del gobierno municipal para requerir la compensación oportuna”.
Así de contundentes se han mostrado fuentes municipales sobre la sanción aprobada en la última Junta de Gobierno Local a la Unión Temporal de Empresas (UTE) Vodafone ONO S.A.U. y Vodafone España S.A.U. que presta los servicios de telefonía fija e Internet en los edificios consistoriales de la plaza del Ayuntamiento y Tabacalera, en la Fundación Deportiva y en la Universidad Popular.
Según el expediente al que ha tenido acceso eldiariocv.es, desde Servicios Centrales Técnicos se ha iniciado expediente de imposición de penalidades “por incumplimiento del contrato para la prestación del servicio de telefonía fija del Ayuntamiento de Valencia por importe de 1.333,15 euros”.
El mencionado documento justifica la sanción en la caída del servicio de Internet el jueves día 2 de noviembre a las 16.00 horas debido a una avería que no quedó reparada hasta el día 4 de noviembre a las 11.00 horas, lo que según la Oficina de Coordinación municipal supondría una falta grave por parte de la contrata.
Durante el periodo de la avería, las dependencias municipales funcionaron con una línea de emergencia, denominada en el expediente “de respaldo”, que sin embargo “es insuficiente para las necesidades del Ayuntamiento de Valencia”, por lo que se priorizó la accesibilidad “a los servicios que se consideraban urgentes: Portafirmas, correo electrónico o acceso desde sedes remotas frente a la navegación por Internet”.
El cálculo de la cuantía de la sanción viene fijado en el pliego de condiciones, que establece una penalización por retraso o demora en el plazo de respuesta de una avería del 5% de la facturación mensual media hasta ese momento.
Además, establece una penalización por cada día adicional sin servicio generalizado del 10% de la facturación mensual media hasta ese momento.
Teniendo en cuenta que la facturación mensual media del servicio interrumpido por dicha avería asciende a la cantidad de 5.332,60 euros (sin IVA), la penalización por retraso o demora en el plazo de respuesta sería de 266,63 euros, mientras que por cada día sin servicio generalizado sería de 1.066,52 euros. Ambos conceptos suman la cuentía total de 1.333,15 euros.
Según la resolución del Ayuntamiento, la UTE tendrá un plazo de audiencia de 10 días desde la recepción de la comunicación de la sanción para presentar las alegaciones que considere.