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Un estudio jurídico sostiene que el informe ambiental de 2007 de la polémica ampliación del Puerto de València caducó en 2019

Un informe jurídico encargado por la Comissió Ciutat-Port, colectivo integrado por Ecologistes en Acció, Per l’Horta, Acció Ecologista Agró, Plataforma Litoral per al Poble, l’Associació de veïns i veïnes de Natzaret i València Saludable, y que cuenta con el apoyo de más de 100 organizaciones, sostiene que la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) del año 2007 para la ampliación norte del Puerto de València perdió su vigencia en diciembre de 2019 y no puede amparar de ninguna manera las nuevas obras que la autoridad portuaria afirma querer ejecutar próximamente.

Según el informe, realizado y presentado por el letrado Antonio Montiel en representación del colectivo, la DIA caducada que el puerto quiere usar para llevar adelante el proyecto ha perdido su vigencia legal al agotarse los plazos máximos de ejecución, de forma que cualquier proyecto que la autoridad portuaria quiera desarrollar exigirá una declaración de impacto completamente nueva.

Tal y como explica Montiel, la primera fase de las obras contempladas en la DIA ya caducada (principalmente los diques de abrigo) se ejecutaron antes de su pérdida de vigencia, entre 2008 y 2012, pero la segunda fase de las obras se tendría que haber acabado en 2018 y el puerto, no solo ha dejado pasar los seis años de plazo legal extraordinario que tenía para ejecutarlas, sino que también dejó pasar el plazo extraordinario para solicitar una prórroga.

Como informó elDiario.es, la Autoridad Portuaria de València (APV) pretende llevar adelante la infraestructura con una DIA del año 2007 basada en un proyecto que ha sufrido importantes modificaciones, como por ejemplo el cambio de ubicación de la terminal de cruceros que se ubicará en los antiguos astilleros de Unión Naval, junto al barrio de Natzaret, o el cambio de disposición de los muelles, que, además de aumentar la superficie, agravarán el impacto paisajístico desde las playas del norte.

Según la normativa que regula las evaluaciones ambientales (ley 21/2013), las declaraciones de impacto ambiental publicadas con anterioridad a la entrada en vigor de esta ley (2013) perderán su vigencia y cesarán en la producción de los efectos que le son propios si no se hubiera comenzado la ejecución de los proyectos o actividades en el plazo máximo de seis años desde la entrada en vigor de esta norma. En tales casos, el promotor deberá iniciar nuevamente el trámite de evaluación de impacto ambiental del proyecto.

En el caso del Puerto de València, es verdad que las obras del dique de abrigo comenzaron en 2008 y finalizaron en 2012, un año antes de la entrada en vigor de la nueva ley. Desde entonces hasta ahora, han pasado ocho años y, no solo no se ha avanzado en el proyecto, sino que se ha modificado sustancialmente.

Por este motivo, el informe jurídico considera que la DIA de 2007 perdió su vigencia en diciembre de 2019, ya que seis años después de que entrara en vigor la nueva normativa, no solo no se han iniciado los trabajos de la segunda fase de la ampliación, sino que además se ha modificado sustancialmente el proyecto inicial amparado por esta evaluación ambiental. La DIA de 2007, además, está basada en una normativa del año 1986 que ya no está en vigor y que era menos restrictiva que la de 2013.

La Comissió Ciutat-Port ha anunciado que llevará las actuaciones hasta sus últimas consecuencias ante los tribunales si el proyecto de ampliación no se paraliza. Y señala que, además, cualquier ejecución realizada con una DIA caducada generará responsabilidades tanto del órgano sustantivo, Puertos del Estado, como de quienes dirigen el Puerto de València, entre ellos el presidente de la autoridad portuaria Aurelio Martínez, así como de cualquier personal funcionario que participe del proceso.