La Justicia avala la caducidad de la licencia del hotel Sidi en El Saler y complica la reapertura en el parque natural

La reapertura del hotel Sidi-Saler, en el parque natural de L'Albufera, se complica al avalar la Justicia la caducidad de la licencia. El Juzgado de lo contencioso administrativo número 5 de València se pronuncia en estos términos en relación con la denegación y caducidad de la licencia de actividades del hotel aprobada por el Ayuntamiento de València en 2022: “Procede desestimar el recurso interpuesto por las mercantiles Divarian Propiedad SA y Coral Homes”. Además, condena a ambas empresas en costas.

El fallo, al que ha tenido acceso elDiario.es, tumba los recursos planteados por los fondos propietarios del inmueble contra las resoluciones municipales que establecieron la caducidad de la mencionada licencia. Contra la sentencia cabe recurso de apelación.

Los demandantes consideraban en su recurso, en primer lugar, que la concejala de Espacio Público carecía de competencias para decretar la caducidad de la licencia puesto que no se la había otorgado la junta de Gobierno local; en segundo lugar, que no se habría acreditado la voluntad incumplidora de la propiedad y que no puso en marcha el hotel en plazo por causas de fuerza mayor; y en tercer lugar que aún cuando pudiera considerarse que el hotel se encuentra en situación de fuera de ordenación sustantivo por el exceso de volumen del edificio y el lugar donde se ubica, tal conclusión debía ser informada por parte de los servicios municipales competentes en materia medioambiental, así como por el organismo autonómico competente en materia de parques naturales y el Consejo Directivo del Parque de la Albufera. También alegaba la actora que existía desviación de poder, al tratarse de una estrategia del equipo de Gobierno dirigida al derribo del hotel y que la pandemia de la Covid habría afectado en la tramitación administrativa. Todas las cuestiones planteadas son rechazadas por el juzgado.

El Ayuntamiento afirmaba entre otras cosas que, resultando incuestionable que la actividad se encontraba inactiva desde el año 2011 y habiendo comunicado en agosto de 2021 las mercantiles el cambio de titularidad a su favor de la citada licencia, lo procedente era iniciar un procedimiento de caducidad de la licencia ambiental concedida, otorgando un trámite de audiencia a aquellos que habían obtenido la titularidad, y una vez comprobado que no existía fuerza mayor alguna que justificara la paralización del ejercicio de la actividad por un plazo superior a dos años, solo cabría declarar la caducidad.

En su resolución, el juzgado entiende que lo que se recurre precisamente es la “declaración expresa de caducidad”, procedimiento que se había iniciado el 7 de enero 2019, momento muy anterior a la solicitud de Divarian de 30 de septiembre de 2019 para obtener licencia ambiental para la actividad y solicitud de licencia de obras. Fue en ese momento cuando las mercantiles pusieron en conocimiento del Ayuntamiento que eran propietarias del hotel que se encontraba en estado de abandono.

Las recurrentes alegan el hecho de que no se habría acreditado la voluntad incumplidora de Divarian y Coral, pero el hecho es que el plazo de caducidad habría transcurrido con anterioridad a la manifestación de las recurrentes de su voluntad de obtener la licencia y que el periodo de caducidad habría transcurrido con anterioridad a esa manifestación y ya se habría producido el inicio del expediente de declaración.

El juzgado descarta la existencia de desviación de poder al afirmar que pese a ser notoria la intención del equipo de Gobierno, en aquel momento presidido por Joan Ribó, de Compromís, de derribar el hotel, está sujeto a un ordenamiento jurídico que no puede saltarse: “La ubicación de un hotel en un parque natural necesariamente supone una controversia de naturaleza política que puede transcurrir en paralelo al ejercicio de la potestad administrativa. En este caso, por el carácter reglado del contenido del acto administrativo no dejaba margen para su libre ejercicio, por lo que no cabe apreciar el empleo de potestades administrativas para atender finalidades distintas de las establecidas por el ordenamiento”, dice el fallo.

Además de esta causa, está pendiente de resolución otro recurso contra la denegación de la licencia de obras, que vista esta sentencia es muy probable que siga el mismo camino de avalar la denegación por parte del Ayuntamiento, lo que complicaría enormemente la idea de la actual alcaldesa, María José Catalá, del PP, de reabrir el edificio hotelero.