Más allá de la necesidad real de la construcción de la nueva terminal norte de contenedores del Puerto de València y de los efectos nocivos para el medio ambiente que puede acarrear, existe una incógnita legal que puede hacer zozobrar el polémico proyecto que aprobarán los ministros del PSOE en la reunión del próximo martes, puesto que los de Sumar se han desmarcado del visto bueno a la infraestructura que anunció el pasado 14 de diciembre el ministro Óscar Puente.
¿Puede dar cobertura la declaración de impacto ambiental (DIA) del año 2007 al nuevo proyecto que se va a aprobar a pesar de los sustanciales cambios que se han implementado? La respuesta definitiva la darán los tribunales puesto que es uno de los aspectos por los que la Comissió Ciutat-Port, plataforma vecinal y ecologista opositora a la faraónica obra, presentó una demanda el pasado el pasado 12 de julio.
Sin embargo, los pronunciamientos de organismos oficiales, más allá de los propios de la Autoridad Portuaria de Valencia (APV) que se han producido hasta ahora, no hacen sino generar dudas. En total son seis los informes o pronunciamientos que se han emitido hasta ahora y ninguna de ellos ha avalado la validez de la DIA, más bien al contrario. A todos ellos se une la resolución del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que suspende cautelarmente la capacidad de la APV para decidir si es necesaria una nueva DIA,
Carta del Ministerio de Transición Ecológica a la APV. El 15 de abril de 2021, el Secretario de Estado de Medio Ambiente, Hugo Morán, remitió una carta al presidente de la Autoridad Portuaria de València en la que le trasladaba que existen “apreciables diferencias entre el proyecto que se pretende llevar adelante mediante la adjudicación de una concesión a la empresa TIL, filial de MSC, con respecto al que obtuvo la DIA favorable en 2007”.
En segundo lugar, le recordaba que la ley 21/2013 de Evaluación Ambiental establece que las modificaciones de proyectos ya autorizados deberán someterse a evaluación ambiental simplificada cuando puedan tener efectos adversos para el medio ambiente. Por este motivo, el Ministerio reclamaba un informe detallado que justifique si finalmente el Puerto de València tramitará o no un nueva declaración de impacto ambiental simplificada.
Informe de la Abogacía del Estado. A finales de 2022, la Autoridad Portuaria de Valencia (APV) solicitó un informe a la Abogacía para tratar de despejar las dudas legales de la polémica ampliación. El documento, que nunca se hizo público pero al que tuvo acceso elDiario.es, advierte de que ningún organismo, ni siquiera Puertos del Estado en su informe de 9 de abril de 2021, ha avalado la validez de la DIA: “lo que ahora se plantea es, distintamente, si las modificaciones introducidas por el Anteproyecto de 2018 y sus Adendas en el Proyecto inicial, que fue objeto de declaración de impacto ambiental en 2007, son de tal entidad que determinan la necesidad de realizar una nueva evaluación de impacto ambiental, cuestión que no se aborda expresamente en el informe jurídico de referencia”.
Informe de compatibilidad con la estrategia marina de la Demarcación de Costas. El informe plantea 21 objeciones y deja en evidencia el incumplimiento de la declaración de impacto ambiental (DIA) de 2007 en materia de regeneración de playas. Además, especifica que las mencionadas objeciones deberán corregirse “para que la actuación sea plenamente compatible con el contenido de la estrategia marina”, algo que no consta que se haya completado. Tal y como recoge el informe, el proyecto necesita 25,7 millones de metros cúbicos de material de relleno para las explanadas de los nuevos muelles, lo que supone 6 millones más de lo contemplado en la DIA de 2007.
Informe 'La Albufera de València. Parque Natural. Situación medioambiental y administrativa' del Consell Valencià de Cultura (CVC). Tal y como informó elDiario.es, el documento se quedó sin aprobar en el pleno del 26 de septiembre de 2022 al oponerse cuatro miembros del CVC al texto ya que no se incluyeron las observaciones de un biólogo sobre los efectos nocivos de la ampliación portuaria en el Parque Natural. Finalmente, se hizo el siguiente apunte en las conclusiones: “Dada la fragilidad de su ecosistema y las múltiples afecciones históricas de la actuación humana sobre el mismo, se recomienda que las infraestructuras que se proyecten en las urbanizaciones existentes en el Parque Natural, las relacionadas con el cultivo del arroz o la pesca, o en su entorno, como es el caso del Puerto de Valencia, tengan la tramitación medioambiental extensa y rigurosa que analice detalladamente las posibles alteraciones que pudieran producirse, y sus consecuencias”.
Dictamen de la comisión científica del Parque Natural de la Albufera de marzo de 2023. Para introducir un criterio técnico y objetivo en el debate, la Junta Rectora del Parque Natural de la Albufera de València solicitó un dictamen a la comisión científica de la entidad integrada por medio centenar de expertos procedentes de la Universitat Politècnica, la Universitat de València, la Universidad Católica, el mundo de la empresa y otros ámbitos de la investigación. El documento contradice de forma rotunda la validez de la DIA de 2007. Además, el dictamen afirma que “el puerto es la principal causa de los problemas de erosión de la restinga” y recomienda “desmantelar infraestructuras sobre la línea de costa que hayan perdido su funcionalidad” y añade: “Los impactos sobre la biodiversidad causados por el aumento del tráfico no han sido considerados por declaraciones de impacto anteriores. Estos impactos, en cumplimiento de la legislación ambiental vigente, requieren de una rigurosa evaluación”.
Informe del Defensor del Pueblo de marzo de 2023. El Defensor del Pueblo, en contestación a una queja iniciada por la Associació de Veïns i Veïnes de Natzaret el pasado año 2022, emitió un informe en el que reprocha al Ministerio de Transición Ecológica (Miteco) su pasividad y le insta a ejercer sus responsabilidades ambientales e intervenir de oficio porque la declaración de impacto ambiental (DIA) realizada en 2007 habría quedado obsoleta a causa de la modificación del proyecto de ampliación planteada por la Autoridad Portuaria y por el mismo paso del tiempo, al no haberse proyectado y ejecutado la obra conforme a aquella evaluación.