Son varias las razones por las que alguien puede desear que sus ahorros no estén guardados en un banco sino en su propia casa. La más actual de esas razones es que algunos bancos que hasta hace poco no cobraban comisiones por tener depósitos hace pocos meses han comenzado a hacerlo.
Las comisiones, además, pueden ser realmente onerosas: en algunos tipos de cuentas ofrecidas por las principales entidades financieras del país, se aproximan a los 300 euros anuales, si se suman los cargos por mantenimiento y tenencia de tarjetas.
Otro motivo que puede impulsar a no dejar el dinero en el banco es el masivo cierre de sucursales que se ha producido en los últimos tiempos. En la última década, han desaparecido más de la mitad de las sucursales bancarias.
Tal proceso ha ocasionado que más de la mitad de los pueblos españoles carezcan de oficinas bancarias. La tendencia, está claro, se dirige hacia la banca digital, pero la obligación de tener que viajar hasta otra localidad para ir al banco puede ser causa de que al menos se plantee guardar los ahorros en casa.
El temor de posibles quiebras, “corralitos” y otros obstáculos para recuperar el dinero en eventuales situaciones de crisis es otro factor de desconfianza que puede llevar a la decisión de no confiar los ahorros al banco. Y también, en ciertos casos, el deseo de tener el dinero siempre al alcance de la mano, para evitar imprevistos o dificultades.
Riesgos de guardar el dinero en casa
Ahora bien, ¿es legal guardar el dinero en casa? La respuesta es sí. La ley no prohíbe atesorar dinero en metálico en el hogar, y no existe una cantidad máxima (por supuesto, siempre que esté declarado y su procedencia sea legítima).
No obstante, quienes evalúen dejar el dinero “debajo del colchón” deben tener en cuenta que también se exponen a una serie de riesgos y posibles complicaciones. En primer lugar, aunque España no sea un país con índices muy altos de criminalidad, la posibilidad de robos.
El año pasado, pese al confinamiento por la pandemia de COVID–19, se produjeron en España 70.481 robos con fuerza en domicilios (unos 193 atracos diarios), según estadísticas del Ministerio del Interior. En 2019 esa cifra había ascendido a 98.520 robos (270 cada día).
Es cierto que se pueden hallar lugares bastante seguros en el interior del hogar para guardar el dinero, desde una caja fuerte hasta resquicios como el doble fondo de un cajón, el interior de una calcetín o un libro hueco en una biblioteca. Pero la posibilidad de un robo siempre estará vigente.
Los expertos del comparador de cuentas HelpMyCash enfatizan, además, que se debe revisar el seguro de hogar –en caso de contar con uno– para tener claro si, en estos casos, cubre solo el continente (una caja fuerte, por ejemplo) o también su contenido, y en concreto el dinero en metálico que se pudiera tener guardado allí.
Incendios, inflación y otras complicaciones
Otro riesgo es el de incidentes o catástrofes naturales. En España se produce un incendio cada 5 minutos y 37 segundos; solo en la ciudad de Madrid hay uno cada 49 minutos. También una inundación o un derrumbe, aunque más improbables, podrían a la pérdida del dinero.
La inflación, por su parte, es otro elemento que juega en contra de guardar el dinero en casa, pues este invariablemente se ha de devaluar. Por ejemplo: una persona que guardase 300 euros por mes ahorraría, al cabo de diez años, 36.000 euros.
Sin embargo, según algunas calculadoras en línea que estiman un 2% de inflación anual, el valor real de esos ahorros –que el paso del tiempo habrá devaluado– sería en 2031 de algo menos de 30.000 euros. Es decir, el poder adquisitivo de ese monto se reduciría en alrededor de un 18%.
Y tampoco hay que descartar el riesgo de que el dinero se oculte en el hogar de forma tan escrupulosa que luego se torne difícil o imposible volver a encontrarlo. Algo que puede suceder debido al olvido por el mero paso del tiempo o por algún problema de salud o incluso por la muerte de la o las personas que conocieran el escondite.
Problemas con Hacienda, el mayor riesgo
Sin embargo, las mayores probabilidades de sufrir contratiempos están relacionadas con Hacienda. Tener el dinero en casa no es ilegal, pero si luego se ingresa en el banco una suma elevada la Agencia Tributaria podría exigir que se demuestre el origen de esos fondos.
Hay que tener en cuenta que no se pueden pagar en efectivo transacciones cuyo importe sea igual o superior a 2.500 euros cuando al menos una de las partes es una persona física. “Un límite que próximamente podría reducirse a mil euros”, informan desde HelpMyCash. En ese caso, no quedaría otra opción que ingresar el dinero en el banco.
Si ese ingreso se efectúa poco después de haberlo retirado de la cuenta, probablemente no haya ningún problema. Pero si ha pasado más tiempo, es posible que la explicación más simple (“es el mismo dinero, solo que lo he tenido en casa”) no resulte suficiente. Desde luego, el dinero podría no ser el mismo, sino corresponder a un premio, una herencia, etc.
En estos asuntos, la carga de la prueba recae sobre el contribuyente. Es decir, es el cliente del banco quien debe poder acreditar la procedencia del dinero que ha depositado. Debido a esto, conviene guardar toda la documentación oportuna: justificantes de los reintegros, nóminas, facturas, etc.
Aun así, si no se logra demostrar la procedencia del dinero, Hacienda podría considerarlo como una ganancia no justificada y obligar a tributar por ella –en concepto de impuesto a la renta de las personas físicas (IRPF)– incluso más del 50% del monto ingresado.
¿Cómo evitar estos problemas? La mejor forma de evitar sospechas y posibles conflictos con Hacienda es sencilla: informar –en la declaración de la renta– de la cantidad de dinero en metálico que se guarda en casa.
En ese caso, se debe aclarar si el dinero proviene de rendimientos del trabajo, de capital mobiliario o inmobiliario o de actividades económicas. De esta manera, será sencillo seguir las fluctuaciones y movimientos de dinero y, en consecuencia, resultará mucho más difícil que en algún momento aparezca un monto sospechoso o imposible de justificar.
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