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Amnistía frente al 155

Ninguna de las amnistías que se han aprobado tras la entrada en vigor de la Constitución ha figurado en el programa electoral del partido que ocupaba el Gobierno de la Nación por tener detrás una mayoría parlamentaria que así lo había decidido. No recuerdo que nunca se objetara que el Gobierno y las Cortes Generales carecían de legitimidad para aprobar tales medidas de gracia por este motivo. A ninguna de tales amnistías se le ha reprochado haber sido aprobadas a espaldas del pueblo. Todas han sido democráticamente irreprochables.

Ahora ocurre todo lo contrario. En cuanto se ha empezado a tomar en consideración la posible aprobación de una ley de amnistía para los condenados o procesados por su actuación en el denominado procés, se ha puesto en circulación la tesis, constitucionalmente delirante, de que la amnistía no cabe en la Constitución y no puede ser, en consecuencia, aprobada. O sin llegar tan lejos, no se ha puesto en cuestión la constitucionalidad de la amnistía en términos generales, pero sí la de esta concreta posible amnistía por no haber figurado en el programa electoral del PSOE para las elecciones generales del 23J. 

Dicha tesis ha sido oficializada solemnemente en la fraudulenta sesión de investidura del martes y miércoles de esta semana por los propios protagonistas del fraude: el candidato imprudentemente propuesto por el rey, Alberto Núñez Feijóo, y la portavoz del grupo parlamentario del PP, Cuca Gamarra, que había presionado al rey antes de la constitución de las Cortes Generales con base en los resultados del 23J para que formulara ya la propuesta de Alberto Núñez Feijóo. Presión a todas luces anticonstitucional, ya que el rey tiene que hacer la propuesta a través del Presidente o Presidenta del Congreso de los Diputados y difícilmente podría hacerla antes de la constitución de las Cortes. Pero eso son minucias sin importancia para un partido que presume de “constitucionalista”.

La investidura del candidato del PP, convertida en una moción de censura ininterrumpida contra el presidente del Gobierno en funciones, desde el día en que el rey lo propuso hasta la sesión de investidura de estos días 26 y 27, precedida por una concentración, manifestación, o lo que fuera el domingo 24, ha tenido como eje central la posible amnistía de los condenados y procesados por su relación con el procés por el Gobierno presidido por Pedro Sánchez. En el momento final de sus últimas intervenciones, tanto Cuca Gamarra como Núñez Feijóo reiteraron la falta de legitimidad de la mayoría parlamentaria por no haber llevado la ley de amnistía en el programa electoral.

No puede dejar de resultar sorprendente que se ponga en cuestión la legitimidad de una eventual ley de amnistía respecto de decisiones judiciales que están ya en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), que ha admitido a trámite los recursos interpuestos contra ellas por varios de los condenados por el Tribunal Supremo y por el Tribunal Constitucional, aunque con dos votos particulares. 

La eventual amnistía, de la que todavía no se sabe nada, no sería, en ningún caso, una amnistía respecto de conductas que han sido condenadas sin ningún tipo de dudas desde el punto de vista del respeto de los derechos fundamentales de los condenados por el tribunal sentenciador, sino todo lo contrario. Las dudas acerca del proceder de la Sala Segunda del Tribunal Supremo han sido constantes y han sido formuladas por Amnistía Internacional y por el Grupo de Trabajo de Naciones Unidas contra detenciones arbitrarias desde hace tiempo, de la misma manera que también las expresó el Tribunal Supremo de Schleswig-Holstein al dar respuesta a la solicitud de extradición incluida en la orden de detención y entrega contra Carles Puigdemont dictada por el juez Pablo Llarena. 

Pues, aunque se pueda estar de acuerdo en que el procés fue un disparate tanto desde un punto de vista político como jurídico, se puede estar también de acuerdo en que la reacción del Gobierno de Mariano Rajoy, de la Fiscalía General del Estado y del Tribunal Supremo ha sido no menos disparatada. Por eso el tema en los Tribunales está todavía abierto.

La ley de amnistía es la única forma de corregir dichos disparates y volver a situar la integración de Catalunya dentro del Estado en el ámbito del que nunca debió de salir. Esto es lo que implícitamente vienen diciendo todos los resultados electorales posteriores a la aplicación del artículo 155 de la Constitución. Pues el 155 ha sido la línea divisoria en las dos elecciones generales de 2019 y en la de 2023. La mayoría no quiere que el 155 sea la Constitución Territorial de Catalunya. Para eso, es necesario la ley de amnistía.   

Ya ha llegado el momento de coger el toro por los cuernos y darle una respuesta. Frente al 155, que es la respuesta de las derechas españolas, la amnistía debe ser la respuesta progresista. 

Ninguna de las amnistías que se han aprobado tras la entrada en vigor de la Constitución ha figurado en el programa electoral del partido que ocupaba el Gobierno de la Nación por tener detrás una mayoría parlamentaria que así lo había decidido. No recuerdo que nunca se objetara que el Gobierno y las Cortes Generales carecían de legitimidad para aprobar tales medidas de gracia por este motivo. A ninguna de tales amnistías se le ha reprochado haber sido aprobadas a espaldas del pueblo. Todas han sido democráticamente irreprochables.

Ahora ocurre todo lo contrario. En cuanto se ha empezado a tomar en consideración la posible aprobación de una ley de amnistía para los condenados o procesados por su actuación en el denominado procés, se ha puesto en circulación la tesis, constitucionalmente delirante, de que la amnistía no cabe en la Constitución y no puede ser, en consecuencia, aprobada. O sin llegar tan lejos, no se ha puesto en cuestión la constitucionalidad de la amnistía en términos generales, pero sí la de esta concreta posible amnistía por no haber figurado en el programa electoral del PSOE para las elecciones generales del 23J.