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La importancia del caso de Isa Balado

El azar ha querido que en esta pasada semana haya coincidido la revisión de la sentencia de uno de los miembros de 'La Manada' por el Tribunal Superior de Justicia de Navarra, que ha rebajado de 15 a 14 años la condena impuesta por el Tribunal Supremo (TS), con una agresión presuntamente constitutiva de delito por parte de un ciudadano a la reportera de Cuatro TV, Isa Balado, a la que tocó el culo en plena calle mientras estaba realizando su trabajo.

Sobre la revisión de la sentencia del miembro de La Manada se han producido innumerables comentarios, en los que se ha reiterado hasta la saciedad todo lo que se dijo desde las primeras revisiones de penas tras la entrada en vigor de la ley. Un caso más que vendría a demostrar que la ley, a pesar de que su título la define como una ley de protección de la libertad sexual de las mujeres, es más bien una ley de protección de los violadores y de desprotección de la mujer. 

A pesar de que la revisión de la sentencia ha venido de Navarra, donde se condenó inicialmente a los miembros de La Manada por abuso a seis años de cárcel, y aunque lleva un voto particular de la única magistrada que componía el tribunal y ha sido recurrida al TS, el mensaje contra la ley se ha reproducido como si estuviéramos ante algo nunca visto.

Entiendo perfectamente que, para la mujer que fue agredida por La Manada, la noticia de la revisión le tiene que haber producido un gran dolor, en la medida en que vuelve a recordarle lo último que desea que se le recuerde. Cabe esperar que el TS resuelva en distinto sentido a lo que lo ha hecho el Tribunal Superior de Justicia de Navarra. 

Pero la revisión de la sentencia ha rebajado en un año una condena de quince. El agresor sexual de la víctima, en lugar de 15 años va a estar en prisión 14. Es una condena que está por encima de la media en los países de nuestro entorno para este tipo de delitos. Nada se deduce de esa sentencia que pueda llevar a la interpretación de que las mujeres están desprotegidas. Ya está bien de manipulación.

El presunto delito por parte del ciudadano que tocó el culo sin su consentimiento a una reportera que estaba trabajando en plena calle ha sido recogido por los diferentes medios de comunicación de manera reprobadora. Pero, en mi opinión, no se la ha prestado la atención que merece ni se ha encuadrado de la manera que debe serlo.

No cabe duda que no es lo mismo el delito cometido por los miembros de La Manada que el presuntamente cometido por el ciudadano que tocó el culo, sin su consentimiento, a Isa Balado. Pero, desde una perspectiva sociológica, la agresión a esta última tiene una dimensión que va, en mi opinión, más allá del caso de La Manada.

¿A cuántas mujeres no les habrán tocado y les siguen tocando el culo o las tetas o les dicen cosas que no tienen por qué escuchar o se les hacen insinuaciones que, en ningún caso, deberían producirse? Estamos hablando, posiblemente, de miles diariamente y de millones a lo largo de un año. ¿Cuántas mujeres sienten temor a la hora de subirse a un transporte público, o a la hora de ir al trabajo o de volver a su casa por la noche? Después de haber visto las imágenes de la presunta agresión a Isa Balado, cuántas mujeres no se habrán preguntado que, si eso le ocurre en plena calle a una periodista con una cámara de televisión en sus manos, qué no le puede ocurrir a ellas.

El acto contra Isa Balado, la multiplicación del mismo a lo largo y ancho de la geografía española, es la premisa fáctica de las agresiones contra la integridad física y moral que acaban con resultado de lesiones, leves en la mayor parte de los casos, graves o muy graves en un buen número de ellos y con la muerte en un número mucho menor, pero intolerable. Reducir las agresiones como la que ha sufrido, presuntamente, Isa Balado es el primer, y posiblemente el más importante paso, para reducir y avanzar en el camino de la erradicación de la violencia de género.   

Para esto es para lo que se aprobó la ley del solo el sí es sí. Para situar el consentimiento en el eje del problema. Para acabar con el “no es para tanto” cuando una mujer se atrevía a denunciar una agresión sexual. El acto contra Isa Balado puede y debe convertirse en un test de lo que supone la ley para la protección de la libertad sexual de las mujeres. Con esta ley en vigor, José María Aznar no hubiera podido hacer lo que le hizo a Marta Nebot. Sin esta ley no estaría la conducta del presidente de la Real Federación Española de Fútbol residenciada ante la Audiencia Nacional. 

La sentencia que se dicte, en su momento, en el caso de Isa Balado puede tener una proyección en la protección de la libertad de las mujeres de dimensiones extraordinarias. Tocar el culo o las tetas a una mujer sin su consentimiento es un delito. Y como tal debe ser reprimido. Es el primer paso para que las mujeres puedan hacer su vida en seguridad y para que, como consecuencia, de ello se avance en general en la lucha contra la violencia de género.  

Hay que reducir drásticamente lo pequeño para poder acabar con lo grande. De la misma manera que la limpieza invita a los ciudadanos a mantener la ciudad limpia y la suciedad, lo contrario, así también la tolerancia cero ante las agresiones menores contribuye a evitar que se produzcan las agresiones mayores, incluidas las que acaban con la muerte.

Para esto es para lo que está pensada la ley de protección de la libertad sexual de las mujeres. 

El azar ha querido que en esta pasada semana haya coincidido la revisión de la sentencia de uno de los miembros de 'La Manada' por el Tribunal Superior de Justicia de Navarra, que ha rebajado de 15 a 14 años la condena impuesta por el Tribunal Supremo (TS), con una agresión presuntamente constitutiva de delito por parte de un ciudadano a la reportera de Cuatro TV, Isa Balado, a la que tocó el culo en plena calle mientras estaba realizando su trabajo.

Sobre la revisión de la sentencia del miembro de La Manada se han producido innumerables comentarios, en los que se ha reiterado hasta la saciedad todo lo que se dijo desde las primeras revisiones de penas tras la entrada en vigor de la ley. Un caso más que vendría a demostrar que la ley, a pesar de que su título la define como una ley de protección de la libertad sexual de las mujeres, es más bien una ley de protección de los violadores y de desprotección de la mujer.