Los seres humanos hacemos la historia en condiciones independientes de nuestra voluntad.
Cuando el orden de los factores sí altera el producto
En política no siempre el orden de los factores altera el producto, pero no es infrecuente que así sea. Y en algunos casos es casi inevitable que así sea. Lo estamos pudiendo comprobar en la renovación de los órganos constitucionales para la que se exige la misma mayoría cualificada que para la reforma de la Constitución: tres quintos en el Congreso de los Diputados y el Senado.
El orden de la renovación de los órganos era y es claro: primero, el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ); después, los magistrados del Tribunal Constitucional (TC) y a continuación, los miembros del Tribunal de Cuentas. El calendario es el calendario y de acuerdo con él, este era el orden que se tenía, que se tiene, que seguir. Así resulta de la aplicación directa de la Constitución y de las Leyes Orgánicas que regulan dichos órganos. Que mil días son más que trescientos cincuenta no es algo sobre lo que quepa discutir. Como hubiera dicho el constituyente de la Restauración de 1876, se trata de una verdad palmaria que no admite racional contradicción.
La propuesta de Pablo Casado de posponer la renovación del CGPJ a la de los demás órganos constitucionales es, por tanto, manifiestamente anticonstitucional. El orden de la renovación de los órganos está fijada en la Constitución por la duración del mandato de cada uno de ellos. Ese orden no puede ser alterado caprichosamente. La interdicción de arbitrariedad es un mandato para todos los poderes públicos sin excepción. Justamente por eso, la propuesta no debió ser aceptada por los demás partidos políticos en general y por el partido al que pertenece el presidente del Gobierno en particular.
Pero es que, además de anticonstitucional, la propuesta es políticamente una propuesta “trampa”. Lo que pretendía el PP es aprovechar la renovación de los magistrados del TC para generar un clima político que haga imposible la renovación a continuación del CGPJ.
No de otra manera se puede interpretar la propuesta de Concha Espejel y Enrique Arnaldo como candidatos a dos de las vacantes del TC. La primera ha sido reiteradamente recusada por su más que intensa vinculación con el PP, recusación que ha sido acordada por la Sala competente de la Audiencia Nacional. El segundo, además de una conversación de tinte mafioso con el que fuera presidente de la Comunidad de Madrid, Ignacio González, con la finalidad de manipular la designación tanto del Fiscal General del Estado y del Fiscal Jefe de Madrid, ha incurrido en conductas que si no son constitutivas de delito, sí lo son de graves infracciones administrativas. Sin olvidar la continuada relación con las administraciones gobernadas por el PP en su bufete profesional. Y de haber ocultado esta información al Congreso de los Diputados.
Se trata de dos propuestas repulsivas, imposibles de justificar de una manera objetiva y razonable. Nadie con un mínimo de decencia puede aceptar que dichas personas se conviertan en magistrados del TC. El “trágala” dirigido a los Diputados envilece al Congreso como órgano constitucional a través del cual se expresa la soberanía popular.
Si se aceptan los candidatos propuestos por el PP, la resaca posterior a su nombramiento hará imposible llegar a ningún tipo de acuerdo sobre los candidatos para la renovación del CGPJ, que es lo que realmente el PP pretende. ¿Se puede caer más bajo que aceptando a Enrique Arnaldo como magistrado del TC? ¿Qué credibilidad se puede tener, después de haber caído tan bajo, en la negociación de los futuros miembros del CGPJ?¿Cómo pueden justificar ante sus militantes y votantes el PSOE y Unidas Podemos el comportamiento de sus diputados?
Con la alteración del orden de renovación el PP ha conseguido matar varios pájaros de un tiro. Ha envilecido todavía más de lo que lo ha hecho en el pasado el proceso de renovación de los órganos constitucionales y va a hacer imposible la renovación del CGPJ. Y va a cargar el coste de la operación a los dos partidos que han formado el primer Gobierno de coalición de la democracia española.
En política no siempre el orden de los factores altera el producto, pero no es infrecuente que así sea. Y en algunos casos es casi inevitable que así sea. Lo estamos pudiendo comprobar en la renovación de los órganos constitucionales para la que se exige la misma mayoría cualificada que para la reforma de la Constitución: tres quintos en el Congreso de los Diputados y el Senado.
El orden de la renovación de los órganos era y es claro: primero, el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ); después, los magistrados del Tribunal Constitucional (TC) y a continuación, los miembros del Tribunal de Cuentas. El calendario es el calendario y de acuerdo con él, este era el orden que se tenía, que se tiene, que seguir. Así resulta de la aplicación directa de la Constitución y de las Leyes Orgánicas que regulan dichos órganos. Que mil días son más que trescientos cincuenta no es algo sobre lo que quepa discutir. Como hubiera dicho el constituyente de la Restauración de 1876, se trata de una verdad palmaria que no admite racional contradicción.