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Opinión - Cada día un Vietnam. Por Esther Palomera

Que Fujimori no sea la excepción

La reciente excarcelación de Fujimori no ha dejado a nadie indiferente y, por sorprendente que parezca, las críticas han surgido tanto de la izquierda como de la derecha; las causas argumentadas para indultarle han sido de carácter “humanitario” debido a su avanzada edad, a su estado de salud y a los 10 años de prisión efectiva que ya ha cumplido por una serie de delitos muy graves, incluidos hechos que bien pueden ser calificados como crímenes de lesa humanidad tal cual recuerda el texto de la Sentencia dictada por la Sala Penal Especial de la Corte Suprema de Perú:“los actos de asesinato y lesiones graves, objeto de juzgamiento, trascienden su ámbito estrictamente individual o común al adecuarse, plenamente, a los presupuestos que identifican a los delitos contra la humanidad”“los actos de asesinato y lesiones graves, objeto de juzgamiento, trascienden su ámbito estrictamente individual o común al adecuarse, plenamente, a los presupuestos que identifican a los delitos contra la humanidad

Los crímenes de Fujimori no sólo son aquellos por los que fue Juzgado y condenado sino otros muchos que se solaparon o encubrieron en una supuesta lucha contra el terrorismo, guerra en la cual las primeras víctimas fueron tanto el propio estado democrático y de derecho como los derechos humanos de sus enemigos. Los muertos, torturados y detenidos fueron muchos...entre ellos algunos buenos y recordados amigos.

Las condiciones en las que cumplió prisión Fujimori distan mucho de ser aquellas que han padecido y padecen sus opositores. Es inaceptable comparar las condiciones de cautiverio sufridas por Fujimori a las que sigue padeciendo, por ejemplo, Víctor Polay desde 1992 así como tantos otros que llevan décadas encarcelados en condiciones que repugnan a un entendimiento democrático de lo que ha de ser el cumplimiento penal.

Polay, al igual que otros muchos opositores a Fujimori, continúa cumpliendo condena en condiciones inhumanas dentro de celdas de 1,80 metros de ancho por 2 de largo y 3 de alto a las que sus propios guardianes denominan “Némesis” (la diosa griega de la venganza) y con un régimen penitenciario impropio de cualquier democracia. Nada de eso lo ha sufrido el expresidente ahora excarcelado.

En cuanto a las garantías procesales con las que fue enjuiciado Fujimori, obviamente, nada tienen que ver con las sufridas por sus opositores que fueron, incluso, enjuiciados por los denominados "jueces sin rostro"; que fue una figura creada por el propio expresidente, en 1992, para perseguir a todos aquellos a los que su siniestro régimen denominó terroristas, traidores a la patria, etc. Las principales características de esos tribunales eran dos: los jueces cubrían sus rostros para enjuiciar desde el más absoluto anonimato y las garantías procesales (entre ellas la presunción de inocencia) brillaban por su ausencia. Recuperada la senda democrática esas sentencias han sido anuladas si bien no así sus consecuencias encontrándose muchas de esas personas aún en prisión.

Fujimori fue todo menos un demócrata, usó y abusó del poder que le entregó, en su día, la ciudadanía peruana transformando dicho país en un sistema macabro en el cual todo pasaba por sus manos y por las de otro siniestro personaje que hoy también cumple condena: Vladimiro Montesinos... tan ladrón y criminal como Fujimori.

Mientras Fujimori hacía todo esto, la Audiencia Nacional, de forma acrítica, colaboraba con ese sistema tanto a nivel de investigaciones y obtención de pruebas como con la entrega de reclamados en extradición negando, incluso, la existencia de Tribunales especiales y de una sistemática de vulneración de derechos fundamentales.

La propia concesión del indulto no puede dejarnos indiferentes, especialmente si tenemos en consideración que existen serias dudas sobre las auténticas motivaciones que ha tenido el presidente Pedro Pablo Kuczynski para acordar tal medida apuntándose, claramente, a un interés personalísimo por esquivar una acusación constitucional que le impediría seguir en el poder.

Tampoco puede obviarse que Fujimori, una vez excarcelado, sufra una repentina mejoría como la vivida por Pinochet después de ser denegada su extradición a España por parte del Reino Unido; no es nuevo el uso de las denominadas “razones humanitarias” para librar de la cárcel a destacados tiranos y criminales.

Peor aún, no puede descartarse que “el Chino”, que es como se le denominaba a pesar de ser de origen japonés, vuelva a jugar algún tipo de papel político bien directamente o a través de sus hijos; este riesgo existe y va directamente ligado a la veracidad o no de esas “razones humanitarias” en que se ha sustentado su indulto.

Dicho todo lo anterior, creo que el auténtico tema a discutir no es el indulto a Fujimori sino un tema mucho más profundo que afecta a derechos fundamentales, a la comprensión que tenemos del Derecho Penal y, sobre todo, del sentido de las penas y la forma en que las mismas se han de cumplir.

No estoy de acuerdo con que se haya tenido que indultar a Fujimori, el camino no era ese sino el de contar con un sistema penal y penitenciario que impida que personas de esa edad (79 años) sigan en prisión porque las penas han de tener un sentido mucho más allá del meramente retributivo. La humanización del cumplimiento penal tiene un costo, pero también muchos beneficios, tanto tangibles como intangibles, y muchas veces se nos olvida una gran reflexión de Dostoievski: “El grado de civilización de una sociedad se mide por el trato a sus presos”.

No podemos confundir la condena, la imposición de una pena y la forma en que la misma ha de cumplirse. Un sistema penitenciario inadecuado, injusto e inhumano genera situaciones indeseadas como la que ahora se está viviendo con el caso de Fujimori. Indultarle fue una salida política para solucionar un problema individual, la auténtica solución era otra: humanizar el cumplimiento penal y que, a partir de determinada edad, o circunstancias personales (salud, etc.) nadie pueda estar en prisión, ni él ni sus enemigos ni ningún ser humano.

Fujimori, a diferencia de muchos de sus enemigos y de la mayoría de los presos peruanos, se ha beneficiado de una inexplicable “individualización del cumplimiento penal”; sin embargo, no creo que él, ni nadie de su edad, deba estar en una prisión porque a partir de un determinado momento el cumplimiento de la pena pierde todo su sentido arrastrándonos, como sociedad, a un lugar del que difícilmente se regresa.

Tampoco creo que se deban aplicar criterios penales y/o penitenciarios diferenciados en función del cargo que se haya ocupado. A los dictadores, a los genocidas y a esos grandes criminales que han delinquido a partir de la posición de poder que han ocupado, hay que aplicarles la legislación vigente, respetarles sus derechos fundamentales y garantizar que sus sentencias resistan el paso del tiempo y el peso de los recursos porque contra ellos tampoco existen atajos.

El desafío que tiene Perú no es el cómo afronta las consecuencias de la excarcelación de Fujimori sino el cómo se avanza para crear un sistema penal y penitenciario en que la excarcelación de septuagenarios y enfermos no sea la excepción sino la regla. En definitiva, el reto consiste en cómo se humanizan las penas y se construye un sistema penal y penitenciario moderno y justo para que los derechos humanos no sean patrimonio de unos pocos sino de todos, sin olvidar que al enemigo también hay que respetarle sus derechos para no incurrir, justamente, en aquello que estamos combatiendo... y que en el castigo no perdamos la legitimidad.

La reciente excarcelación de Fujimori no ha dejado a nadie indiferente y, por sorprendente que parezca, las críticas han surgido tanto de la izquierda como de la derecha; las causas argumentadas para indultarle han sido de carácter “humanitario” debido a su avanzada edad, a su estado de salud y a los 10 años de prisión efectiva que ya ha cumplido por una serie de delitos muy graves, incluidos hechos que bien pueden ser calificados como crímenes de lesa humanidad tal cual recuerda el texto de la Sentencia dictada por la Sala Penal Especial de la Corte Suprema de Perú:“los actos de asesinato y lesiones graves, objeto de juzgamiento, trascienden su ámbito estrictamente individual o común al adecuarse, plenamente, a los presupuestos que identifican a los delitos contra la humanidad”“los actos de asesinato y lesiones graves, objeto de juzgamiento, trascienden su ámbito estrictamente individual o común al adecuarse, plenamente, a los presupuestos que identifican a los delitos contra la humanidad

Los crímenes de Fujimori no sólo son aquellos por los que fue Juzgado y condenado sino otros muchos que se solaparon o encubrieron en una supuesta lucha contra el terrorismo, guerra en la cual las primeras víctimas fueron tanto el propio estado democrático y de derecho como los derechos humanos de sus enemigos. Los muertos, torturados y detenidos fueron muchos...entre ellos algunos buenos y recordados amigos.