Contrapoder es una iniciativa que agrupa activistas, juristas críticos y especialistas de varias disciplinas comprometidos con los derechos humanos y la democracia radical. Escriben Gonzalo Boye (editor), Isabel Elbal y Sebastián Martín entre otros.
El PSOE en el gobierno ¿de qué cambio estamos hablando?
La salida del PP y la entrada del PSOE en el Gobierno ha generado, en ciertos sectores sociales, la esperanza de que se ponga fin al autoritarismo de los últimos años y se encuentren soluciones democráticas a los dos grandes problemas que vive España. En lo nacional, la cuestión catalana y en lo social, la precariedad vital de muchos derivada el modelo neoliberal salvaje inspirado en las orientaciones que vienen de la UE. Sin embargo, ninguno de estos dos problemas va a encontrar una salida democrática con el PSOE, puesto que ambas cuestiones forman parte de lo que llamaremos el campo de acción política cerrado.
España es un sistema político mixto con espacios de autoritarismo y de democracia liberal solapados, o dicho de otra manera, un sistema donde hay dos campos de acción política superpuestos. Un campo de acción cerrado donde el Estado opera como estructura autoritaria sin división de poderes y uno abierto donde opera como democracia liberal con división de poderes. Veamos primero que entendemos por división de poderes para detenernos, luego, en cada uno de estos dos campos.
La división de poderes. A diferencia de lo que suele decirse, la división de poderes no hace referencia a la simple “separación” o existencia de tres poderes, sino a la “desconcentración” de poder, que son cosas totalmente distintas. Lo que más preocupaba a Montesquieu cuando sentó las bases de esta teoría no era la simple división del poder en tres esferas, él era consciente que la mera existencia de tres poderes no paliaba, necesariamente, que uno de esos poderes terminara por ocupar una posición dominante frente al resto y anular la posición de los demás. A modo de ejemplo, durante el siglo XIX en Europa, existían tres poderes, sin embargo se daba una dura lucha entre absolutismo (Ejecutivo) y Parlamentarismo (Legislativo) por la soberanía, preeminencia o concentración de un poder sobre el otro, para convertirse en poder absoluto. A la vez que el sistema judicial se configuraba como un poder subsidiario o instrumental sin capacidad de control. Así pues, la existencia de tres poderes no evitó muchos momentos de concentración del poder en una rama del Estado, el Ejecutivo o el Legislativo, que actuaba como poder autoritario sin límites imponiéndose sobre el resto y vulnerando derechos a los ciudadanos.
En consecuencia, la división de poderes no hace referencia a la “separación” sino a la “desconcentración” de poder, a la existencia de frenos o pesos y contrapesos entre ramas del Estado como medio de limitar las decisiones públicas de cada una de ellas en defensa de los derechos de los ciudadanos. División de poderes significa poderes limitados. Para que este juego de desconcentración horizontal de poder entre ramas del Estado se dé, es necesario que las distintas ramas estén ocupadas por grupos con intereses y proyectos políticos en conflicto, dispuestos a vigilarse y denunciarse respectivamente en caso de irregularidad por parte de la otra. Sin oposición o conflicto entre las ramas del Estado no hay desconcentración ni limitación de poder y, por tanto, no hay división de poderes. En el caso español, esta desconcentración y en consecuencia, la división de poderes, se da sólo en el campo de acción política abierto, pero no en el cerrado. Ambos campos se diferencian por su objeto, sus sujetos y la práctica política en su interior.
En cuanto al campo de acción política cerrado, su objeto son aquellos temas que conectan la Constitución actual con el franquismo y que conforman las bases sobre el que, durante la transición, se construye el régimen del 78, principalmente, la defensa de la monarquía, la unidad de España y la economía de mercado. Su sujeto principal y mayoritario es un bloque unificado con objetivos y fines comunes (la defensa de estas bases) por encima de los intereses de los tres principales grupos que lo integran: el PP, el PSOE y ahora también Ciudadanos. Y la práctica política en su interior es autoritaria sin división de poderes. El bloque mayoritario controla, por el sistema de elección y nombramientos existentes, la mayoría en las tres ramas del Estado (Ejecutivo, Legislativo y Judicial), con lo que no hay enfrentamiento ni disenso entre ellas en los temas ubicados dentro de este espacio. Ahora bien, ¿a través de que rama el bloque concentra y ejerce de manera autoritaria la defensa de las bases del régimen? y ¿cuáles otras dos ramas relega a una posición subsidiaria sin voluntad de ejercer control sobre la primera?
Pues no lo concentra en una sola rama sino que, de manera más eficaz, se da una distribución parcial del autoritarismo entre las tres ramas del Estado. Se lleva a cabo una asignación de temas entre las ramas del Estado para la defensa de los cuales cada una de ellas opera como centro de concentración de poder autoritario no sometido a límites ni control de las otras. Las tres ramas actúan, de manera coordinada, como centros paralelos de ejercicio de autoritarismo en su tema, a la vez que evitan controlar y hacen la vista gorda sobre los abusos de las otras ramas en los temas asignados a ellas, cargándose la división de poderes entendida como desconcentración o frenos entre poderes. Podemos poner ejemplos:
Para hacer frente al problema catalán, se considera que la rama más eficaz por su supuesto carácter técnico e imparcial, es el Poder Judicial asignándole la función de actuar como máquina de guerra autoritaria de defensa de las bases del régimen con capacidad de vulnerar todas las garantías procesales y derechos de los investigados o detenidos, mientras las otras dos ramas del Estado (Ejecutivo y legislativo) no muestran ninguna voluntad de control sobre los jueces y hacen la vista gorda, limitándose a afirmar que “hay que respetar las decisiones de los jueces”.
En paralelo, para hacer frente a otros peligros contra las bases del régimen se ha asignado, tradicionalmente, al Poder Ejecutivo o al Legislativo la facultad de emitir Decretos-Ley o leyes, respectivamente, que violan abiertamente los derechos fundamentales de los ciudadanos, mientras el Tribunal Constitucional evita ejercer control y las ratifica con pobres fundamentos jurídicos y los jueces la aplican escudándose en el principio de legalidad. Piénsese en la Ley de partidos de 2002, la Ley de estabilidad financiera y sostenibilidad presupuestaria de 2012 derivada de la reforma del art. 135 CE aprobada por el bloque del régimen, las reformas laborales que adaptan el mercado de trabajo a los mandatos de la UE violando los convenios de la OIT, la última de las cuales, la del 2012, el PSOE ya ha dicho que no derogará, etc.
A este campo cerrado, se le superpone un campo de acción política abierto. Su objeto son todas aquellas materias cuya modificación no pone en peligro la continuidad política y jurídica del régimen. Su sujeto no es un bloque unificado de régimen, sino distintos partidos (PP, PSOE y Ciudadanos, entre muchos otros) que operan ahora con intereses y programas distintos enfrentados entre ellos, lo que lleva a que en su interior se dé una práctica política democrático-liberal con división de poderes. Los partidos y sus afines en las distintas ramas se controlan y ejercen de pesos y contrapesos entre ellos, posibilitando, por ejemplo, al éxito de la reciente moción de censura contra M. Rajoy, la inaplicación de algunas leyes por parte de jueces o declaraciones de inconstitucionalidad de otras por el TC, o a la reversión por el nuevo gobierno entrante de decisiones tomadas por el que le precede, como la universalidad de la sanidad.
Empezaba el artículo haciendo referencia a las esperanzas, de determinados sectores, de que el nuevo Gobierno del PSOE pudiera aportar soluciones democráticas a los dos principales conflictos existentes hoy en el Estado, el problema catalán y el del modelo económico neoliberal salvaje. A estos sectores les diría que no existe ninguna esperanza de que esto suceda, ya que los dos temas son cuestiones que se ubican en el interior del campo de acción política cerrado. En el campo de acción política abierto el PSOE actúa como partido democrático progresista frente al PP, lo que permite la implementación de determinados cambios democráticos, pero en el interior del campo de acción política cerrado el PSOE opera junto al PP y Ciudadanos como partido del autoritarismo, garantizando la inamovilidad de las bases políticas y económicas del régimen fijadas por el franquismo.
La salida del PP y la entrada del PSOE en el Gobierno ha generado, en ciertos sectores sociales, la esperanza de que se ponga fin al autoritarismo de los últimos años y se encuentren soluciones democráticas a los dos grandes problemas que vive España. En lo nacional, la cuestión catalana y en lo social, la precariedad vital de muchos derivada el modelo neoliberal salvaje inspirado en las orientaciones que vienen de la UE. Sin embargo, ninguno de estos dos problemas va a encontrar una salida democrática con el PSOE, puesto que ambas cuestiones forman parte de lo que llamaremos el campo de acción política cerrado.
España es un sistema político mixto con espacios de autoritarismo y de democracia liberal solapados, o dicho de otra manera, un sistema donde hay dos campos de acción política superpuestos. Un campo de acción cerrado donde el Estado opera como estructura autoritaria sin división de poderes y uno abierto donde opera como democracia liberal con división de poderes. Veamos primero que entendemos por división de poderes para detenernos, luego, en cada uno de estos dos campos.