El artista Antonio de Felipe, condenado a reconocer que no es el único autor de sus cuadros
El pintor de vacas que colonizaron las ciudades europeas no pintaba sus cuadros. A pesar de haber defendido su autoría, la Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a Antonio de Felipe (Valencia, 1956) a reconocer como coautora de decenas de cuadros suyos a Fumiko Negishi (Tokio, 1970). La artista nipona reclamó en 2016 su autoría en 221 pinturas firmadas por “el obrero del arte”, como se hacía llamar a sí mismo De Felipe. “Mi estilo es muy difícil de imitar, porque lo que ocurre en mi cabeza es inimitable”, aseguró entonces a este periodista hace cinco años, cuando la japonesa lo denunció para reivindicar su firma en 12 retratos de Marilyn Monroe, que incluso llegó a comprar el IVAM, bajo la dirección de Kosme de Barañano. El gobierno de Francisco Camps pagó por ellos 132.000 euros. Ahora tendrán que rectificar: De Felipe está obligado a comunicar a los compradores de sus cuadros la coautoría de Negishi, además de emitir un certificado que aclare la autoría que se les había ocultado. Esto abre la posibilidad a que esos coleccionistas puedan demandar al supuesto autor de la obra que compraron, cuyo valor ha sido diezmado tras la sentencia.
Fumiko se muestra muy satisfecha porque “la jueza ha reconocido que sin ejecución no hay arte, no basta con tener una idea y eso es muy importante que se diga en la era de la deriva industrial del arte”, asegura la pintora a elDiario.es. La pintora explica que De Felipe ha firmado, expuesto y vendido cuadros como suyos cuando apenas había realizado un boceto. A veces, ni eso. Ella, formada en Japón y España, hija y nieta de pintores, discípula de Mitsuo Miura y abstracta en sus creaciones personales, acudía al estudio todos los días, menos un mes de vacaciones. Tenía su habitación al fondo del estudio, no era accesible para los clientes. Allí estuvo, trabajando como pintora fantasma, desde 2006 hasta febrero de 2016, cuando le entregaron una carta de despido en la que se aducían motivos económicos, y eso le animó a “contar cosas”. Su jornada semanal era de 25 horas, de lunes a viernes, en horario de nueve a dos, a cambio de un salario mensual de 2.000 euros.
Cinco años más tarde, la sección 28 de la Audiencia Provincial de Madrid, especializada en Derecho Mercantil, ha dictaminado que Negishi tuvo una “relevante contribución” en estas creaciones y tiene el “derecho moral de reconocimiento de autoría”. Es una sentencia que contradice a la primera instancia, cuando el juez desestimó, en noviembre de 2020, la demanda porque consideró que la demandante “era una empleada subordinara a éste, pese a que su papel en la ejecución de las obras pudo ser relevante”. Aquel juez no terminó de ver que mediara una actividad creativa por parte de la pintora como para atribuirle condición de autora. Ni de coautora, “al existir una relación de jerarquía entre las partes”.
El proceso, tal y como evidencia la Audiencia Provincial, empezaba con las instrucciones del licenciado en Bellas Artes, Antonio de Felipe. A veces le entregaba una foto para hacer un retrato pictórico y otras, algún boceto. “Pero quien procedía a la ejecución personal de la pintura del cuadro, plasmando en imágenes lo planeado, era doña Fumiko Neigishi”, añade el dictamen al que ha tenido acceso este diario. En el proceso ha sido determinante la declaración de Sandra Servitas, testigo y trabajadora en el estudio. Ella presenció que lo que hacía Fumiko era “pintar cuadros de principio a fin”. El propio De Felipe declaró a este periodista que “pintar un cuadro no es sólo cuestión de pinceles” o que “ella pintaba, pero el concepto y la idea eran mías”.
La Audiencia aclara que la existencia de dependencia laboral no implica la desaparición de la aportación artística por parte de la empleada a favor del empleador, por tratarse éste, a su vez, de un artista. Por otro lado, que Fumiko se acomodara al “pop art valenciano”, “no implica una abdicación, por completo, de la aportación artística que efectuaba al ser ella quien pintaba los cuadros”.
10