El 89ª Consejo de Patrimonio Histórico celebrado hoy en Menorca ha propuesto la asignación definitiva de Cabeza de mujer joven de Pablo Picasso a la colección del Museo Reina Sofía, donde ha estado en depósito desde 2015, año en el que fue incautado en un barco propiedad de Jaime Botín.
Según ha informado hoy el Ministerio de Cultura, con esta decisión del Consejo de Patrimonio Histórico se incorpora a las colecciones públicas españolas una de las “pocas obras del periodo Gósol” de Picasso que existen en el mundo.
“Ahora, en aplicación del artículo 29 de la Ley de Patrimonio Histórico y tras la condena penal dictada en la sentencia judicial del 14 de enero de 2020, se concreta el último paso para que la obra pueda exponerse públicamente en las salas del Reina Sofía”, dice la nota.
Esta noticia llega después de que el pasado lunes un juzgado madrileño haya concedido al expresidente de Bankinter, Jaime Botín, la suspensión de la pena de prisión a tres años de cárcel a la que fue condenado por sacar de España este cuadro debido a la enfermedad grave que padece, “con padecimientos incurables”.
La resolución que suspende el ingreso en prisión de Botín, que tiene 85 años, no ha alcanzado aún firmeza y contra ella cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, pero la tramitación de este posible recurso no suspende la decisión adoptada por el juzgado de Ejecutorias.
El Juzgado de lo Penal número 27 de Madrid condenó en enero de 2020 a Botín a 18 meses de prisión y multa de 52,4 millones de euros por un delito de contrabando de bienes culturales por intentar sacar de España sin permiso el cuadro de Picasso.
La sentencia estableció que la propiedad de la obra de arte -incautado en 2015 en el barco del condenado en Córcega (Francia)- sea del Estado, en aplicación de la Ley de Patrimonio Histórico.
Esta sentencia fue corregida días después, en un aclaración solicitada por la Fiscalía y la Abogacía del Estado, y elevó las penas para Botín a tres años de cárcel y a 91,7 millones de multa.
El banquero recurrió ante la Audiencia Provincial, que no aceptó ninguno de sus argumentos y ratificó la condena en noviembre de 2020.
Además, la sentencia consideró probado que el expresidente de Bankinter adquirió en 1977 la obra original del artista malagueño, pintada en 1906, y, con ocasión de tenerla en su domicilio de Pozuelo, se puso en contacto con la empresa Christie's para vender el cuadro en una subasta programada para el 6 de febrero de 2013 en Londres.
El personal de esta casa de subastas le informó de que, debido a la antigüedad de la obra, debía pedir autorización al Ministerio de Cultura para su exportación, lo que el acusado autorizó.
Y el 13 de diciembre de 2012 la Junta de Calificación, Valoración y Exportación de Bienes del Patrimonio Histórico Español denegó la exportación de la obra por su valía.
A pesar de ello, Botín trasladó el lienzo a una goleta de su propiedad en Valencia “con la finalidad de sacarlo de España, dando instrucciones a su capitán para que lo ocultara a las autoridades”.
En julio de 2015 el barco atracó en el puerto de Calvi (Córcega, Francia), con la pintura a bordo, mientras el acusado contrató con una empresa de transportes aéreos un vuelo para el 31 de julio de 2015 para trasladarla a Ginebra (Suiza).
Los servicios aduaneros franceses ordenaron una inspección del barco, que se llevó a cabo el 30 de julio de 2015 y concluyó con la localización del cuadro embalado en la cabina del comandante.
Al tener conocimiento de la falta de la preceptiva autorización administrativa para su salida de territorio español procedieron a su intervención.