La batalla por los despidos temporales fraudulentos: cadenas hoteleras presentan ERTE de cientos de trabajadores de 200 días a un año
La guerra de la sociedad contra el coronavirus también se librará contra la picaresca. El decreto del estado de alarma provocará una paralización de la economía española de dimensiones desconocidas y cuyo primer impacto lo sufrirán los trabajadores. La administración y los agentes sociales saben que la figura de los despidos temporales a través de expedientes temporales de regulación de empleo ERTE es la más conveniente para combatir esta situación, pero su aplicación está provocando una verdadera batalla entre algunos empresarios y los sindicatos. El motivo, querer utilizar una figura pensada para situaciones excepcionales como un salvoconducto para el despido libre. Y que pague el Estado.
Solo en la Comunitat Valenciana se ha presentado el primer día laboral de estado de alarma 137 ERTE que afectan a 4.683 trabajadores. El 98% de las peticiones son de empresas del sector hotelero y hostelero, los más afectados por el cierre provisional de negocios previsto para 15 días por ley, pero que podría ampliarse. Esta medida ha sido aprovechada por importantes empresas para plantear despidos temporales masivos por periodos que los sindicatos consideran “escandalosos”.
En estos 137 ERTE se encuentran uno presentado por la cadena Marina d'Or de Castelló, que solicita despedir a más de 460 trabajadores por un periodo de un año, según ha podido confirmar eldiario.es. Otra cadena hotelera de Benidorm quiere la salida de 600 empleados por un tiempo de casi 200 días. La situación empeorará cuando este miércoles los hoteles de la capital valenciana del turismo cierren sus puertas. El aluvión puede ser tal que dispare las cifras de desempleo a cotas desconocidas en una autonomía cuya locomotora es el sector turístico y de servicios, explican fuentes sindicales.
La batalla ahora la están librando los sindicatos y la patronal por tratar de convencer a la dirección general de Trabajo de que se permita los ERTE durante el periodo de alarma o más allá y también la profundidad de justificación. Entienden en la patronal que se deben validar los expedientes “por causa de fuerza mayor”, mientras que los sindicatos CCOO y UGT defienden que aunque se contemple esa excepcionalidad se aplique una “causa técnica organizativa”. “En este caso, las empresas tendrían que justificar los despidos, el tiempo de desempleo y desnudarse con números”, explica Dani Patiño, secretario de Acción Sindical de CCOO, quien mantiene que se debe garantizar la “máxima transparencia”.
Lola Ruiz, secretaria de Acción Sindical de UGT, explica que en Alicante se han presentado cuatro casos de ERTE que “son una animalada de tiempo”. “Estamos hablando de una situación de 15 de días o más. La autoridad laboral tendrá que matizar estas peticiones y nosotros impugnaremos cualquier caso que no se ajuste a la legalidad. No puede ser un coladero”, explica.
Por su parte, la Confederación Empresarial Valenciana, reclama a la administración que “se simplifiquen los procedimientos en los expedientes de regulación temporal de empleo” y solicita “la causa de fuerza mayor para justificar los ERTE”. En concreto, reclama que “se reconozca para todas las empresas de aquellos sectores cuya actividad está limitada por el Real Decreto 463/2020, así como para las del resto de sectores que, a pesar de no estar directamente afectadas por el estado de alarma, justifiquen debidamente el descenso de su actividad como consecuencia de éste”.
La pelota está ahora en manos de la dirección general de Trabajo, la autoridad competente para validar los ERTE. De momento, la intención de la Generalitat Valenciana es supervisar de manera profunda las propuestas y que los despidos temporales se ajusten a la situación. “Seremos flexibles y ágiles”, explican fuentes de Labora, el antiguo Servef.
De hecho, la petición de requisitos por parte de las direcciones territoriales de Trabajo de la Generalitat Valenciana en Valencia o Alicante a cadenas de comida rápida como Burger King ha provocado que estas grandes multinacionales presenten los ERTE en Madrid, donde pueden ser más receptivos a su petición, explican fuentes sindicales. Y esta situación puede ir a más con las multinacionales extranjeras y sus franquiciados españoles.
Adelanto de vacaciones de Semana Santa en Ford
Además de los ERTE, los sindicatos están planteando otras opciones. Patiño de CCOO propone distribuciones técnicas, que consisten en adelantar vacaciones o hacer ajustes de turnos. Es lo que ha planteado UGT en la Ford. En este caso, han aprovechado los tres días de libranza que tenían por las Fallas en esta semana y han pedido a la multinacional que se puedan adelantar las vacaciones de Semana Santa. Unas medidas presentada para evitar el ERE temporal que sí que ha solicitado SEAT en Catalunya.
Labora ha lanzado una batería de preguntas y respuestas para empresas y trabajadores de cara al aluvión de peticiones de ERTE en los próximos días:
¿Puede la empresa aplicar un ERTE por causa de fuerza mayor?
Si. La suspensión temporal de los contratos de trabajo por causa de fuerza mayor es la medida laboral adecuada durante el tiempo que dure las restricciones de la actividad. También lo sería cuando resultara imposible el desarrollo de la actividad empresarial, por la ausencia de parte de la plantilla como consecuencia del virus SARS-CoV-2 (afectación directa o en cuarentena preventiva)
¿Quién inicia el procedimiento de ERTE?
La empresa. El procedimiento se inicia mediante solicitud de la empresa ante la Dirección General de Trabajo acompañada de los medios de prueba que se estimen necesarios y simultánea comunicación a los representantes legales de los trabajadores.
¿Se establece el período de consultas?
No, el expediente de suspensión temporal por causa de fuerza mayor de los contratos de trabajo no precisa de inicio de periodo de consultas.
¿Cuándo entrará en vigor el ERTE?
La autoridad laboral deberá dictar resolución en el plazo de 5 días desde la solicitud. Es previsible que dadas las circunstancias extraordinarias, y ante la acumulación de solicitudes, ese plazo no se cumpla. Si la autoridad laboral constata la existencia de fuerza mayor, la decisión de la empresa de suspender los contratos de trabajo surtirá efectos desde la fecha del hecho causante de la fuerza mayor, es decir, tendría efectos retroactivos.
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