Condenado a 22 meses uno de los cabecillas de las agresiones ultra del 9 d'Octubre en València por otro ataque a jóvenes valencianistas
Las detenciones tras las agresiones ultras del 9 d'Octubre de 2017 fueron ha sido un punto de inflexión en la impunidad de la violencia de extrema derecha en la Comunitat Valenciana. De momento, hay 26 imputados por delitos de odio y organización criminal por agredir e intentar reventar una manifestación autorizada por el valenciano. Entre los investigados, miembros de los ultras del València CF Yomus y del Grup d'Acció Valencianista (GAV), un grupúsculo radical también de extrema derecha que promulga el pensamiento antidemocrático, según Movimiento contra la Intolerancia.
Pero esta macrocausa no debe tapar el goteo de agresiones que la extrema derecha ha provocado desde que acabara la dictadura contra movimientos valencianistas y de izquierdas en la Comunitat Valenciana. Y todos con un nexo común. Así, el juzgado de lo Penal número 1 de Gandia ha condenado a Néstor Franco Castelló, un conocido Yomus y miembro del GAV, a 22 meses de cárcel por la agresión a varios menores que asistían a un encuentro por la lengua en Benirredrà, en 2014. Franco Castelló es uno de los cabecillas que el 9 d'Octubre de 2017 agredió a periodistas y manifestantes y que también está imputado por estos hechos vinculados a la extrema derecha organizada.
De hecho, Franco fue “cazado” por numerosas cámaras agrediendo a un fotoperiodista de El País que trabajaba dando cuenta de la agresión tumultuosa que un grupo de Yomus y miembros ultras propinaron a manifestantes valencianistas. A Franco se le investiga por un delito de lesiones, otro de odio y junto a los demás Yomus por organización criminal.
Este ultra se salvará de la prisión, de momento, tras haber llegado a un pacto con el fiscal y reconocer los hechos de 2014 y siempre en caso de que no vuelva a delinquir en los próximos tres años. Franco, junto a Eduardo Jesús Ferrando y otros ultras no identificados asaltaron a un grupo de menores y les agredieron.
Los violentos portaban una bandera del GAV y utilizaron sus cinturones con hebillas de acero para causar mayores lesiones. A uno de los menores le tuvieron que poner grapas en la cabeza y le causaron un traumatismo craneal al propinarle patadas cuando estaba en el suelo.
En los hechos probados, la juez Rut Blasco Baldoví fija en la sentencia condena a Franco y Ferrando por delitos de faltas con el agravante de cometer el delito “por motivos relativos a la ideología de la víctima”. En el caso del ultra Yomus también por una falta de maltrato de obra. Franco deberá indemnizar a dos víctimas con 2.900 euros y Ferrando a otra con 1.500 euros.
Se suspende la pena de privación de libertad a Franco siempre que no cometa otros delitos en tres años, indemnice a las víctimas antes de tres meses y realice un programa formativo del artículo 83.6 del Código Penal de no discriminación y respeto de derechos fundamentales.
El fallo es también importante porque en los hechos probados, la jueza considera en la sentencia citando a Movimiento contra la Intolerancia que el GAV es una entidad “ideológicamente fascista o de ultraderecha, por el perfil de sus acciones y defensora de valores antidemocráticos”.