El juzgado admite el recurso de los ecologistas y abre la vía para una nueva paralización de la ZAL de València
El Tribunal Superior de Justicia valenciano ha admitido a trámite el recurso contencioso-administrativo presentado el pasado día 20 contra el decreto del Consell que aprobaba el Plan Especial de la Zona de Actividades Logísticas (ZAL) del puerto de València en la Punta y contra las determinaciones del Pla de Acció Territorial de l'Horta que afectan el ámbito de la mencionada ZAL.
Aunque se trata del primer paso administrativo tras la presentación del recurso, la plataforma Horta és Futur, no a la ZAL, representada por la asociación Per l'Horta, considera que la admisión refuerza sus argumentos.
Así, en su auto el Contencioso-Administrativo da un plazo de 20 días a la Conselleria de Obras Públicas para que aporte el expediente del Plan Especial aprobado para la puesta en marcha del polígono.
Posteriormente, Per l'Horta presentará el escrito de demanda en el que solicitará la paralización cautelar del proceso hasta que se resuelva el litigio
Desde Per l'Horta han comentado que “la prudencia en el uso de gastos públicos y la responsabilidad a la hora de arriesgar inversiones privadas harían más que recomendable dejar en suspenso el desarrollo del Pla Especial de la ZAL nuevamente cuestionado”.
Así mismo han informado de que la campaña de financiación comenzada en la plataforma de crowdfunding Goteo para afrontar los gastos relacionados con el recurso avanza a muy buen ritmo: “hasta ahora, transcurridos 13 días desde el inicio de la campaña, se ha llegado a un 70% de los 9.600 euros presupuestados en gastos judiciales”.
De prosperar la demanda y decretar el juzgado la paralización cautelar, sería la tercera vez que se paraliza judicialmente la puesta en marcha de la ZAL.
La construcción del polígono se vio envueltoa en la polémica desde el principio por la expropiación forzosa de los vecinos de La Punta y por las irregularidades en la tramitación urbanística del proyecto, tumbado por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat en el año 2013, y después por el Supremo en 2015.
Según Per l'Horta, el Plan especial incurre en graves defectos de procedimiento y tampoco atiende las directrices territoriales de la legislación actual tal como pedía la sentencia del TS de 2015 que lo anuló.
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