La Justicia condena por primera vez a unos cazadores que mataron un lobo ilegalmente durante una montería en Ávila
El Juzgado de lo Penal número 1 de Ávila ha condenado “como autores criminalmente responsables” a los dos cazadores que mataron un lobo en una montería en 2015 en Tornadizos por un delito contra la fauna y a uno de ellos, por tenencia ilícita de armas, que está penado con seis meses de prisión. Cinco años se ha tardado en juzgar este delito.
Es la primera sentencia condenatoria por la caza ilegal de un lobo en España, en un proceso en el que la Fiscalía renunció a ejercer la acusación pública y pidió que se sobreseyera el caso. “Gracias a las acusaciones particulares de Ecologistas en Acción, Anadel y Lobo Marley se ha podido llegar a esta sentencia condenatoria ejemplar”, subrayan los ecologistas. También se presentó la Junta de Castilla y León como acusación particular para reclamar los 9.261 euros en los que está valorado un lobo.
Además, el magistrado les ha inhabilitado para cazar durante tres años y les impone una multa de cien euros diarios durante ocho meses. En lo que respecta a la responsabilidad civil, los acusados deberán de indemnizar conjunta y solidariamente a la Junta de Castilla y León con 9.261 euros por la matanza del lobo. Uno de los condenados tiene que sumar un delito de tenencia ilícita de armas porque no tenía permiso de caza, lo que está penado con seis meses de prisión.
En la sentencia, a la que ha tenido acceso eldiario.es, se consideran hechos probados que durante la montería-cacería (de 45 puestos), autorizada y celebrada en 2015 en el coto 800 hectáreas de Valdeciervos de los Arroyo (Ávila), se efectuaron varios disparos desde el puesto número 15, en el que estaban los ya condenados. “Dos de ellos [los disparos] se solaparon y solamente uno de ellos produjo la muerte del lobo, pese a que la especie animal que abatieron era una especie protegida”, señala el magistrado. Los pelos que se recogieron en el estudio de las pruebas indican “sin duda” que son característicos del lobo ibérico.
“Ha quedado al descubierto una acción de disparar que fue ideada por ambos acusados, pese a que uno de ellos solamente abatiera la especie de lobo protegido mediante varios disparos, cuya deducción se infiere de una forma lógicamente razonada, como reiteramos, con la aplicación de la teoría de la prueba indiciaria, indirecta o circunstancial”, señala la sentencia.
El lobo, además, no es una especie cinegética en el sur del Duero, donde se encuentra protegida en cualquier caso. El cuerpo del animal nunca apareció, pero los testimonios y las pruebas recabadas por la Guardia civil han sido clave, además de unas fotografías.
“Los del puesto 15 la han liado”
Durante los interrogatorios, los cazadores acusados negaron los hechos, pero el juez deduce que intentaban exculparse y encubrirse mutuamente para no incriminarse entre ellos. Dan una versión, a ojos del magistrado, “que no ha sido reforzada por ninguna prueba testifical, ni pericial, ni documental”.
El resto de participantes de la montería declararon ante el cuartel de la Guardia Civil que los acusados se situaron en el puesto número 15 y que oyeron varios disparos o denotaciones que venían de ese puesto en concreto. Alguno de los participantes indicaron que otros compañeros decían textualmente por radio: “Los del puesto 15 la han liado”.
Cuando comenzó la investigación de la Guardia Civil, después de que uno de los cazadores autorizados encontrara al animal muerto y lo fotografiara, los agentes de la Benemérita encontraron una vaina y tres casquillos que coincidían con armas de uno de los condenados, evidencias de que se efectuaron cuatro disparos desde dos armas distintas. “Se concluyó que se efectuaron dos disparos que se solaparon en cuyo recorrido de la munición disparada y en cuyo lugar el lobo fue abatido, ya que hallaron restos de sangre que posteriormente fueron custodiados y analizados”, señala el magistrado.
El juez de lo Penal señala que en el procedimiento ha habido una “dilación indebida y extraordinaria” durante su tramitación, lo que ha servido de atenuante. Con esta sentencia cabe recurso de apelación.
“Una sentencia histórica”
Ecologistas en Acción ha señalado que esta es una “sentencia histórica” para la caza ilegal del lobo. La asociación espera que esta sentencia sirva “de motivación” para perseguir este tipo de casos “y comience a salir a la luz la grave situación de furtivismo que sufre la especie” en Castilla y León y se sume “a la enorme presión que ejerce la Junta de Castilla y León con el llamado 'control de poblaciones' que ejerce sobre la especie”.
“A pesar de que la caza ilegal es un problema de primera magnitud para la especie, resulta muy difícil su persecución. Son pocos los casos que se judicializan por la dificultad de recoger pruebas incriminatorias, así como por la escasa atención que se presta a la persecución de este tipo de delitos”, reflexiona Ecologistas.
“El trabajo pericial ha sido muy contundente, esperamos que la gente se anime más a denunciarlo, porque hay gente sensible, más consciente y coherente que va a las monterías y que no aprueba que se mate al lobo sin permiso”, señala la portavoz de la federación de Ecologistas en Acción Castilla y León, Carolina Martín.
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