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La Justicia condena a la Junta de Castilla y León a pagar más de 800.000 euros por la caza de 91 lobos en 2016

El lobo ibérico está totalmente protegido al sur del Duero, por ahora. / Ana Retamero, EA.

Alba Camazón

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“Es incuestionable el daño al medio ambiente causado”, sentencia la Justicia en relación al plan de aprovechamientos comarcales de lobo al norte del Duero para las temporadas 2016/2017, 2017/2018 y 2018/2019. Por este motivo, la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) anula el plan del lobo y condena a la Junta de Castilla y León a pagar 842.751 euros, 9.261 euros por cada uno de los 91 lobos abatidos en 2016. También está condenado al pago de las costas procesales (3.000 euros máximo). La sentencia no es firme, así que se puede interponer recurso de casación, algo que ya están estudiando los servicios jurídicos de la Junta de Castilla y León.

La Justicia da la razón a la Asociación para la Conservación y Estudio del Lobo Ibérico (ASCEL), que recurrió el plan de aprovechamientos cinegéticos porque, entre otros motivos, “no consta ningún estudio técnico, científico y objetivo que avale el estado de conservación del lobo y que justifique las capturas autorizadas, así como la influencia de las mismas en la población de la especie”. Por este motivo anula la Justicia este plan, “por la falta de información suficiente, objetiva, científica y actual”. La misma razón por la que esta Sala del TSJ ya ha prohibido la caza durante unos meses, hasta que las Cortes aprobaron in extremis una nueva Ley de Caza, que ahora se encuentra en manos del Tribunal Constitucional.

ASCEL ha registrado este viernes una petición de complemento de la sentencia para ver si incluye también a los lobos abatidos en 2017 y no solo los de 2016, lo que repercutiría en una sanción mayor. “Entendemos que habrá una aclaración”, explica a eldiario.es Ignacio Martínez Fernández, miembro de la Junta Directiva de ASCEL, quien añade: “El TSJ es plenamente consciente de que la actuación del consejero es repetitiva, y el programa que plantea es incompatible con la mala gestión de la caza”.

La Justicia considera que el plan del lobo se basa en la consideración de este animal como especie cinegética, pero “no se ha justificado que el lobo ibérico pueda tener dicho tratamiento”, por lo que es contraria a derecho y ha causado un “daño” que no es susceptible de ser “reparado in natura”. Por este motivo se impone la sanción económica a la Administración, a pesar de que los lobos hayan sido abatidos por un tercero: los cazadores, que estaban autorizados por la Junta. “La obligación de reparar el daño causado conecta directamente con el principio general de quien contamina paga”, señala la Sala.

Además, la Consejería de Fomento deberá destinar esta cantidad a elaborar un programa para la recuperación del lobo ibérico, su conservación y la divulgación de la importancia de la especie. Esta iniciativa deberá especificar las actuaciones, su duración y coste además de su financiación, “teniendo presente que la finalidad es reparar el daño causado al medio ambiente por la caza de lobos”.

“Si bien es cierto que la sido la Administración quien ha causado un daño al medio ambiente, no por ello desaparece su obligación de velar por la utilización de los recursos naturales y de garantizar a todos los ciudadanos su derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado”, señala la Sala en una nueva sentencia en contra de la gestión de la actividad cinegética del consejero de Fomento, Juan Carlos Suárez Quiñones.

La Justicia rechaza así que la organización ASCEL reciba la indemnización de la Junta “porque no actúa para la satisfacción de un interés propio, sino en beneficio de un interés colectivo como es la conservación del medio ambiente”. Si esta asociación recibiera una indemnización “se desvirtuaría la esencia de la acción 'casi pública' que ejercita”, señala la Sala de lo Contencioso Administrativo.

ASCEL ha alabado la decisión judicial y ha reclamado la dimisión del consejero. “Sabemos que es su nefasta política la que propicia este suceso”, señala la organización conservacionista a través de un comunicado.

“El panorama es desolador, porque desde el año 2010 todas las normas emanadas de la Junta para cazar (matar) lobos son ilegales. Centenares de ejemplares irremplazables muertos al margen de la Ley”, lamenta ASCEL, que considera que la compensación económica supone “un cambio de rumbo histórico”.

Sin embargo, el plan de aprovechamientos cinegéticos anulado ahora corresponde con tres temporadas pasadas. El vigente, que llega hasta 2022, es un “calco deteriorado” del plan anterior, comenta la organización conservacionista, que cree que el nuevo plan terminará anulado también. “Y qué decir de la propuesta de Ley de Caza, fútil huida de Suárez-Quiñones, tras intentar burlar al Tribunal, a nuestra Justicia, antes de las últimas elecciones autonómicas. Intenta el exmagistrado burlar a los tribunales y ocultar sus errores, evitando la tutela judicial efectiva”, remachan los animalistas.

ASCEL presentó hace meses un recurso de alzada y deberá esperar hasta febrero de 2020 para presentar uno nuevo ante el Contencioso, una fecha en la que prácticamente ha terminado la temporada de caza, lamenta Martínez Fernández, que subraya: “una especie protegida no puede ser cazada, es una tomadura de pelo”. “El Tribunal no puede hacer las normas, no legisla, no puede dictar la norma, pero es consciente de la situación actual”, insiste.

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