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El TSJ de Castilla y León confirma la prisión permanente revisable para el asesino de la niña Sara

La madre de la niña de cuatro años violada y asesinada por su pareja.

Alba Camazón

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León confirma la condena impuesta a Roberto H. H., el asesino de la niña Sara, de 4 años. Prisión permanente revisable por maltrato a persona especialmente vulnerable, agresión sexual a menor de 16 años y su asesinato. La sala resuelve así la apelación presentada por el condenado.

Sin embargo, en cuanto a la otra acusada, la madre de la menor (Davinia M. G.), la Sala estima parcialmente su recurso y la considera autora por omisión de un delito de asesinato (artículo 139.1 del Código Penal) y no de un delito de asesinato hiperagravado y rebaja la pena de cárcel.

El Tribunal entiende que no puede contemplarse para Davinia la misma circunstancia agravante específica dos veces (la de ser la víctima una niña de 4 años): una vez para considerar que hay alevosía y, por tanto, asesinato; y otra vez para agravar aún más dicho asesinato (imponiendo la pena de prisión permanente revisable) por el hecho de que la víctima sea una persona menor de 16 años.

El TSJ rebaja la pena de la madre de Sara hasta 10 años después de que la Audiencia Provincial de Valladolid impusiera 25 años de prisión. La sala justifica esta decisión porque considera que también que hay dos circunstancias atenuantes -que no discutían las acusaciones-: obcecación y confesión.

La sentencia declara probado que la madre de Sara “tenía una dependencia” de Roberto y que no facilitó la actuación de los Servicios Sociales porque temía que le retirasen la custodia de la pequeña. También mantuvo en su domicilio a Roberto, ahora condenado.

La Sala estima el recurso de apelación del Ministerio Fiscal, y por ello añade a la condena para la madre la pena de privación de la patria potestad respecto de la otra hija menor de la misma, que en la actualidad cuenta 14 años, pena no impuesta en la sentencia recurrida.

El Tribunal entiende que la madre quebrantó los deberes inherentes a la patria potestad de sus dos hijas. Esta conducta “indudablemente revela que la madre primó la relación sentimental con un individuo al que conocía hacía apenas unos meses”. La Sala considera que las “brutales e inexplicables” agresiones de Roberto H. H. a Sara no implican que su hermana mayor “no haya estado en una situación de total desprotección” en referencia a que una vez la madre supo que su pareja había maltratado a Sara consintió que la convivencia y el contacto con las menores continuasen, “dejando incluso a dichas menores a su cuidado exclusivo en sus períodos de ausencia debidos a motivos laborales”.

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