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El reglamento de los CIE deja en manos de los policías gran parte de las normas de cada centro

Interior CIE Zona Franca Barcelona

Gabriela Sánchez

Ha llegado tarde y, más que decepcionar, ha confirmado sus sospechas. El reglamento de los Centros de Internamiento para Extranjeros, publicado en el Boletín Oficial del Estado este sábado, incumple buena parte de las últimas resoluciones efectuadas por los Juzgados de control, las instancias encargadas de la inspección de las condiciones de los CIE. Tras la reciente aprobación de una normativa inexistente hasta el momento, todavía quedan ámbitos sin regular y denuncias de organizaciones sociales sin responder: los horarios y duración de las visitas o de las llamadas telefónicas, la separación de los internos con condena penal de los que no han cometido delito alguno o el tiempo mínimo para avisar de una repatriación continuarán dependiendo de la dirección de cada centro, que sigue bajo competencia del Cuerpo Nacional de Policía.

La mayoría de las organizaciones sociales especializadas en inmigración no han quedado satisfechas con la redacción de la normativa aprobada el pasado viernes. Antes del inicio de su análisis, todas dejan muy clara su posición respecto a estos centros: la privación de la libertad de personas sin haber cometido ningún delito es inconcebible, por lo que su primera exigencia siempre será el cierre de los CIE. Mientras la lucha por su erradicación continúa, trabajan por mejorar las condiciones de los internos y garantizar el cumplimiento de sus derechos fundamentales en unos lugares caracterizados por su opacidad.

“Ni siquiera se ha introducido lo estipulado por los Juzgados de control -cuya finalidad es trasladar al Ministerio de Interior resoluciones de obligado cumplimiento sobre la vulneración de derechos en los centros-. Cuatro años para esto... se los podrían haber ahorrado”, dice decepcionado Carlos Arce, de la Asociación de Pro Derechos Humanos de Andalucía, una de las ONG de la red Migreurop. “No es solo que no recoja avances, sino que institucionaliza vulneraciones, como los cacheos bajo desnudo integral”, añade.

El Servicio Jesuita a Migrantes y Cáritas Española valoran positivamente la aprobación del reglamento “tras décadas sin una normativa del funcionamiento” de los Centros de Internamiento para Extranjeros. “Por primera vez existe una regulación completa. Su ausencia ha provocado que las ONG tuviésemos que recurrir a alegar los derechos fundamentales”, explica Cristina Manzanedo, abogada de Pueblos Unidos.

Aunque consideran que “pueden despejar y clarificar muchas de las denuncias y críticas que los CIE han ido acumulando en los últimos años”, alertan de que estarán pendientes de su puesta en práctica para comprobar que así sea.

Desde ambas organizaciones religiosas reconocen algunos aspectos positivos de la normativa como la creación de nuevas figuras en la estructura de los centros para fortalecer el peso de la asistencia social frente a la mera seguridad controlada por la policía: como la de un administrador, la creación de una junta de coordinación, o la introducción de un doctor de la Adminisración pública como responsable del servicio médico de cada CIE.

También admiten la ausencia de respuestas a algunas de sus demandas. “No se ha atendido a las resoluciones de los Juzgados de control cuando se supone que son de obligado cumplimiento. El desarrollo de la normativa interna, que incluye buena parte de los derechos de los internos, dependerá de la dirección de cada centro, es decir de la Dirección General de la Policía”, añade Manzanedo.

Más contundentes se muestran desde la Campaña Estatal por el Cierre de los CIE. “No tiene absolutamente nada de positivo porque, a nuestro juicio, no se puede regular lo que no puede existir. No cabe que se regulen los CIE porque son ilegítimos”, denuncia su portavoz Patricia Orejudo. “Nosotros hemos analizado reglamento, y también estaremos pendientes de lo que nos parece son brindis al sol”.

Estas son algunas de las denuncias efectuadas por organizaciones sociales que la nueva normativa deja sin responder:

Asistencia sanitaria

Todos los CIE tendrán que contar con un servicio médico, bajo la responsabilidad de un médico “perteneciente a la Administración General del Estado” que estará auxiliado por un ATS o una enfermera aunque no se garantiza la cobertura sanitaria en el interior del centro durante las 24 horas del día.

Lejos de detallar el tiempo mínimo de asistencia médica disponible en cada CIE, este será diferente en cada centro. La Policía será quien decida si la celebración de “acuerdos, convenios o contratos con otros ministerios administraciones públicas y entidades públicas y privadas”, según establece el reglamento.

No se recoge la obligación de que el traslado de personas desde los Centros de Estancia Temporal de Ceuta y Melilla a los CIE vaya acompañado del traslado y entrega de su historial médico, “a pesar de las implicaciones que ello tuvo en 2011 para la vida de Samba Martine y del protocolo de derivación médica que en 2013 firmaron el Ministerio del Interior y el Ministerio de Empleo que en la actualidad no se está cumpliendo”, denuncian desde Pueblos Unidos.

El colectivo de ONG especializados en migración, Migreurop, además de denunciar la inexistencia de una asistencia sanitaria completa, también critica que los internos “no puedan acudir libremente al sistema de salud público”, un derecho que además tienen recortado desde hace un año y medio tras la reforma sanitaria. Por su parte, desde Pueblos Unidos valoran como un avance la introducción de un médico de la administración pública como responsable de la asistencia, pero se muestra preocupada por la disponibilidad de este en cada centro, al no aparecer detalles al respecto en el texto.

Armas de fuego con carácter general en los CIE

A pesar de ser centros no penitenciarios, la unidad de seguridad del CIE, integrada por efectivos de la Policía Nacional, prestará servicio con armas de fuego de forma habitual, incluyendo como una excepción el hecho de que los agentes no las porten, un hecho que tendrá que ser autorizado por el director del centro y por la Comisaría General de de Extranjería y Fronteras. “En aquellas zonas o espacios en las que las razones de seguridad así lo aconsejen se podrá prestar servicio sin armas de fuego”, matiza el documento.

“Los centros de internamiento tienen que ser espacios libres de fuego. Antes del reglamento no se contemplaba y, en el caso de que se requiriese, se movilizaba una unidad de antidisturbios de forma excepcional”, alerta Cristina Manzanedo, abogada de Pueblos Unidos, quien muestra su sorpresa por este cambio radical. “Incluso llegamos a pensar que se trataba de una errata, pero después de leer el texto definitivo estamos muy preocupados”.

“Es un paso atrás, supone acercarse cada vez más a un reglamento de cautiverio más que de custodia, en el que lo único que debería estar limitado es el derecho de ambulación”, indica Mikel Mazkiarán. “Contribuye a la criminalización de los inmigrantes”, añade el portavoz de SOS Racismo. “No tiene sentido teniendo un carácter no penitenciario, si ni los agentes de las prisiones las llevan”.

No se garantiza la existencia de cámaras

Tanto desde Migreurop, como desde el Servicio Jesuita de Inmigrantes y Cáritas España denuncian la arbitrariedad con la que aparece reflejada en la normativa la existencia de cámaras de vigilancia, cuyas imágenes podrían servir de prueba para aclarar denuncias de agresiones puntuales sufridas por los inmigrantes.

“Siempre es la palabra del policía acusado frente al presunto agredido. Generalmente son sobreseídas por falta de pruebas. Están favoreciendo una falta de transparencia. Si no ocurre nada, la propia policía tendría que tener interés por difundir las imágenes”, explica Manzanedo. “Defendemos las cámaras como elemento de garantía de una posible lucha contra la impunidad”, añade el portavoz de SOS Racismo.

Arbitrariedad de la comunicación con el exterior

Los horarios y el tiempo establecidos para las visitas, así como para las llamadas telefónicas, dependerán de cada centro. Además, según denuncia Migreurop, los encuentros con familiares o abogados “no tienen garantizado ningún régimen de privacidad e intimidad” .

La ambigüedad de la redacción del documento preocupa a las organizaciones sociales: “las visitas de familiares y otras personas se desarrollarán sin más limitaciones que las derivadas de la custodia de las personas internadas de su seguridad y salud, de la capacidad de las instalaciones del régimen y gobierno del centro”, reza el texto de la norma.

Si el extranjero encerrado no tiene dinero para hacerlo, no podrá llamar a sus familiares o amigos durante su estancia en el CIE. El uso del teléfono móvil está muy limitado y los internos tienen acceso en “el horario establecido” a los teléfonos públicos siempre que puedan costeárselo ellos mismos.

Cacheos con desnudo integral

El reglamento autoriza los cacheos “en situaciones excepcionales” que incluso se podría realizar con desnudo integral “si fuera indispensable”, siempre por funcionarios del mismo sexo y con previa comunicación a una autoridad judicial.

En relación a los registros de ropas o habitaciones de los internos la regulación se ajusta, según anuncio Interior el pasado viernes, al dictamen del Tribunal Constitucional al respecto, que establece una serie de exigencias para tratar de garantizar el derecho a la intimidad, como que haya un testigo durante la intervención o que se expliquen al interno las razones y los resultados del registro. Esto es una de las peticiones ejercidas por algunas organizaciones sociales y que no se había incluido en los borradores anteriores del reglamento. Sin embargo, el texto aprobado no hace referencia expresa a ello en

La normativa también contempla el uso de la fuerza (“atendiendo a criterios de proporcionalidad”) o la separación en celdas de aislamiento por motivos de seguridad, aunque “en ningún caso podrá adoptarse sobre mujeres embarazadas, con hijos a su cargo o enfermos graves”. No incluye ninguna garantía nueva para controlar el uso de estas habitaciones, exigencia también de ONG. El pasado 13 de diciembre un interno se ahorcó en una de estos cuartos un interno de origen armenio.

Avisos de las expulsiones

Según las últimas resoluciones de los Juzgados de control, los internos tienen derecho a ser avisados de su deportación con al menos con 12 horas de antelación que nunca deben coincidir en horario nocturno. De esta forma, las personas encerradas podrían tener el tiempo necesario para avisar a los familiares o amigos que dejan en el país en el que han vivido hasta entonces. Nada de esto aparece incluido en el reglamento.

“Si a la salida [del extranjero] fuera a hacerse efectiva la orden de expulsión, se hará entrega del interno a los funcionarios policiales encargados de su traslado a la frontera”.

Otras preocupaciones

El nuevo reglamento deja abierta la puerta a la creación de “centros de ingreso temporal o provisional” en situaciones de “emergencia” en los que se intentará que “sus instalaciones sean similares a la de los centros”. Desde la red Migreurop temen que esto pueda reflejarse en un “incremento de las personas encerradas” debido a su falta de especificación. “¿Bajo la responsabilidad de quién estaría? ¿Cuánto tiempo pueden pasar allí los internos? No tenemos ninguna respuesta”, alerta Carlos Arce, portavoz de la APDHA.

“No sabemos a qué se refiere exactamente. En ocasiones se ha hecho. Por ejemplo, en el caso de la remodelación del CIE de Algeciras, se utilizó la comisaría para retener a los internos. Son prácticas que se entendían como irregulares y ahora se institucionalizaron. Dan una cobertura legal a algo inimaginable”, lamenta Arce.

Otra de las cuestiones que se mantiene en “un limbo legal”, según Migreurop, son las salas de inadmisión de puestos fronterizos, aquellas donde esperan los inmigrantes que son rechazados en pasos habituales, como las habitaciones existentes en los aeropuertos. Según se encarga de recalcar la disposición primera del Real Decreto, no se les aplicará “las previsiones de este reglamento”.

“Todo cambia para que nada cambie. Intentan que lo que se hacía sin regulación quede por escrito y las reclamaciones quedan en tierra de nadie”, dice Mikel Araguás de Andalucía Acoge. “Los derechos de los inmigrantes son nombrados, pero no se desarrollan. Es un reglamento muy ambigüo”.

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