La “exclusión financiera”: migrantes con y sin papeles que no pueden abrir una cuenta bancaria en España
Disponer de nuestro dinero en el banco parece un trámite rutinario de la vida cotidiana, pero no es tan fácil para todos los ciudadanos que viven en España. Muchas personas refugiadas, solicitantes de asilo e inmigrantes en situación irregular se topan con una cadena de obstáculos que les impide o limita la apertura de cuentas bancarias, a pesar de que la normativa exige que toda persona, con o sin papeles, pueda acceder a cuentas básicas.
17 organizaciones que forman parte del sistema de acogida de protección internacional han elaborado un informe en el que denuncian las trabas con las que se encuentran cientos de migrantes cuando intentan formalizar este trámite, con los consiguientes efectos en su día a día. “Estas personas se enfrentan a todo tipo de dificultades para abrir una cuenta o directamente se les niega este derecho, dejándolas en una situación de exclusión financiera que tiene consecuencias directas en sus vidas: no pueden contratar servicios básicos como la luz o el agua; dificultades a la hora de pagar el alquiler; y no pueden solicitar prestaciones como el Ingreso Mínimo Vital por no disponer de cuenta bancaria”, sostiene el documento al que ha accedido elDiario.es, que aún no se ha hecho público.
Salif Conte, solicitante de asilo procedente de Guinea Conakry, tardó casi dos años en abrir una cuenta de pago básica. “Fui a todos los bancos de Valencia y en ninguno me hacían caso. Tenía permiso de trabajo y NIE, documentación válida, pero siempre me decían que no servía. En algunas oficinas me pedían contrato de trabajo y yo les decía: '¿Cómo voy a tener un contrato si no tengo cuenta para ingresar la nómina?'”, relata el guineano al otro lado del teléfono.
Qué dice la legislación
En su batalla por conseguir una cuenta bancaria, le acompañó la Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR) en Valencia. A día de hoy, Conte dispone de una cuenta de pago básica, un mecanismo incluido en una directiva europea y recogido en el ordenamiento jurídico español en 2017, a través del Real Decreto-ley 19/2017, cuyo fin es garantizar el acceso a este derecho financiero a personas en situación de vulnerabilidad, para facilitar la inclusión y cohesión social.
Esta normativa obliga a las entidades bancarias a ofrecer cuentas de pago básicas a los potenciales clientes que tengan permiso de residencia en España o a aquellas personas “que no tengan permiso de residencia pero su expulsión sea imposible por razones jurídicas o de hecho”. Sin embargo, algunos bancos continúan negando el acceso a estas cuentas a determinadas personas migrantes (con o sin papeles) aferrándose a la Ley de prevención de blanqueo de capitales que establece que, para abrirla, se debe identificar a los clientes a través de documentos “fehacientes” y probar la procedencia de sus ingresos.
En la práctica, numerosas entidades bancarias impiden la apertura de cuentas a personas en situación irregular o solicitantes de asilo, pues imponen de forma arbitraria distintas obligaciones como contar con el Número de Identificación de Extranjero (NIE), un contrato de trabajo o detallar la fuente de ingresos, algo de lo que carecen las personas sin papeles. Algunas sucursales tampoco aceptan como válidos documentos emitidos por el Gobierno español, como el resguardo de la solicitud de protección internacional (también conocido como documento blanco) o la tarjeta oficial de solicitante de asilo (tarjeta roja) a pesar de ser papeles que acreditan la identidad de las personas y su situación administrativa regular en España. A esto se suma la obligación impuesta por algunos bancos de contratar seguros o depósitos para poder abrir la cuenta básica para personas en situación de vulnerabilidad, cuando la normativa exige que se trate de un servicio gratuito.
Apelando también a la Ley de prevención de blanqueo de capitales, muchas entidades bancarias excluyen a potenciales clientes por el mero hecho de ser originarios de países que aparecen en listas de sanciones, sin estudiar de forma individual las pautas de comportamiento de cada caso. Por ejemplo, sucede con ciudadanos procedentes de Colombia, Siria, Marruecos, Malí, Túnez o Venezuela, según las organizaciones firmantes. Desde mediados de 2019, estas ONG han registrado “más de 200 irregularidades” cometidas por algunas entidades bancarias en distintas localidades del Estado.
Los servicios sociales de la localidad riojana, donde viven Aisha y su hija, otorgaron una ayuda de emergencia social a esta familia monomarental afectada por el desempleo y la precariedad. Sin embargo, esta marroquí con permiso de residencia de larga duración en España ha tardado meses en recibir esta prestación debido a la negativa de los bancos a abrir la cuenta de pago básica, un requisito para percibir este tipo de ayudas de la administración pública. Aunque, según cuenta la afectada, su trabajadora social, de la ONG Rioja Acoge, consiguió solventar el ingreso de la ayuda, a pesar de que Aisha sigue sin poder abrir una cuenta.
Con el fin de corregir la falta de acceso, las organizaciones firmantes han transmitido las quejas, recogidas en el informe, al Banco de España, al Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias y al Ministerio de Consumo. Varias comunidades autónomas, como Islas Baleares o la Comunidad Valenciana, también llevan años solicitando al Gobierno que emita una instrucción para ordenar a los bancos que cumplan la normativa de cuentas bancarias básicas.
“Mala praxis” de los bancos, según Consumo
Un portavoz de Consumo responde a elDiario.es que el Ministerio es consciente “de esta situación de vulnerabilidad y comparte la preocupación de las organizaciones sociales”. La misma fuente indica que se trata de “una mala praxis de las entidades bancarias que debe ser corregida” por lo que ha trasladado las quejas al Banco de España.
Por su parte, ante las preguntas de este medio, el Banco de España se ha limitado a enviar la Memoria de Reclamaciones del ejercicio de 2020, pero no ha contestado de forma oficial a las cuestiones planteadas.
Mónica Ávila, abogada de ONG Rescate es testigo de este tipo de problemas. “Ahora mismo estoy llevando el caso de una persona siria solicitante de asilo a la que una entidad bancaria le negó abrir una cuenta por su procedencia”, apunta.
“Hace un año empezamos a recopilar todas las incidencias que experimentaban las personas usuarias. Algo que siempre hemos visto que ocurría pero que, a raíz de la pandemia y el confinamiento se acentuó, cuando la Instrucción 9/2020 de la Dirección General de la Policía permitía la prórroga de siete meses para las tarjetas rojas y nueve para los resguardos de solicitud de asilo caducados, debido a la imposibilidad de poder renovarlos durante el confinamiento. Sin embargo, los bancos no reconocieron esta instrucción y nos encontramos con casos de amenazas de bloqueo de sus cuentas, si no aportaban la documentación vigente, lo que ponía a las personas en una situación de mayor vulnerabilidad”, señala la letrada.
Las ONG también han presentado una queja ante Defensor del Pueblo, cuyos equipos han abierto una investigación. En su último informe anual, Francisco Fernández Marugán reconoció que “la apertura de una cuenta para ciertas categorías de personas, incluso para el acceso a la denominada cuenta de pago básica, puede resultar compleja porque ”las entidades bancarias que actúan en España tienen una cierta tendencia a optar por la denegación a la mínima dificultad añadida, en lugar de gestionar ese riesgo de forma más particularizada“.
Tras conseguir una cuenta bancaria después de meses de complicaciones, Conte piensa en aquellas personas que no acceden al acompañamiento de una organización: “Yo he tenido suerte porque he contado con el respaldo de CEAR, pero hay mucha gente que no llega a tener ese apoyo y desconoce sus derechos. Ojalá los bancos respeten nuestros derechos porque esto condiciona nuestras vidas”, concluye.
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