- ESPECIAL | Las muertes de Ceuta
La Fiscalía de Ceuta ha interpuesto este viernes un recurso de reforma y otro subsidiario de apelación ante la Audiencia Provincial de Cádiz contra el procesamiento de 16 guardias civiles por la muerte de 14 personas en la frontera de Ceuta el 6 de febrero de 2014.
Según han informado fuentes judiciales a eldiario.es, el escrito del Ministerio Público apela a argumentos tanto de forma como de fondo para solicitar la anulación y la revocación del auto y, por consiguiente, el sobreseimiento de toda la causa.
En primer término, la Fiscalía considera que la resolución de la magistrada instructora adolece de “falta de concreción de los hechos imputados”. Por si tal razonamiento no fuese estimado, abunda en que de las diligencias practicadas durante los últimos cinco años no se aprecian indicios suficientes para atribuir a los agentes de la Benemérita esos presuntos delitos en el ejercicio de sus funciones.
La Fiscalía mantiene, con este posicionamiento, la línea que ha sostenido desde la apertura del caso. En los dos archivos del caso revocados por la Audiencia el Ministerio Público se adhirió al criterio de los instructores para ordenar el sobreseimiento.
La Abogacía del Estado, que defiende a diez de los guardias, también ha solicitado el archivo de la causa debido a que, a su juicio, “no consta en la causa motivación suficiente que permita imputar, al menos provisionalmente, los hechos concretos que revistan indiciariamente naturaleza delictiva y que se atribuya a los investigados”. Ello supone, desde su punto de vista, “una clara vulneración del derecho de defensa, en particular, del derecho básico y esencial que toda persona a quien se le atribuya un hecho punible merece: el derecho a ser informado de los hechos que se le atribuyan y de la consecuente imputación dirigida contra ellos”.
En su auto de preparación de juicio oral contra los guardias procesados, la jueza instructora archivó las diligencias por presuntos delitos de lesiones y prevaricación y mantuvo el resto al entender que los agentes pudieron “contribuir, co-causalmente, a título de imprudencia, a la muerte por ahogamiento” y que “podían haber intervenido en su auxilio y se abstuvieron de hacerlo sin causa que justifique su omisión”. También destacó que “no cabe rechazar la entrada de personas migrantes de cualquier modo, sino solo de una manera adecuada a la protección de tales derechos”.