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El Gobierno rebaja los requisitos económicos de las renovaciones y peticiones de residencia bloqueadas durante el estado de alarma

La oficina de Extranjería retoma este lnes la atención presencial con cita previa

Gabriela Sánchez

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Durante el estado de alarma, miles de personas se han visto afectadas por un ERTE o han visto recortada su jornada laboral ante las restricciones ligadas a la pandemia. Entre ellas se encuentran ciudadanos de nacionalidad extranjera cuya renovación de la residencia en España depende de tener un empleo, con unos requisitos concretos, y contar con recursos económicos suficientes para permanecer en el país. Otras se encontraban a la espera de la resolución de sus peticiones de residencia por arraigo, basadas en contratos laborales perdidos en plena crisis del coronavirus.

Para atender estos casos, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha enviado este lunes a las Oficinas de Extranjería una batería de instrucciones para flexibilizar y simplificar los trámites relacionados con las renovaciones de permisos de residencia en España y las solicitudes de autorizaciones por arraigo social registradas antes de la crisis sanitaria. Más allá de las medidas ligadas a la emergencia social derivada del coronavirus, otra de las instrucciones rebaja de manera indefinida las exigencias económicas impuestas en las reagrupaciones familiares de menores, una demanda histórica de organizaciones especializadas en migración.

Evitar la “irregularidad sobrevenida” en las renovaciones

La primera instrucción busca evitar la “irregularidad sobrevenida” asociada a la continuidad laboral o la escasez de recursos económicos como consecuencia del estado de alarma. El Gobierno ha ordenado “abordar una flexibilización de las condiciones” por las que un extranjero puede renovar su autorización de residencia o trabajo en España para impedir la denegación de la solicitud “de extranjeros plenamente integrados en la sociedad española y que se han visto afectados por la crisis del COVID-19”.

Los requisitos serán flexibilizados y se apostará por la validación de la renovación en el caso de aquellas personas afectadas por procedimientos de suspensión de contrato durante el estado de alarma, así como aquellas trabajadoras acogidas al Sistema Especial de Empleados de Hogar del Régimen General que en los últimos meses han sufrido una reducción, total o parcial, en su jornada laboral, aclaran fuentes de la Secretaría de Estado de Migraciones. También, en el estudio de la petición, la Administración considerará la “totalidad de los ingresos” del solicitante, incluidas las prestaciones sociales.

Las peticiones de residencia con un contrato suspendido

En segundo lugar, la Dirección General de Migraciones ha emitido otra orden para atender los casos de aquellas personas afectadas por la pandemia que se encontrasen a la espera de la resolución de su solicitud de residencia por arraigo social. “Ciertos requisitos que sí se cumplían o se esperaban cumplir en el momento de presentar la solicitud, han dejado de cumplirse. Por lo tanto, es necesario considerar una serie de circunstancias con la finalidad de evitar denegaciones de autorizaciones cuando estas tienen su origen en la crisis del COVID”, afirma la instrucción.

En caso de no encontrar otro empleador dispuesto a presentar un contrato de trabajo que permita su regularización, la Secretaría de Estado de Migraciones permite como alternativa la presentación de un informe de arraigo en el plazo de 45 días. La medida también abarca a afectados por procedimiento de suspensión de contrato y casos de alta de trabajadoras domésticas en situación regular que hayan sufrido una reducción, total o parcial, en su jornada laboral.

En cuanto a los los ingresos de la unidad familiar, detallan fuentes de la Secretaría de Estado de Migraciones, también se tendrán en cuenta prestaciones sociales: el Ingreso Mínimo Vital, el subsidio de desempleo excepcional por fin de contrato temporal y subsidio extraordinario por falta de actividad para las personas integradas en el Sistema Especial de Empleados de Hogar.

Reagrupaciones familiares

Entre la batería de instrucciones, la Dirección General de Migraciones incluye una medida solicitada desde hace años por abogados extranjeristas y defensores de derechos de los migrantes. Se trata de la “flexibilización de la interpretación del requisito de medios económicos suficientes” en la tramitación de autorizaciones de residencia por reagrupación familiar en el caso de hijos menores.

Cuando una persona migrante pretende reagrupar a sus hijos menores, más allá de contar con un contrato de trabajo, tiene que cumplir una serie de requisitos económicos muchas veces inasumibles. El ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha ordenado la flexibilización de la cuantía económica mínima exigida y la perspectiva de mantenimiento de los medios económicos durante el año posterior a la fecha de presentación de la solicitud. Se trata de una medida empujada por la crisis del COVID 19, apuntan desde la Secretaría de Estado, pero que perdurará en el tiempo.

Los criterios que se tendrán en cuenta en la flexibilización de estos requisitos económicos tienen que ver con “el interés superior del menor y el derecho a vivir en familia” y, por tanto, se atenderá a las circunstancias particulares de cada caso y al número de miembros de la unidad familiar.

En esta línea, la fuente estable de ingresos para solicitar una reagrupación de un hijo menor debe ser igual o superior al salario mínimo interprofesional, sin tener un incremento proporcional al número de miembros de la unidad familiar. En caso de no alcanzar el SMI, indica la instrucción, se aplicará el 110% Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (591,62 €/mes) al que se sumará un 10% (53,78 €/mes) por cada menor adicional.

Desde la Asociación de Abogados Extranjeristas, han valorado positivamente la batería de medidas enviadas este lunes a las Oficinas de Extranjería: “En la reagrupación familiar se termina con una discriminación histórica por la que el derecho a vivir en familia se deniega por ser pobre, sobre todo si nos referimos a ese nuevo tipo de pobre con trabajo y nómina pero al que se le exigía hasta ahora unas cuantías de renta difícilmente alcanzables para una familia”.

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