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La Justicia hace tambalear la política de bloqueo de migrantes en Canarias defendida por Interior

Aeropuerto de Gran Canaria.

Gabriela Sánchez

17 de abril de 2021 22:14 h

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Dos resoluciones judiciales han hecho tambalear esta semana los cimientos sobre los que basa el Gobierno una parte de la política de bloqueo de migrantes en Canarias. La primera, de los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de las Palmas, refleja que los migrantes en situación irregular pueden viajar desde las islas a cualquier punto del territorio español siempre que cumplan con las restricciones sanitarias, pues reconoce su pasaporte y su solicitud de asilo como un documento válido para volar. La segunda, conocida este viernes, viene de la Audiencia Provincial de Las Palmas y concluye que los acuerdos de devolución incoados contra todos los inmigrantes que llegan en patera a las islas nada más pisar tierra caducan en un plazo de 72 horas o, en su caso, tras los 60 días de internamiento en un CIE. Si en ese tiempo no han sido expulsados, pueden “moverse libremente por el resto de España”.

Detrás de la primera de estas resoluciones judiciales, la que más entra a valorar los controles policiales en los aeropuertos, se encuentra Ashraf (nombre ficticio). Unas semanas después de llegar a Gran Canaria en patera, este veinteañero marroquí compró un billete con destino a Barcelona. “Después del control de equipaje, estábamos ya en la fila para embarcar y, cuando llega mi turno, un policía miró mi pasaporte y me preguntó si tenía visado. Le dije que no y me pidió que esperase, junto a otros marroquíes”, dice el joven a elDiario.es. En ese tiempo, su avión despegó. 

Poco después, los agentes le pidieron que le acompañase a comisaría, donde pasó dos noches en el calabozo hasta quedar de nuevo en libertad, según su relato. Esta no sería la última vez que intentó salir del Archipiélago donde, dice, “no puede avanzar”. En los últimos meses, el marroquí ha tratado de volar a la península y a otras islas de la región en tres ocasiones más, pero la respuesta siempre era la misma: “Siempre me decían que sin visado no podía viajar a la península, nunca me dijeron nada de la COVID-19”. Esta no es una historia nueva, elDiario.es ha documentado decenas de controles similares en Gran Canaria desde el pasado mes de diciembre, pero la de Ashraf ha llegado a los tribunales. Y el juez le ha dado la razón.

El titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 5 de Las Palmas de Gran Canaria, Ángel Teba, ha ordenado a la Jefatura Superior de Policía que deje volar a Ashraf, siempre que las restricciones sanitarias de las comunidades correspondientes lo permitan. Aunque su resolución judicial se refiere a un caso particular, sus argumentos constituyen un golpe contra muchos de los razonamientos con los que el Ministerio del Interior y la Delegación del Gobierno en Canarias han defendido los controles que en la práctica frena a cientos de migrantes en situación irregular que intentan salir del Archipiélago en barco o en avión. 

“Si una persona no está detenida, se puede mover por España”

“El auto, aunque no es firme, es importante porque califica el comportamiento de la Jefatura Superior de Policía de Las Palmas como una vulneración de los derechos fundamentales, en concreto de la libertad de circulación, de personas a las que identifica”, considera Deniel Arencibia, uno de los abogados de Ashraf. “La resolución recuerda que no existen áreas grises entre la libertad y la detención: si una persona no está detenida, se puede mover por todo el territorio nacional. No existen áreas de confinamiento”. 

El magistrado Teba llama la atención sobre las contradicciones esgrimidas por parte de ambas instituciones. Para defender el tipo de controles que impidieron a Ashraf tomar su vuelo, la Subdelegación del Gobierno de Las Palmas explica, según el auto, que el día en que el denunciante quería viajar a Barcelona “se detuvo a 22 personas” en el aeropuerto de Gran Canaria con la finalidad de “proceder a su devolución en el plazo de 72 horas o solicitar el internamiento en el CIE”. 

Sin embargo, sostiene el juez, la Subdelegación del Gobierno “no aporta documentación alguna sobre las citadas detenciones ni sobre la supuesta ejecución de esas órdenes de devolución, ni sobre las hipotéticas solicitudes de internamiento en el CIE de los detenidos entre los que se encontraría el denunciante”. 

A su vez, en una respuesta a una pregunta parlamentaria registrada por el senador Fernando Clavijo y citada por el juez en su resolución, el Ministerio del Interior reconoce que si una persona llegada a España sin papeles no ha podido ser devuelta o internada en un CIE en el plazo de 72 horas, “el extranjero queda en libertad”. En ese caso, según el Ministerio del Interior, las únicas limitaciones impuestas para viajar dentro del territorio español se reducen “al cumplimiento de las normas establecidas por las distintas compañías transportistas” y a los “confinamientos perimetrales que puedan existir en la comunidad autónoma a a la que quieran dirigirse”. 

El magistrado considera que la posición de Subdelegación del gobierno -que defendía la detención de estos migrantes con el objetivo de proceder a su devolución del país- “no es que sea la contraria a la legislación vigente, es que es opuesta al propio criterio del Ministerio del Interior que consta por escrito en sede parlamentaria”.  En este sentido, el juez concluye que, al impedir viajar a Ashraf, la Administración “restringe su libertad ambulatoria con el pretexto de implementar una orden de devolución que es incapaz de ejecutar y que nunca lleva aparejada la solicitud de internamiento en el CIE”. 

En este mismo sentido se ha manifestado este viernes La Audiencia de Las Palmas. El Tribunal ha fallado que la validez de los acuerdos de devolución emitidos por la Policía Nacional contra todos los inmigrantes que llegan en patera a las islas nada más pisar tierra “fenece” si no se ejecuta en un plazo de 72 horas o, en su caso, tras los 60 días de internamiento en un CIE, según informa la agencia Efe. El tribunal se pronuncia tras revocar la orden de internamiento en el CIE de Gran Canaria de un inmigrante al que la Policía detuvo el 18 de diciembre de 2020 en el aeropuerto de la isla con el argumento de que tenía pendiente la orden de devolución que libraron contra él a su llegada en patera al muelle de Arguineguín, un mes antes.

Interior niega que impida viajar a los migrantes desde Canarias

El Ministerio del Interior niega a elDiario.es que en Canarias se estén aplicando “restricciones a la movilidad de las personas, migrantes o no, salvo aquellas derivadas de las medidas impuestas por las distintas CCAA frente al COVID-19”. Sin embargo, desde diciembre, elDiario.es ha documentado casos en los que migrantes en situación irregular han sido frenados por la policía en el aeropuerto de Gran Canaria a pesar de querer volar a comunidades sin cierre perimetral. 

Es el caso de Jalal (nombre ficticio), un hombre mauritano al que la Policía Nacional impidió embarcar en su vuelo con destino Madrid el pasado 14 de diciembre. Aquel día, la Comunidad de Madrid no estaba cerrada perimetralmente, sin embargo, esta persona fue frenada por los agentes que, tras observar su documentación, le dirigieron a la comisaría del aeropuerto de Gran Canaria. Unas horas después quedó en libertad, pero perdió su vuelo. 

El mauritano acudió desesperado al mostrador de la compañía con la que había intentado viajar, Rayanair, para preguntar si la empresa podría devolverle el dinero. La trabajadora le dijo que no: “A las personas que están sin papeles, no les deja viajar la Policía; no es nuestra responsabilidad”, le respondió en presencia de elDiario.es. 

Según Arencibia, los argumentos del auto del juzgado de lo contencioso-administrativo evidencian que este tipo de operaciones policiales son irregulares. “El juez deja claro que solo con el concurso del poder ejecutivo y judicial se puede afectar a la libertad durante más de 72 horas. Sea para retenerlos en una vivienda, en un calabozo, en una cárcel, en un centro de internamiento o en una isla”, dice el letrado. “Venderlo como un control COVID, que realmente quien lo controla es la Brigada de Extranjería y hace averiguaciones propias de un control fronterizo, es una vulneración torticera que trata de aparentar lo que no es”. 

Celyne forma parte del colectivo Somos Red Solidaria, formado para apoyar a los migrantes llegados en patera en Gran Canaria, y no se fía de que estas sentencias se vayan a reflejar de forma inmediata en los aeropuertos canarios. “El día en que se conoció el auto -del juzgado de lo contencioso administrativo-, me encontré a varios chicos migrantes gritándolo y celebrándolo al conocer la noticia. Les hemos transmitido cautela y les hemos explicado que no quiere decir que la Jefatura Superior de Policía vaya a aplicarla ya en todos los casos, nos da miedo que vuelvan a intentarlo y pierdan de nuevo su dinero”, dice la activista, que acompañó la semana pasada a varios migrantes al aeropuerto. “Ninguno de ellos ha podido viajar. A todos les dijeron que, sin visado, no podían embarcar”.

Ashraf ya tiene vía libre para viajar a la Península, siempre que las limitaciones sanitarias se lo permitan: “Estoy muy contento. Aquí he perdido mucho tiempo y dinero. Me gusta mucho Canarias, pero la vida en el campamento es muy difícil. En Barcelona tengo una amiga que puede ayudarme y es allí donde tengo más opciones para salir adelante”.

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