Por qué el nuevo reglamento de extranjería es tan importante para miles de menores y jóvenes inmigrantes
De los 6.716 menores extranjeros no acompañados con 17 años que estaban registrados en España en 2019, solo un 10% había conseguido trabajar dos años después, según los datos del Ministerio de Inclusión. La razón se encuentra en las trabas burocráticas, convertidas en un muro a la inclusión sociolaboral de chavales inmigrantes llegados a suelo español sin la compañía de un adulto. La reforma del reglamento de Extranjería aprobada este martes flexibilizará parte de esos trámites y facilitará los papeles a miles de adolescentes.
Los complicados trámites empezaban casi desde su entrada al país, con el establecimiento de largos plazos para empezar a documentarles, lo que abocaba a muchos a cumplir los 18 años sin un permiso de residencia. Pero incluso aquellos que alcanzaban la mayoría de edad con papeles, renovarlos y conseguir un permiso de trabajo era casi una quimera. Las exigencias pasaban por demostrar unos ingresos de 2.000 euros, un salario casi imposible para cualquier joven en España, sea español o extranjero.
Resumimos algunos de los cambios introducidos en la reforma del reglamento de Extranjería, la principal medida en materia de migraciones del ministro José Luis Escrivá, y repasamos la situación de la que se partía, para entender por qué las organizaciones especializadas en infancia valoran la nueva normativa como un “paso histórico”. Un paso por el que llevan luchando desde hace años y del que se beneficiarán 8.000 menores inmigrantes y 7.000 jóvenes extutelados, según los cálculos del Ministerio de Inclusión.
1) Reduce plazos que empujaban a los menores a la exclusión
- ¿Qué pasaba antes? Cuando un menor extranjero no acompañado llegaba a España, las comunidades autónomas están obligadas proporcionarle la documentación, es decir, el permiso de residencia. Hasta ahora, las Oficinas de Extranjería no empezaban a tramitarla hasta pasados nueve meses desde que el niño o adolescente era tutelado por las administraciones públicas. Este era el plazo establecido en la normativa para comprobar la imposibilidad de repatriar al menor a su país en base a la legislación. En la práctica, esto provocaba “inseguridad jurídica” a los chavales, sobre todo a aquellos que entraban en España con 17 años, con el riesgo de cumplir la mayoría de edad sin haber obtenido la autorización de residencia, por lo que muchos eran abocados a la irregularidad. Migraciones lo consideraba un plazo “excesivamente largo” y “sin fundamento”.
- ¿Y ahora qué cambia? La reforma reduce ese plazo de nueve a seis meses. En un primer borrador de la normativa, el Ministerio de Inclusión planteaba rebajarlo a 15 días para aumentar la seguridad jurídica de los menores recién llegados, pero Interior consideraba ese periodo de tiempo insuficiente para comprobar la imposibilidad de deportación de los niños extranjeros. Su apreciación fue aceptada por el Consejo de Estado, según fuentes de la Secretaría de Estado de Migraciones.
- Una vez que la Administración documenta a un menor, ¿es posible expulsarle a su país? Sí. Aunque un menor haya obtenido su autorización de residencia, si más adelante las autoridades competentes consideran que el niño o adolescente puede ser repatriado, se “extinguirá” el permiso concedido.
2) El final de las constantes renovaciones “sin sentido”
- ¿Cada cuánto tiempo tenían que renovar los menores sus permisos? ¿Qué era necesario para conseguir un documento de identificación? Hasta el momento, la renovación era anual, originando “cargas de trabajo” para las saturadas Oficinas de Extranjería “sin sentido ya que el menor seguía siendo menor” y debía tener su documentación en regla, explican fuentes de Inclusión. Para conseguir la identificación, les exigían un acta notarial ante el consulado de su país.
- ¿Cada cuánto tendrán que renovarlo ahora? Se incrementa la vigencia del permiso de residencia inicial de uno a dos años. Las autorizaciones consiguientes, fruto de las renovaciones, tendrán una validez de tres años. Además, desaparece el acta notarial exigida para obtener su documento identificativo y bastará con con un informe de los servicios de protección del menor.
3) Los menores migrantes solos también podrán trabajar
- ¿No podían hasta ahora? En base al anterior reglamento, los menores extranjeros no acompañados mayores de 16 años obtenían un permiso de residencia que no les permitía trabajar. Esta situación era discriminatoria con respecto a los adolescentes españoles y los adolescentes inmigrantes que están acompañados de sus familiares, quienes sí tienen acceso al mercado laboral. Esta situación provocaba que chavales inmigrantes que realizaban sus prácticas de formación en empresas no pudiesen ser contratados, lo que disminuía sus oportunidades para salir adelante una vez alcanzada la mayoría de edad y los empujaba a la exclusión.
- ¿Qué cambia? Aunque la Secretaría de Estado de Migraciones aprobó en 2020 una instrucción para facilitar el permiso de trabajo a los menores extranjeros no acompañados, el reglamento de extranjería aún no la recogía. El cambio normativo aclara que estas autorizaciones de residencia también habilitan para trabajar al menor cuando este alcanza los 16 años.
4) Acaba con los requisitos económicos imposibles de cumplir para los jóvenes extutelados
- ¿Cuáles eran esas exigencias? Hasta ahora, los menores extranjeros no acompañados que alcanzaban la mayoría de edad, aunque tuviesen toda su documentación en regla, no tenían permiso para trabajar. Para conseguirlo, debían encontrar un trabajo de una duración mínima de un año a jornada completa. Los empresarios que tuviesen la intención de contratarles debía presentar una serie de documentación y esperar a que la Administración respondiese a su solicitud. En el caso de los extutelados que hubiesen llegado a los 18 años sin papeles, estos chavales debían cumplir requisitos casi imposibles para ellos y para cualquier español con su edad. Para lograr la autorización inicial, los jóvenes extutelados tenían que acreditar poseer unos ingresos mensuales de 450 euros (100% del IPREM) y, en la segunda renovación, debían probar recibir un salario de 2.500 euros mensuales (400% del IPREM). Los recursos económicos presentados no podían ser complementados o sustituidos por el apoyo recibido por parte de entidades o ayudas públicas, una exigencia muy difícil de cumplir para adolescentes extranjeros que suelen buscar su primera oportunidad laboral.
- ¿Y ahora? El joven extutelado podrá acceder a un permiso de trabajo, dando continuidad a la autorización que ya tenía como menor. Los requisitos económicos se reducen. Tendrán que acreditar poseer 490 euros, pues ahora se toma como referencia el Ingreso Mínimo Vital (IMV) unipersonal. Ahora sí serán computables los ingresos provenientes de un empleo, del sistema social o de otro tipo de ayudas. También se tendrán en cuenta “los informes sobre el esfuerzo de integración, continuidad de estudios o formación”. Si tienen antecedentes por delitos cometidos tras alcanzar la mayoría de edad, la Administración deberá valorar cada caso de forma individualizada.
- ¿Y qué pasa con los menores que cumplen los 18 años sin tener un permiso de residencia? La reforma crea un nuevo sistema para que estos jóvenes también puedan obtener sus papeles, aunque no hubiesen conseguido un permiso de residencia antes de alcanzar la mayoría de edad (por ejemplo, si llegan a España dos meses antes de cumplir los 18 años y no da tiempo a tramitar sus permisos). Los requisitos son los mismos a los descritos anteriormente pero, si tienen antecedentes penales, no se podrán acoger a esta medida.
- ¿Aquellos jóvenes que ahora mismo tienen más de 18 años y no tienen papeles se podrán acoger a la nueva normativa de forma retroactiva? Sí, pero solo aquellos que en el momento de la aprobación de la reforma tengan entre 18 y 23 años. Esta medida “evita que estos chicos se encuentren en un limbo legal”, que les empuje a una “irregularidad sobrevenida” y el consiguiente riesgo de exclusión, defienden fuentes de Inclusión. El Ministerio calcula que alrededor de 7.000 jóvenes podrán acogerse a esta disposición incluida en el Real Decreto aprobado este martes.
5