No, no se ofrece una “paga de 664 euros a los extranjeros menores de 23 años sin trabajo”
Nos ha llegado una cadena de Whastapp que empieza hablando del rey Mohamed VI como “el hombre más rico de Marruecos y el quinto de todo el continente africano...”. Después, pasa por la deuda de Catalunya y acaba con el salario mínimo en Marruecos. A medio camino asegura que “se ofrece una paga de 664 euros mensuales a todo extranjero menor de 23 años que llegue a nuestro país y no tenga trabajo”.
Esto no es cierto. A ningún extranjero menor de 23 años que llegue a nuestro país y no tenga trabajo se le ofrece 664 euros por el hecho de tener menos de 23 años y no tener empleo. Se trata de un bulo.
En realidad, los 664 euros corresponden a una ayuda otorgada por la Generalitat de Catalunya (y no de manera general en toda España) y solo para jóvenes que hayan sido tutelados por la administración catalana antes de cumplir los 18 años, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos. Estas prestaciones son para jóvenes, tanto extranjeros como españoles.
Las ayudas ya existen en Catalunya y no son exclusivas para menores extranjeros sino, en general, para jóvenes extutelados.
Estas ayudas, que existen en Catalunya desde 2006, no están dirigidas exclusivamente para quienes fueron Menores Extranjeros No Acompañados (MENAS) sino, en general, para “jóvenes extutelados” por la Administración que ya han cumplido la mayoría de edad. Por tanto, estas ayudas económicas no son ayudas exclusivas para ex-MENAS.
De la gestión de estos subsidios se encarga el Área de Apoyo a Jóvenes Tutelados y Ex Tutelados (ASJTET) correspondiente a la unidad de la Dirección General de Atención a la Infancia y a la Adolescencia (DGAIA). Todo ello dependiente del Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familia de la Generalitat de Catalunya.
Entre las medidas dirigidas para los jóvenes tutelados y extutelados hay programas orientados a la vivienda, a la inserción sociolaboral, de acompañamiento jurídico, psicológico y también medidas económicas. Es aquí donde se encuadran estas ayudas.
El Parlament catalán ha aprobado modificar las condiciones mínimas tanto para acceder a las ayudas económicas como para prorrogarlas hasta los 23 años.
Lo que ha aprobado el Parlament de Catalunya por unanimidad –132 votos a favor, ningún voto en contra y ninguna abstención– es una proposición de ley que modifica la ley de prestaciones sociales de carácter económico 13/2006, modificando las condiciones mínimas para acceder a estas ayudas económicas y para poder prorrogarlas desde los 21 hasta los 23 años.
Se trata de una propuesta impulsada por Catalunya en Comú Podem que entraría en vigor si los presupuestos catalanes son aprobados.
Tras su entrada en vigor, las condiciones para acceder a las ayudas serían más flexibles y el subsidio se prolongaría más en el tiempo. Así, las ayudas pasarían a ser otorgadas desde los 18 hasta los 23 años de manera general –hasta ahora era hasta los 21–, siempre y cuando el extutelado acredite los requisitos solicitados.
Como decimos, estas modificaciones benefician tanto a jóvenes extutelados españoles como extranjeros.
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¿Cuáles son las condiciones actuales para acceder a una ayuda económica si eres extutelado?
En la actualidad, para poder recibir una prestación económica hasta los 21 años, el joven debe haber sido tutelado por la Administración durante un mínimo de tres años antes de cumplir los 18.
Si no cumple con el requisito mínimo de los tres años, pero ha estado un año o menos bajo tutela, la persona recibirá una prestación durante seis meses como máximo.
Sea el tiempo que sea, al joven se le exige estar apuntado aen un programa de inserción –cuyo seguimiento hará el órgano competente de la Generalitat–, vivir fuera de un núcleo familiar y no disponer de ingresos iguales o superiores a los fijados por el Indicador de Renta de Suficiencia (IRDS), 664 euros.
Actualmente, si solicita una prórroga, la ayuda se puede ampliar hasta los 23 años de edad solo si el joven acredita que está estudiando. Así figura en el artículo 19 de la ley 13/2006, de 27 de julio, de prestaciones sociales de carácter económico.
¿Qué cambiará en las ayudas si entra el vigor esta modificación de la ley de prestaciones sociales?
Cuando esta modificación de la ley de prestaciones sociales entre en vigor, no será necesario que el joven tenga que haber estado tutelado durante tres años para acceder a las ayudas hasta los 21 sino que será suficiente que se haya estado bajo tutela de la Administración durante un año.
Además, podrá prorrogar las ayudas desde los 21 hasta los 23 años acreditando que cursa estudios postobligatorios –como ocurría en la actualidad–, si demuestra que “está en un proceso de inserción laboral pero con unos ingresos que no llegan al mínimo de subsistencia” o por motivos de “máxima vulnerabilidad a partir de informes sociales”, según nos indican desde el Departamento de Trabajo de la Generalitat.
En el caso de que el joven haya estado tutelado menos de un año, las ayudas pasarán de los actuales seis meses a doce.
¿Y los 664 euros mensuales?
La cuantía otorgada se rige y se regirá en función del Indicador de Renta de suficiencia (IRSC): 569,12 euros mensuales (en 14 pagas) y 7.967,73 euros anuales.
Los 664 euros, tal y como nos confirman desde el departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familia, encargado de este subsidio, salen de dividir los 7.967 euros anuales en 12 pagas.
¿Y cómo afecta esta modificación en la ley a los Menores Extranjeros No Acompañados (MENAS)?
Con esta modificación, los jóvenes tanto extranjeros como españoles que no cumplían el mínimo tiempo exigido de tres años tutelados para obtener ayudas hasta los 21, ya podrían optar a ellas.
“Esta medida es especialmente beneficiosa para los jóvenes migrados solos, ya que muchos de ellos llegan a Catalunya –y por tanto entran dentro del sistema de protección–a partir de los 16-17 años, y podrán acceder con esta modificación a la prestación, cosa que ahora no era posible”, señalan desde el departamento de Trabajo de la Generalitat.
La mayoría de los extutelados que han recibido esta ayuda económica desde 2013 han sido españoles.
Según consta en la última memoria publicada del ASJTET, un 27% de los beneficiarios eran extutelados extranjeros y un 73% españoles (2017).
Esta mayoría de españoles se ha mantenido en los últimos cinco años de los que hay datos disponibles:
Así para 2016, el 27% correspondía a extranjeros y el 73% restante a españoles. (Página 28).
Para 2015 y 2014: el 34% de los menores eran inmigrantes y el 66% españoles. Y en 2013 los beneficiarios fueron un 17% extranjeros y un 83% españoles. Solo en 2012 y 2011 el numero de beneficiaros extranjeros superó al de españoles alcanzando el 51%.
La mayoría de los atendidos por la administración hasta abril de 2019 han sido españoles.
Según el informe de estadística mensual de abril de 2019, el número total de menores atendidos hasta ese mes fue de 9.725, de los cuales 3.601 eran extranjeros (un 37%) . Por otro lado, la cifra de jóvenes que accedieron a las ayudas tras cumplir los 18 años fue de 2.538. Este último dato no está desglosado por nacionalidad.
Por lo tanto, no es cierto que cualquier menor extranjero de 23 años que llegue a España reciba estas ayudas. El joven, ya sea español o extranjero, debe haber estado tutelado mientras era menor de edad y el ámbito geográfico al que se limita es Catalunya.
*Este artículo forma parte de Maldita Migración, un proyecto de Maldita.es en colaboración con eldiario.es y el apoyo de Oxfam Intermón.Maldita.eseldiario.es